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Instrumento de Ratificación del Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 24/08/1987.
Entrada en vigor:
01/09/1987
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1987-19691
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1980/10/25/(2)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 25/10/1980
  • Fecha de publicación: 24/08/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 01/09/1987
  • Ratificación por Instrumento de 28 de mayo de 1987.
  • Entrada en vigor: 1 de diciembre de 1983 y para España el 1 de septiembre de 1987.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 17 de agosto de 1987.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN:
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 15 de diciembre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-26102).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 26 de abril de 2023 (Ref. BOE-A-2023-10871).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 19 de julio de 2022 (Ref. BOE-A-2022-12485).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 27 de abril de 2022 (Ref. BOE-A-2022-7315).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 6 de octubre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-16963).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 19 de julio de 2021 (Ref. BOE-A-2021-12314).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 22 de octubre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-13299).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 4 de junio de 2020 (Ref. BOE-A-2020-5834).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 11 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-10595).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 17 de enero de 2019 (Ref. BOE-A-2019-1060).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 15 de octubre de 2018 (Ref. BOE-A-2018-14473).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 10 de julio de 2018 (Ref. BOE-A-2018-9996).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 20 de julio de 2017 (Ref. BOE-A-2017-8752).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 24 de abril de 2017 (Ref. BOE-A-2017-4969).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 27 de octubre de 2016 (Ref. BOE-A-2016-10027).
    • con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 21 de enero de 2016 (Ref. BOE-A-2016-819).
    • con el art. 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 2 de julio de 2014 (Ref. BOE-A-2014-7288).
    • con el art. 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 21 de abril de 2014 (Ref. BOE-A-2014-4425).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 38, sobre aceptación por España de la adhesión de Reino de Lesotho, en BOE núm 26, de 30 de enero de 2014 (Ref. BOE-A-2014-910).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre aceptación por España de la adhesión de República de Guinea, en BOE núm. 172, de 19 de julio de 2013 (Ref. BOE-A-2013-7909).
  • SE DICTA EN RELACIÓN con el art. 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 29 de mayo de 2013 (Ref. BOE-A-2013-5995).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre aceptación por España de la adhesión de Rusia, en BOE núm. 22, de 25 de enero de 2013 (Ref. BOE-A-2013-697).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre adhesión del Principado de Andorra, en BOE núm. 238 de 3 de octubre de 2012 (Ref. BOE-A-2012-12333).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre aceptación de la adhesión de la República Gabonesa, en BOE núm. 56, de 6 de marzo de 2012 (Ref. BOE-A-2012-3154).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre adhesión de Singapur, en BOE núm. 274, de 14 de noviembre de 2011 (Ref. BOE-A-2011-17772).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre adhesión del Reino de Marruecos: Nota diplomática, BOE núm 76, de 30 de marzo de 2011 (Ref. BOE-A-2011-5709).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre adhesión de la República de Seychelles: Nota Diplomática en BOE núm. 220, de 11 de septiembre de 2009 (Ref. BOE-A-2009-14472).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre la adhesión de la República de Armenia: Nota Diplomática en BOE núm. 220, de 11 de septiembre de 2009 (Ref. BOE-A-2009-14471).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre adhesión de la República de Albania: Nota Diplomática en BOE núm. 220, de 11 de septiembre de 2009 (Ref. BOE-A-2009-14470).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre adhesión de la República de San Marino: Nota Diplomática en BOE núm. 33, de 7 de febrero de 2008 (Ref. BOE-A-2008-2109).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre adhesión de Ucrania: Nota Diplomática en BOE núm. 31, de 5 de febrero de 2008 (Ref. BOE-A-2008-1901).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre adhesión de la República Dominicana: Declaración en BOE núm. 69, de 22 de marzo de 2006 (Ref. BOE-A-2006-5123).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre la adhesión de la República de Bulgaria: Nota Diplomática, BOE núm. 56, de 7 de marzo de 2005 (Ref. BOE-A-2005-3723).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre la adhesión de la República de Lituania: Nota Diplomática, BOE núm. 45, de 22 de febrero de 2005 (Ref. BOE-A-2005-2921).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Guatemala, en BOE núm. 67, de 18 de marzo de 2004 (Ref. BOE-A-2004-4963).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de la adhesión del Reino de Tailandia, en BOE núm. 243, de 10 de octubre de 2003 (Ref. BOE-A-2003-18740).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de la adhesión de las Repúblicas de Letonia y Socialista Democrática de Sri Lanka, en BOE núm. 31, de 5 de febrero de 2003 (Ref. BOE-A-2003-2306).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de la adhesión de la República del Perú, en BOE núm. 300, de 16 de diciembre de 2002 (Ref. BOE-A-2002-24430).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Estonia, en BOE núm. 177, de 25 de julio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-14981).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de las adhesiones de las Repúblicas de Nicaragua y el Salvador, en BOE núm. 129, de 30 de mayo de 2002 (Ref. BOE-A-2002-10334).
    • con el art. 38.4, declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Trinidad y Tobago, en BOE núm. 46, de 22 de febrero de 2002 (Ref. BOE-A-2002-3599).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de las adhesiones de las Repúblicas de Brasil, Malta y Uruguay, en BOE núm. 80, de 3 de abril de 2001 (Ref. BOE-A-2001-6463).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de las adhesiones de las Repúblicas de Costa Rica, Uzbekistán y Fiji, en BOE núm. 80, de 3 de abril de 2001 (Ref. BOE-A-2001-6462).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de la adhesión de las Repúblicas de Sudáfrica, Moldova y Paraguay, en BOE núm. 9, de 11 de enero de 2000 (Ref. BOE-A-2000-439).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de la adhesión de Turkmenistán y Belarús, en BOE núm. 238, de 5 de octubre de 1999 (Ref. BOE-A-1999-19806).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de la adhesión de Georgia, en BOE núm.25, de 29 de enero de 1999 (Ref. BOE-A-1999-2180).
    • con el art. 38, párrafo 4, sobre la adhesión de Islandia, en BOE núm. 44, de 20 de febrero de 1998 (Ref. BOE-A-1998-3942).
    • con el art. 38, párrafo 4, declaración de aceptación por España de la adhesión de Honduras, San Cristóbal y Nieves, Chipre, Zimbabwe y Colombia, en BOE núm. 116, de 15 de mayo de 1997 (Ref. BOE-A-1997-10479).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 21, de 24 de enero de 1996 (Ref. BOE-A-1996-1497).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 38,sobre las adhesiones de Panamá, Eslovenia y Chile: Declaración publicada en BOE núm. 191, de 11 de agosto de 1995 (Ref. BOE-A-1995-19197).
    • con el art. 38, sobre la adhesión de las Bahamas: Declaración en BOE núm. 23 de 27 de enero de 1995 (Ref. BOE-A-1995-2116).
    • con el art. 38.3, declaración de aceptación por España de la adhesión de Burkina Fasso, Mauricio, Mónaco, Polonia y Rumania, en BOE núm. 285, de 29 de noviembre de 1994 (Ref. BOE-A-1994-26303).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 155, de 30 de junio de 1989 (Ref. BOE-A-1989-15167).

Materias

  • Acuerdos internacionales
  • Menores
  • Obra de Protección de Menores
  • Sustracción de menores

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