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Aprobados los planes de estudios que conducen a la obtención del título de Maestro, en las especialidades de Educación Especial, de Educación Física, de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Lengua Extranjera, de la Escuela Universitaria de Profesorado de Educación General Básica «Cardenal Spínola», adscrita a la Universidad de Sevilla, cuyas enseñanzas han sido autorizadas por Decreto 188/1997, de 15 de julio, de la Junta de Andalucía, y dado que los mismos se ajustan a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y han sido informados favorablemente por el Consejo de Universidades, procede la homologación del referido título.
Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el apartado 5, en relación con el 4, del artículo 58 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios; el Real Decreto 1440/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el título universitario oficial de Maestro, en diversas especialidades, y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél, y demás normas dictadas en su desarrollo.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de septiembre de 1998,
DISPONGO:
1. Se homologa el título de Maestro, en las especialidades de Educación Especial, de Educación Física, de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Lengua Extranjera, de la Escuela Universitaria de Profesorado de Educación General Básica «Cardenal Spínola», adscrita a la Universidad de Sevilla, conforme a los planes de estudios que se contienen en el anexo.
2. Al título a que se refiere el apartado anterior le será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.
3. Las futuras modificaciones de los indicados planes de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades, conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.
El título a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad de Sevilla, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.
Por la Ministra de Educación y Cultura, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 18 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación y Cultura,
ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA
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