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Documento BOE-A-2026-3803

Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 18 de febrero de 2026, páginas 25492 a 25492 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2026-3803
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2026/02/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

El texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, establece en su artículo 49.1 que las cuantías indemnizatorias del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación fijadas en ella, quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año, en el porcentaje del índice general de precios al consumo correspondiente al año natural inmediatamente anterior.

A tal efecto, el párrafo segundo del citado artículo 49.1 establece que la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración realizará los cálculos a los que se refiere el párrafo anterior y estos se harán públicos por Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en los sitios web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para facilitar su conocimiento y aplicación.

De acuerdo con los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, el índice general de precios al consumo correspondiente al año 2025, que resulta aplicable para la actualización de las cuantías indemnizatorias vigentes en el año 2026, asciende al 2,9 por ciento. En consecuencia y en aplicación de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 49.1 del texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre,

Esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acuerda hacer públicas en su Portal de internet http://www.dgsfp.mineco.gob.es/, las cuantías indemnizatorias aplicables durante el año 2026, una vez actualizadas conforme al citado porcentaje.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, que podrá presentarse ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o ante la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, siendo este órgano el competente para resolverlo, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 3 de febrero de 2026.–El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, José Antonio Fernández de Pinto.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/02/2026
  • Fecha de publicación: 18/02/2026
Referencias anteriores
  • ACTUALIZA las cuantías indemnizatorias, de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2004-18911).
Materias
  • Accidentes
  • Circulación vial
  • Incapacidades laborales
  • Indemnizaciones
  • Seguros
  • Seguros de vehículos de motor

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