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Documento BOE-A-2001-17097

Orden de 5 de septiembre de 2001 por la que se modifica la Orden de 25 de febrero de 2000, por la que se crea y regula el Índice Nacional de Defunciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 8 de septiembre de 2001, páginas 34001 a 34001 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2001-17097
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2001/09/05/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1450/2000, de 28 de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 29), desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo establecida en el Real Decreto 809/2000, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" del 20) y atribuye a la Dirección General de Planificación Sanitaria, a través de la Subdirección General de Análisis Económico y Estadística, la coordinación de las estadísticas del Departamento y la Dirección del Centro Nacional de Información Sanitaria.

De acuerdo con la nueva estructura, se considera oportuno modificar la Orden de 25 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que se crea y regula el Índice Nacional de Defunciones, para derogar el apartado tercero en lo que se refiere al establecimiento de la Encomienda de Gestión de Servicios, que ya no se considera necesaria.

Igualmente, se modifica el apartado decimotercero, referido al Comité Técnico de Seguimiento del Índice Nacional de Defunciones.

La presente Orden se dicta de conformidad con lo establecido en los artículos 8.1, 23 y 40.13, de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y de los Ministros de Sanidad y Consumo y de Justicia, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Primero.-El párrafo primero del apartado tercero de la Orden de 25 de febrero de 2000, por la que se crea y regula el Índice Nacional de Defunciones, quedará redactado como sigue:

"Tercero.-El Centro Nacional de Información Sanitaria realizará la elaboración, gestión y mantenimiento del Índice Nacional de Defunciones."

Segundo.-Se modifica el apartado decimotercero, primer párrafo, de la Orden de 25 de febrero de 2000, por la que se crea y regula el Índice Nacional de Defunciones, que quedará redactado de la siguiente manera:

"Se constituirá un Comité Técnico de Seguimiento del Índice Nacional de Defunciones presidido por la Subdirectora general de Análisis Económico y Estadística de la Dirección General de Planificación Sanitaria, del que formarán parte la Subdirectora general de Epidemiología y Centros Nacionales de Salud Pública del Instituto de Salud "Carlos III", un representante del Centro Nacional de Epidemiología, la Subdirectora general de Promoción de la Salud y Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública y Consumo, dos representantes de las Consejerías de Sanidad de las Comunidades Autónomas elegidas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de la Salud, y un funcionario del Centro Nacional de Información Sanitaria, que asumirá las funciones de Secretario. Las funciones de este Comité Técnico serán las enumeradas a continuación:"

Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 5 de septiembre de 2001.

LUCAS GIMÉNEZ

Excmos. Sres. Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Ministros de Sanidad y Consumo y de Justicia.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 05/09/2001
  • Fecha de publicación: 08/09/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 09/09/2001
Referencias anteriores
  • MODIFICA los apartados 3 y 13 de la Orden de 25 de febrero de 2000 (Ref. BOE-A-2000-4224).
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 8.1, 23 y 40.13 de la Ley 14/1986, de 25 de abril (Ref. BOE-A-1986-10499).
Materias
  • Centro Nacional de Información Sanitaria
  • Comunidades Autónomas
  • Defunciones
  • Dirección General de Planificación Sanitaria

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