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Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código Civil de Cataluña, relativo a las sucesiones.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 10/07/2008
  • Fecha de publicación: 07/08/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2009
  • Entrada en vigor: 1 de enero de 2009, salvo la disposición final tercera que lo hará el 18 de julio de 2008.
  • Publicada en el DOGC núm. 5175, de 17 de julio de 2008.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA la disposición adicional 2, SE MODIFICA los art. 421.10, 421.11, 421.14 y con efectos desde el 28 de abril de 2020, el 421.8, por Ley 6/2019, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2019-15728).
  • SE DECLARA:
    • en el Recurso 4751/ 2017, la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 411-10.3.b), 421-24.1 y las disposiciones adicional 3 y final 5, en la redacción dada por la Ley 10/2017, de 27 de junio, por Sentencia 7/2019, de 17 de enero (Ref. BOE-A-2019-2033).
    • en el Recurso 4751/2017, el mantenimiento de la suspensión de vigencia y aplicación de los arts. 411-10.3.b), 421-24.1, y disposiciones adicional 3 y final 5, en la redacción dada por la Ley 10/2017, de 27 de junio, por Auto de 20 de marzo de 2018 (Ref. BOE-A-2018-4233).
  • Recurso 4751/2017 planteado en relación con los arts. 411-10.3.b), 421-24.1 y las disposiciones adicional 3 y final 5, en la redacción dada por la Ley 10/2017, de 27 de junio, con suspensión, desde el 26 de octubre de 2017, de vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 29 de septiembre de 2017, para las partes legitimadas (Ref. BOE-A-2017-12248).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 421-2, 428-1.1 y SE AÑADE los arts. 411-10, 421-24 y las disposiciones adicional 3 y final 5, por Ley 10/2017, de 27 de junio (Ref. BOE-A-2017-8525).
    • el art. 442-12, por Ley 5/2017, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-2017-7353).
    • determinados preceptos y, con entrada en vigor el 1 de marzo de 2017, el art. 461-12, por Ley 3/2017, de 15 de febrero (Ref. BOE-A-2017-2466).
    • los arts. 422-13, 431-17, 451-5, 461-12, 461-22 y la disposición transitoria 4.3, por Ley 6/2015, de 13 de mayo (Ref. BOE-A-2015-6014).
    • el art. 442-13, por Ley 1/2015, de 5 de febrero (Ref. BOE-A-2015-2294).
    • la disposición transitoria 3, por Decreto-ley 8/2012, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-2124).
    • determinados preceptos , por Ley 25/2010, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2010-13312).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Ley 40/1991, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-4607).
    • arts. 34 y 35 de la Ley 10/1998, de 15 de julio (Ref. BOE-A-1998-20138).
    • arts. 531-26.1 b), 569-40 y 569-41.5 y 7 y MODIFICA lo indicado de la Ley 5/2006, de 10 de mayo (Ref. BOE-A-2006-11130).
  • MODIFICA arts. 92.1, 97.1, 113.1 y 127.1 de la Ley 9/1998 de 15 de julio (Ref. BOE-A-1998-20137).
  • AÑADE un nuevo art. 7 y se renumera el antiguo 7 como 8 a la Ley 29/2002, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-2410).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 65 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio (Ref. BOE-A-2006-13087).

Materias

  • Albaceazgo
  • Cataluña
  • Contratos
  • Derecho Foral
  • Donaciones
  • Herencias
  • Sucesiones
  • Testamentos

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