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Documento BOE-A-1980-14042

Orden de 17 de junio de 1980 por la que se desarrolla la organización del Servicio de Publicaciones del Ministerio de Educación.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 30 de junio de 1980, páginas 14934 a 14934 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1980-14042
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/06/17/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

El Decreto 1990/1975, de 10 de julio, modificado por el artículo 14 del Decreto 671/1976, de 2 de abril¡ y la Disposición Derogatoria Tercera del Real Decreto 2162/1976, de 30 de julio, regulan la estructura, funcionamiento y competencias del Servicio de Publicaciones del Ministerio de Educación, trazando las líneas fundamentales de su organización hasta el nivel orgánico de Servicio.

En su artículo 9.°, 5, el Decreto 1990/1975 dispone que, por Orden ministerial, se determinarán las unidades de rango inferior, con indicación de sus funciones.

En consecuencia, procede desarrollar la estructura orgánica del Servicio de Publicaciones en lo que se refiere a dichas unidades administrativas. Por ello, previo informe del Ministerio de Hacienda y con la aprobación de la Presidencia del Gobierno a que se refiere el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

La Gerencia queda estructurada en las unidades que se especifican a continuación:

1.1 Gabinete de Estudios y Coordinación. Esta Unidad, con nivel orgánico de Sección, tendrá a su cargo la elaboración de los informes, estudios y comunicaciones de carácter jurídico y técnico-administrativo que se precisen para el funcionamiento del Organismo, así como el control, distribución y custodia de la documentación general. También se responsabilizará de la coordinación y elaboración directa, en su caso, de la Colección Legislativa, recopilando los textos legales del Departamento.

Dependerá de esta Sección el Negociado de Registro y Documentación.

1.2 Dependerá directamente del Gerente el Negociado de Personal, que tendrá como funciones propias la administración de los recursos humanos del Organismo, incluyendo los diversos aspectos que puedan suscitarse en orden a la prestación de sus servicios y a su régimen de empleo.

1.3 Dependerá también directamente del Gerente el Negociado de Régimen Interior, que tendrá como funciones propias el inventario, almacenamiento, distribución y control de utilización, tanto del material ínventariable como del no inventariable, no relacionado con la producción técnica del Organismo, así como la conservación y entretenimiento de los locales, servicio de vehículos y, en general, cuantas afecten al régimen interno.

Segundo.

El Servicio de Programación y Gestión Editorial queda estructurado en las unidades que se especifican a continuación:

2.1 Sección de Ediciones. Esta Sección coordinará y gestionará la impresión y edición de las publicaciones periódicas y unitarias, impresos y formularios, asegurando tanto el control técnico y de calidad como los aspectos derivados de la oportuna actividad administrativa.

Dependerán de esta Sección el Negociado de Ediciones Periódicas y el Negociado de Ediciones Unitarias.

2.2 Sección de Medios Audiovisuales. Esta Sección tendrá a su cargo la coordinación y realización, en su caso, de los me

dios de naturaleza audiovisual, asegurando tanto el control técnico y de calidad como los correspondientes aspectos de carácter administrativo.

Dependerán de esta Sección el Negociado de Imagen y el Negociado de Sonido.

Tercero.

El Servicio Comercial y de Régimen Económico queda estructurado en las Unidades que se especifican a continuación.

3.1 Sección Comercial. Serán funciones de esta Sección, la distribución, venta, almacenamiento y custodia de los fondos editoriales del Organismo.

Dependerán de esta Sección el Negociado de Almacén y el Negociado de Ventas.

3.2 Sección de Promoción y Difusión. Esta Sección tendrá a su cargo la elaboración de los programas de difusión de los fondos editoriales, la publicidad, el" estudio de posibles mercados, la selección de distribuidores, y la participación del Organismo en certámenes, ferias y exposiciones.

3.3 Sección de Administración General. Serán funciones de esta Sección la elaboración, ejecución y control de los presupuestos del Organismo, recaudación de los ingresos, gestión de los gastos, habilitación y pagaduría.

Dependerán de esta Sección, el Negociado de Recursos Económicos, el Negociado de Gestión Económica y el Negociado de Habilitación.

3.4 Dependerá directamente del Jefe del Servicio Comercial y de Régimen Económico la Unidad de Contabilidad, que tendrá como funciones la llevanza de las contabilidades presupuestaria y comercial y la rendición de cuentas del Organismo.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 17 de junio de 1980.

OTERO NOVAS

Ilmos, Sres. Secretario general Técnico, Presidente del Consejo de Administración del Servicio de Publicaciones y Director del Servicio de Publicaciones.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/06/1980
  • Fecha de publicación: 30/06/1980
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 9.5 del Decreto 1990/1975, de 10 de julio (Ref. BOE-A-1975-18447).
    • art. 130.2 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
  • CITA:
Materias
  • Ministerio de Educación
  • Publicaciones oficiales
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación
  • Servicio de Publicaciones del Ministerio de Educación

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