Está Vd. en

Documento BOE-A-1991-7959

Real Decreto 391/1991, de 1 de abril, de convocatoria de elecciones locales.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 1991, páginas 9873 a 9874 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1991-7959
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1991/04/01/391

TEXTO ORIGINAL

El artículo 42.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en su redacción dada por la Ley Orgánica 8/1991, de 13 de marzo, establece que el Decreto de convocatoria de elecciones locales se expide entre el quincuagésimo cuarto y el sexagésimo día antes del cuarto domingo de mayo del año que corresponda, y se publica al día siguiente en el «Boletín Oficial del Estado», entrando en vigor el mismo día de su publicación.

Asimismo, la disposición transitoria primera.1.a) de la Ley Orgánica 8/1991, de 13 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, dispone que las elecciones para miembros de las Corporaciones Locales a que se refiere el apartado 3 del artículo 42 de la citada Ley, que corresponda celebrar en 1991, se elevarán a cabo el domingo 26 de mayo de 1991.

Cumplido el plazo establecido en dicho artículo, se hace preciso la convocatoria de elecciones locales, teniendo en cuenta lo previsto a tal efecto en los mencionados preceptos.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, a propuesta de los Ministros del Interior y para las Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de marzo de 1991,

DISPONGO:

Artículo 1.º

Se convocan elecciones locales para la renovación de la totalidad de los miembros integrantes de las Corporaciones Locales, que se celebrarán el día 26 de mayo de 1991, procediéndose a la votación para cubrir los siguientes puestos:

a) Concejales de los municipios españoles con población superior a 100 residentes, excepto los que por tradición tengan adoptado el régimen de Concejo Abierto.

b) Alcaldes de los municipios de menos de 100 residentes y de aquellos que por tradición tengan adoptado el régimen de Concejo Abierto.

c) Alcaldes Pedáneos u órgano unipersonal de las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal en las que proceda la aplicación del artículo 199.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

d) Consejeros de los Cabildos Insulares del Archipiélago Canario.

Art. 2.º

La campaña electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del viernes 10 de mayo de 1991 y finalizando a las veinticuatro horas del viernes 24 de mayo de 1991.

Art. 3.º

Las elecciones convocadas por el presente Real Decreto se regirán por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, modificada por las Leyes Orgánicas 1/1987, de 2 de abril, y 8/1991, de 13 de marzo, así como por la normativa que sea de aplicación.

Art. 4.º

Los Diputados de las Diputaciones Provinciales de Régimen Común serán elegidos una vez celebradas las elecciones locales, de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 204 y siguientes de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 1 de abril de 1991.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Relaciones con las Cortes

y de la Secretaría del Gobierno,

VIRGILIO ZAPATERO GÓMEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 01/04/1991
  • Fecha de publicación: 02/04/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 02/04/1991
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 42.3 y 185 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1985-11672).
  • CITA:
Materias
  • Administración Local
  • Alcalde
  • Ayuntamientos
  • Cabildos Insulares
  • Diputaciones Provinciales
  • Elecciones locales
  • Municipios

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid