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Orden de 7 de diciembre de 1990 por la que se resuelve el concurso anunciado por Orden de 24 de octubre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 27) entre Auxiliares de la Administración de Justicia para cubrir plazas en Organismos de nueva creación.
Corrección de erratas de la Orden de 28 de noviembre de 1990 por la que se modifica parcialmente la de 4 de octubre de 1990, por la que se hace pública la propuesta del Tribunal calificador de las pruebas selectivas para cubrir plazas de alumnos del Centro de Estudios Judiciales para su posterior acceso a la carrera judicial.
Resolución de 4 de diciembre de 1990, de la Dirección General del Centro de Estudios Judiciales, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir plazas vacantes de personal laboral.
Corrección de erratas de la Resolución de 29 de noviembre de 1990, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se hace pública la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a participar en las pruebas selectivas para cubrir 300 plazas de alumnos del Centro de Estudios Judiciales para su posterior acceso a la carrera judicial.
Real Decreto 1592/1990, de 3 de diciembre, por el que se rehabilita, sin perjuicio de tercer de mejor derecho, el título de Conde de Arbelaiz, a favor de don José Joaquín de Olazábal y Alburquerque.
Real Decreto 1593/1990, de 3 de diciembre, por el que se rehabilita, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, el título de Conde del Rivero, a favor de doña Silvia de Sosa y del Rivero.
Real Decreto 1594/1990, de 3 de diciembre, por el que se rehabilita, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, el título de Marqués de Retes, a favor de don José Luis de Urruela y Sanllchy.
Resolución de 21 de noviembre de 1990, de la Dirección General de los Registros y del Notario, en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Ricardo Martín Pérez, en nombre de «Denisa Inmobiliaria, Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador de la Propiedad número 3 de Valencia a cancelar una hipoteca unilateral, en virtud de apelación del recurrente.
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