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Documento BOE-A-1996-6611

Resolución de 1 de marzo de 1996, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de corrección de errores del Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales (ASEC).

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 22 de marzo de 1996, páginas 11134 a 11134 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1996-6611
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/03/01/(3)

TEXTO ORIGINAL

Vista la Resolución de esta Dirección General de Trabajo de fecha 29 de enero de 1996, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales (ASEC), publicación que se realizó en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 8 de febrero de 1996;

Resultando que en la publicación oficial del Acuerdo citado se han advertido errores en su texto;

Considerando que esta Dirección General es competente para proceder a la rectificación de la Resolución de inscripción y publicación del texto del Reglamento que nos ocupa, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y demás normas de general aplicación,

Esta Dirección General acuerda, realizar las oportunas correcciones a los errores detectados en el texto del Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales (ASEC), que se transcriben a continuación:

Artículo 9. Eficacia de las soluciones alcanzadas.

En la página 4520, donde dice: «...previstos en los artículos 87, 88 y 91 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores...», debe decir: «...previstos en los artículos 87, 88, 89.3 y 91 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores...».

Madrid, 1 de marzo de 1996.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/03/1996
  • Fecha de publicación: 22/03/1996
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en el Acuerdo publicado por Resolución de 29 de enero de 1996 (Ref. BOE-A-1996-2734).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • art. 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Arbitraje laboral
  • Conflictos colectivos de trabajo

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