Acuerdo de 9 de marzo de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de atribuir con carácter exclusivo, al Juzgado de Primera Instancia número 6 de Almería, el conocimiento de los asuntos propios de los Juzgados de Familia, así como los procedimientos relativos a la liquidación de cualquier régimen económico matrimonial.
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