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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los trabajadores autónomos, para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23/02/2022.
Entrada en vigor:
24/02/2022
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2022-2849
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2022/02/22/2/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 22/02/2022
  • Fecha de publicación: 23/02/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 24/02/2022

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA:
    • hasta el 30 de junio de 2024, lo indicado de la disposición adicional 4, por Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-26452).
    • hasta el 31 de diciembre de 2023, lo indicado de la disposición adicional 4, por Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (Ref. BOE-A-2023-15135).
    • hasta el 30 de junio de 2023, lo indicado de la disposición adicional 4, por Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-22685).
    • hasta el 31 de diciembre de 2022, lo indicado de la disposición adicional 4, por Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2022-10557).
  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 10 de marzo de 2022 (Ref. BOE-A-2022-4137).

Referencias anteriores

  • MODIFICA:
    • los arts. 10.5 y 11.10.a) y disposición adicional 6 del Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-2021-15768).
    • el art. 3 y AÑADE la disposición adicional única al Real Decreto 401/2021, de 8 de junio (Ref. BOE-A-2021-9560).
    • los arts. 7.5 y 8.10.a) del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo (Ref. BOE-A-2021-8877).
    • los arts. 4.1 y 5.7 del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo (Ref. BOE-A-2021-7351).
    • la disposición adicional 2 del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero (Ref. BOE-A-2021-1529).
    • el art. 7.5 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero (Ref. BOE-A-2021-1130).
    • la disposición adicional 2 del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-16824).
    • los arts. 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4208).
  • AÑADE la disposición adicional 46 a la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11724).
  • PRORROGA:
    • hasta el 30 de junio de 2022, lo indicado de los arts. 2, 3 y 4 del Real Decreto-ley 32/2020, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-2020-13490).
    • hasta el 30 de junio de 2022, el art. 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3824).

Materias

  • Actividades económicas
  • Arrendamientos urbanos
  • Asistencia social
  • Ayudas
  • Canarias
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Desahucios
  • Empleo
  • Epidemias
  • Subsidio de desempleo
  • Suministro de energía
  • Trabajadores autónomos
  • Viviendas

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