Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
con efectos desde el 1 de abril de 2023, los arts. 2, 6 y 7, por Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-160).
los arts. 2, 3 y 5, por Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo (Ref. BOE-A-2017-3125).
SE DICTA DE CONFORMIDAD, sobre regulación de situaciones de incapacidad temporal de más de 365 días: Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio (Ref. BOE-A-2015-6839).
Referencias anteriores
DEROGA Real Decreto 575/1997, de 18 de abril (Ref. BOE-A-1997-8769).
MODIFICA:
Art. 10 del Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2011-18321).
Art. 4 y AÑADE los arts. 6 y 7 al Real Decreto 1430/2009, de 11 de septiembre (Ref. BOE-A-2009-15442).
Arts. 3.8, 13.1, 14.2, 23.6, 41.2 y 30.2 del Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo (Ref. BOE-A-2009-4724).
Art. 16 del Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre (Ref. BOE-A-1995-26716).
DE CONFORMIDAD con el art. 128.1.a) de la Ley General de la Seguridad social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).
Materias
Asistencia sanitaria
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Incapacidades laborales
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Instituto Social de la Marina
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Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
Pensiones
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Seguridad Social
Servicios Públicos de Salud
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Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico