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Legislación consolidada

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto Legislativo
  • Fecha de disposición: 29/10/2004
  • Fecha de publicación: 05/11/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 06/11/2004

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN erratas del Real Decreto 907/2022, de 25 de octubre, publicada en BOE num. 35, de 10 de febrero de 2023 (Ref. BOE-A-2023-3510).
  • SE ACTUALIZA:
    • las cuantías indemnizatorias para 2023, por Resolución de 12 de enero de 2023 (Ref. BOE-A-2023-1765).
    • el anexo, por Real Decreto 907/2022, de 25 de octubre (Ref. BOE-A-2022-17597).
    • el anexo, por Orden ETD/949/2022, de 29 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-16281).
    • las cuantías indemnizatorias para 2022, por Resolución de 23 de febrero de 2022 (Ref. BOE-A-2022-3588).
    • las cuantías indemnizatorias para 2021, por Resolución de 2 de febrero de 2021 (Ref. BOE-A-2021-2639).
    • las cuantías indemnizatorias para 2020, por Resolución de 30 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4371).
    • las cuantías indemnizatorias para el año 2019, por Resolución de 20 de marzo de 2019 (Ref. BOE-A-2019-5015).
    • las cuantías indemnizatorias para 2018, por Resolución de 25 de julio de 2018 (Ref. BOE-A-2018-11527).
    • las cuantías indemnizatorias para el 2018: Resolución de 31 de enero de 2018 (Ref. BOE-A-2018-2030).
    • las cuantías indemnizatorias para el 2017, por Resolución de 3 de octubre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-12243).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 7, y regula el procedimiento común para informes periciales: Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-2015-13872).
  • SE DEROGA lo indicado del anexo y el anejo, SE MODIFICA los arts. 1, 4, 7, 9, 13 y la disposición final 2, SE SUSTITUYE el anexo y SE AÑADE el art. 14 y el título IV, por Ley 35/2015, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-10197).
  • SE MODIFICA el art. 8, por Ley 20/2015, de 14 de julio (Ref. BOE-A-2015-7897).
  • SE ACTUALIZA:
    • el anexo para el año 2014, por Resolución de 5 de marzo de 2014 (Ref. BOE-A-2014-2819).
    • el anexo para el año 2013, por Resolución de 21 de enero de 2013 (Ref. BOE-A-2013-945).
  • SE MODIFICA:
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, aprobando el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor: Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre (Ref. BOE-A-2008-14915).
  • SE DEROGA los arts. 14 a 16, 18, 19 y SE MODIFICA, por Ley 21/2007, 11 de julio (Ref. BOE-A-2007-13410).
  • SE DECLARA la vigencia de lo indicado del art. 1, por Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006 (Ref. BOE-A-2006-20764).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • el art. 89 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23936).
    • el art. 3 de la Ley 34/2003, de 4 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-20330).
    • los arts. 11.2 y 33 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre (Ref. BOE-A-2002-22807).
    • el art. 7 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-24357).
    • la disposición final 13 de la Ley 1/2000, de 7 de enero (Ref. BOE-A-2000-323).
    • la disposición adicional 15 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-30155).
    • la disposición adicional 8 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1995-24262).
    • la disposición adicional 5 de la Ley 21/1990, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-1990-30736).
    • la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, texto refundido aprobado por el Decreto 632/1968, de 21 de marzo (Ref. BOE-A-1968-454).

Materias

  • Consorcio de Compensación de Seguros
  • Enjuiciamiento Civil
  • Indemnizaciones
  • Seguro de responsabilidad civil
  • Seguros de vehículos de motor
  • Vehículos de motor

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