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Documento BOE-A-2025-9129

Resolución de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 6 de marzo de 2025, por la que se registra y publica la revisión salarial para el año 2025 del Convenio colectivo del comercio minorista de droguerías y perfumerías.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 9 de mayo de 2025, páginas 61088 a 61089 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2025-9129
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2025/04/10/(5)

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del acuerdo que aprueba la revisión salarial para el año 2025 del Convenio colectivo del comercio minorista de droguerías y perfumerías (código de convenio núm.: 99100145012014), registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 6 de marzo de 2025, en el BOE número 63, de 14 de marzo.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 34800, deben modificarse las cuantías del apartado IV. Técnicos, Titulados/as y Técnicos/as de Parafarmacia sustituyendo «18.869,46/1.257,97» por «18.123,36/1.208,27».

Madrid, 10 de abril de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

Área funcional Grupo profesional

Puesto

Convenio interprovincial

Salario anual

Euros

Salario mensual

(12 meses y tres pagas extraordinarias)

Euros

Administración y Gestión de la empresa. V. Directores/as. Director. 20.378,95 1.358,59
IV. Técnicos. Técnico analista de sistemas. 18.869,46 1.257,97
Técnico informático. 18.123,36 1.208,27
II. Gestores de Administración. Secretario/a. 17.198,99 1.146,60
Oficial Administrativo. 16.557,48 1.103,83
Ayudante programador. 16.557,48 1.103,83
I. Auxiliares de Administración. Ayudante operador/a. 16.431,66 1.095,44
Auxiliar administrativo. 16.431,66 1.095,44
Organización del establecimiento comercial y atención al cliente. V. Mandos. Jefe Sector. 20.378,95 1.358,59
Jefe de unidad. 18.869,46 1.257,97
Jefe de sección. 18.869,46 1.257,97
IV. Técnicos. Titulados/as y Técnicos/as de Parafarmacia. 18.123,36 1.208,27
III. Coordinadores. Jefe de equipo. 18.123,36 1.208,27
Segundo/a encargado/a. 17.105,81 1.140,39
Maquillador/a. 17.105,81 1.140,39
Esteticista. 17.105,81 1.140,39
II. Consejeros/as de venta y de imagen del establecimiento. Vendedor. 16.557,48 1.103,83
Comercial. 16.557,48 1.103,83
Repartidor. 16.557,48 1.103,83
Decorador. 16.557,48 1.103,83
I. Auxiliares de venta y sala. Reponedor. 16.407,85 1.093,86
Personal auxiliar. 16.431,66 1.095,44
Cajero/a autoservicio. 16.431,66 1.095,44
Ayudante de venta y servicios. 16.431,66 1.095,44
Servicios Logísticos. V. Dirección. Director. 20.378,95 1.358,59
Jefe de sector. 20.378,95 1.358,59
Jefe de Unidad. 18.869,46 1.257,97
Jefe de Sección. 18.869,46 1.257,97
III. Coordinadores. Jefe de Equipo. 18.123,36 1.208,27
II. Especialistas logísticos y de transporte. Repartidor. 16.557,48 1.103,83
I. Auxiliares logísticos y de transporte. Reponedor. 16.431,66 1.095,44
Personal auxiliar. 16.431,66 1.095,44

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/04/2025
  • Fecha de publicación: 09/05/2025
  • La corrección de errores en el Convenio publicado por Resolución de 12 de diciembre de 2024, se establece por estar modificada por la Resolución de 6 de marzo de 2025.
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores:
    • en la Resolución de 6 de marzo de 2025 (Ref. BOE-A-2025-5099).
    • en el Convenio publicado por Resolución de 12 de diciembre de 2024 (Ref. BOE-A-2024-26662).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Droguerías
  • Perfumería

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