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Boletín Oficial del Estado: lunes 30 de diciembre de 2002, Núm. 312

Sumario BOE-S-2002-312:

II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

  • Real Decreto 1317/2002, de 10 de diciembre, por el que se nombra al Magistrado don Luis Alfredo de Diego Diez Juez de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla.

  • Real Decreto 1318/2002, de 10 de diciembre, por el que se nombra Magistrado al Juez que ha superado las pruebas selectivas en el orden jurisdiccional penal, con adjudicación del correspondiente destino.

  • Real Decreto 1319/2002, de 10 de diciembre, por el que se nombra Magistrados a los Jueces a quienes corresponde la promoción por el turno de antigüedad.

  • Acuerdo de 3 de diciembre de 2002, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso de méritos convocado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 10 de abril de 2002, para la provisión de puestos de trabajo en el Centro de Documentación Judicial del Consejo, con sede en San Sebastián, entre funcionarios de los grupos B o D de las Administraciones Públicas.

  • Acuerdo de 19 de diciembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se nombran Letrados al servicio del Tribunal Supremo.

  • Acuerdo de 23 de diciembre de 2002, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se nombran Magistrada suplente y Jueces sustitutos para el año judicial 2002/2003 en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Castilla y León y Galicia.

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III. Otras disposiciones

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

  • Acuerdo de 19 de diciembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de adscribir, con carácter exclusivo, las Secciones Primera a Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia al orden jurisdiccional penal, en virtud de lo previsto en los artículos 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 23 del Reglamento 5/1995, de 7 de junio, de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales.

  • Acuerdo de 19 de diciembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con carácter exclusivo, al Juzgado de Primera Instancia número 4 de Badajoz, el conocimiento de los asuntos propios de los Juzgados de Familia, título IV y VII del libro I del Código Civil, y de todas aquellas cuestiones atribuidas por las Leyes a los Juzgados denominados de Familia, así como los procedimientos relativos a la liquidación de cualquier régimen económico matrimonial, y de los procedimientos derivados de los títulos V (paternidad y filiación), VI (alimentos entre parientes), VII (ausencia), IX (incapacitación) y X (tutela, curatela y guarda de menores o incapacitados) del libro I del Código Civil vigente, con exclusión de los internamientos involuntarios que serán objeto de reparto entre los demás Juzgados de Primera Instancia.

  • Acuerdo de 19 de diciembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con carácter exclusivo, al Juzgado de Primera Instancia número 5 de Tarragona, el conocimiento de los asuntos propios de los Juzgados de Familia, títulos IV y VII del libro I del Código Civil y de todas aquellas cuestiones atribuidas por las leyes a los Juzgados denominados de Familia, incluidos los procedimientos relativos a la liquidación de cualquier régimen económico matrimonial, así como el conocimiento de los asuntos de incapacidades, comprendidos los internamientos no voluntarios por razón de trastorno psíquico, prodigalidades y jurisdicción voluntaria sobre menores.

  • Acuerdo de 19 de diciembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con carácter exclusivo, al Juzgado de Primera Instancia número 13 de Zaragoza, el conocimiento de las materias comprendidas en los títulos IX y X del libro I del Código Civil, incluidos los internamientos no voluntarios por razón de trastorno psíquico, declaraciones de herederos, exhortos que no sean cumplimentados en Decanato, alimentos cuyo conocimiento no corresponda a los Juzgados de Familia, expedientes de dominio y demandas de reclamación o impugnación de filiación.

  • Acuerdo de 19 de diciembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con carácter exclusivo, al Juzgado de Primera Instancia número 6 de Las Palmas de Gran Canaria, el conocimiento de los asuntos propios de los Juzgados de Familia, títulos IV y VII del libro I del Código Civil, y de todas aquellas cuestiones atribuidas por las leyes a los Juzgados denominados de Familia, así como los procedimientos relativos a la liquidaciónde cualquier régimen económico matrimonial, entrando a reparto con los Juzgados de igual clase números 3 y 5 de la misma ciudad ya especializados en la misma materia, manteniendo el conocimiento de los restantes asuntos civiles conjuntamente con los Juzgados no especializados de la misma ciudad, con exclusión de internamientos urgentes por trastorno psíquico, embargos preventivos de buques y protestas de averías.

  • Acuerdo de 19 de diciembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con carácter exclusivo, al Juzgado de Primera Instancia número 6 de San Sebastián, el conocimiento de los procesos sobre capacidad de las personas, con inclusión de las tutelas derivadas de los mismos, así como los internamientos no voluntarios por razón de trastorno psíquico, manteniendo el conocimiento de los restantes asuntos civiles conjuntamente con los Juzgados no especializados de la misma ciudad.

  • Acuerdo de 23 de diciembre de 2002, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, adoptado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial de 22 de abril de 1989, por razones de urgencia, dando cuenta al Pleno del Consejo en su próxima reunión, para su ratificación, si procede, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento 5/1995, de 7 de junio, de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales, de atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con carácter exclusivo, a los Juzgados de Primera Instancia números 5, 6 y 16 de Málaga, ya especializados en el conocimiento de los procesos de familia, el conocimiento de los asuntos relativos a filiación, paternidad y maternidad y reclamación de alimentos entre parientes, que se repartirán entre los mismos.

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