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Documento BOE-A-1993-26133

Orden de 22 de octubre de 1993 por la que se determinan los representantes de la Administración General del Estado en el Comité Interterritorial de Estadística.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 1993, páginas 30486 a 30486 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1993-26133
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1993/10/22/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, en su artículo 42 al crear el Comité Interterritorial de Estadística establece que estará integrado, entre otros, por el número de representantes de los servicios estadísticos de los Departamentos ministeriales que reglamentariamente se determinen, disponiendo que éstos tendrán un número de votos igual al del conjunto de representantes de las Comunidades Autónomas.

Habiéndose producido, por una parte, la reestructuración de los Departamentos ministeriales mediante Real Decreto 1173/1993, de 13 de julio, y por otra, el establecimiento de la nueva estructura orgánica del Organismo autónomo Instituto Nacional de Estadística mediante el Real Decreto 732/1993, de 14 de mayo, es por lo que resulta necesario adecuar la composición de la representación de la Administración General del Estado en el citado Comité Interterritorial de Estadística.

Consecuentemente, y en virtud de lo establecido en el artículo único, apartado 2, del Real Decreto 264/1992, de 20 de marzo, por el que se modifica la disposición adicional del Real Decreto 1036/1990, de 27 de julio, relativa a la composición del Comité Interterritorial de Estadística, dispongo:

Primero.-A los efectos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, serán representantes estatales en el Comité Interterritorial de Estadística los tres Directores generales del Instituto Nacional de Estadística y los Vocales de la Comisión Interministerial de Estadística representantes de los siguientes Departamentos ministeriales: Justicia; Economía y Hacienda; Interior; Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente; Educación y Ciencia; Trabajo y Seguridad Social; Industria y Energía; Agricultura, Pesca y Alimentación; Administraciones Públicas; Cultura; Sanidad y Cosumo; Asuntos Sociales, y Comercio y Turismo.

Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 22 de octubre de 1993.

SOLBES MIRA

Ilmo. Sr. Presidente del Instituto Nacional de Estadística.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 22/10/1993
  • Fecha de publicación: 29/10/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 30/10/1993
  • Fecha de derogación: 01/07/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Comisiones Interministeriales
  • Comité Interterritorial de Estadística
  • Instituto Nacional de Estadística
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Organización de la Administración del Estado

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