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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Decreto-ley 1/2020, de 18 de marzo, por el que se establecen medidas liberalizadoras de los horarios de apertura de las actividades comerciales habilitadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionado por el COVID-19.

Publicado en:
«DOE» núm. 56, de 20/03/2020, «BOE» núm. 112, de 22/04/2020.
Entrada en vigor:
21/03/2020
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2020-4556
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ex/dl/2020/03/18/1/con

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 18/03/2020
  • Fecha de publicación: 22/04/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 21/03/2020
  • Publicada en el DOE núm. 56, de 20 de marzo de 2020.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 20 de abril de 2020 (Ref. DOE-e-2020-90132).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2011-1638).
  • CITA Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3692).

Materias

  • Comercio
  • Enfermedades
  • Epidemias
  • Establecimientos comerciales
  • Estado de alarma
  • Extremadura
  • Horario comercial

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