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Documento BOE-A-2025-4810

Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la tabla salarial provisional del año 2025 del Convenio colectivo básico, de ámbito estatal, para la fabricación de conservas vegetales.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2025, páginas 32884 a 32886 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2025-4810
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2025/02/27/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo básico, de ámbito estatal, para la fabricación de conservas vegetales (Código de convenio 99001305011981), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 de noviembre de 2023, mediante la que se aprueba la tabla salarial provisional del año 2025, aplicable con efectos de 1 de enero de 2025, acuerdo que ha sido suscrito con fecha 21 de enero de 2025, de una parte, por la Federación Nacional de Asociaciones de Transformados Vegetales y Alimentos Procesados (FENAVAL) y la Agrupación Española de Fabricantes de Conservas Vegetales (AGRUCON), en representación de las empresas del sector, y de otra, por la Federación Estatal de Industria, Construcción y Agro de la Unión General de Trabajadores (UGT-FICA) y la Federación de Comisiones Obreras Industria (CC. OO.–Industria), en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta y de la tabla salarial provisional 2025 en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de febrero de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO BÁSICO, DE ÁMBITO ESTATAL, PARA LA FABRICACIÓN DE CONSERVAS VEGETALES

En Madrid, en la sede de la Federación Nacional de Asociaciones de Transformados Vegetales y Alimentos Procesados, siendo las 10:30 horas del día 21 de enero de 2025, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, de ámbito estatal, de Fabricación de Conservas Vegetales, representados por:

Don Sebastián Serena Expósito, de la Federación Estatal de Industria, Construcción y Agro de la Unión General de Trabajadores (UGT-FICA).

Don Marco Antonio Pérez Martínez, de la Federación de Comisiones Obreras Industria (CC. OO. de Industria).

Don Arturo Díez del Río, de la Federación Nacional de Asociaciones de Transformados Vegetales y Alimentos Procesados (FENAVAL), anteriormente denominada Federación Nacional de Asociaciones de la Industria de Conservas Vegetales.

Don Carlos Gervás Gómez-Navarro, de la Agrupación Española de Fabricantes de Conservas Vegetales (AGRUCON).

Las partes se reconocen mutua capacidad para suscribir el presente documento y acuerdan:

1.º Considerar como definitiva para el año 2024 la tabla salarial publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 59 de 7 de marzo de 2024.

2.º Aprobar y firmar la tabla salarial provisional de 2025, que se acompaña y que se aplicará con efectos de 1 de enero de 2025. Es el resultado de aplicar a la tabla salarial definitiva de 2024 un 3 %, conforme al anexo V del convenio.

3.º Facultar a don José M.ª Arregui Zamorano, asesor de FENAVAL para que proceda a tramitar ante el REGCON el depósito y publicación de la tabla salarial provisional de 2025.

Y en prueba de conformidad firman en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Tabla salarial provisional 2025

Personal fijo de plantilla

Niveles

Salario mes

Euro

Salario año

Euro

Hora extra

Euro/hora

P. penosidad/peligrosidad

Euro/hora

Plus nocturnidad

Euro/hora

Nivel 1.1. 1.579,96 23.699,40 18,41 1,29 2,01
Nivel 1.2. 1.458,94 21.884,10 16,89 1,21 1,85
Nivel 1.3. 1.458,94 21.884,10 16,78 1,17 1,85
Nivel 1.4. 1.395,30 20.929,50 16,07 1,11 1,77
Nivel 1.5. 1.394,47 20.917,05 15,91 1,11 1,77
Nivel 1.6. 1.367,27 20.509,05 15,75 1,10 1,74
Nivel 1.7. 1.328,35 19.925,25 15,25 1,06 1,69
Nivel 1.8. 1.324,25 19.863,75 15,17 1,06 1,68
Nivel 1.9. 1.279,47 19.192,05 14,60 1,02 1,63
Nivel 1.10. 1.233,15 18.497,25 14,56 1,05 1,57
Nivel 1.11. 1.225,31 18.379,65 14,44 1,05 1,56
Nivel 1.12. 1.223,89 18.358,35 14,27 1,05 1,56
Nivel 1.13. 1.179,25 17.688,75 14,19 1,05 1,50
Nivel 1.14. 1.179,25 17.688,75 14,19 1,05 1,50
Nivel 1.16. 1.113,72 16.705,80

Personal fijo discontinuo y temporal

Niveles

Salario base/hora

Euro

Partes proporcs.

Euro

Salario hora/global

Euro

Hora extra

Euro/hora

P. penosidad/peligrosidad

Euro/hora

Plus nocturnidad

Euro/hora

Nivel 2.8. 6,73 4,48 11,21 15,17 1,06 1,68
Nivel 2.9. 6,50 4,33 10,83 14,60 1,02 1,63
Nivel 2.10. 6,26 4,18 10,44 14,56 1,05 1,57
Nivel 2.11. 6,22 4,15 10,37 14,44 1,05 1,56
Nivel 2.12. 6,22 4,14 10,36 14,27 1,05 1,56
Nivel 2.13. 5,99 3,99 9,98 14,19 1,05 1,50
Nivel 2.14. 5,99 3,99 9,98 14,19 1,05 1,50
Nivel 2.16. 5,66 3,77 9,43

En el salario hora global está incluido el 66,67 por 100 de todas las partes proporcionales correspondientes a domingos, en su caso, sábados, festivos, vacaciones, gratificaciones extraordinarias y treinta días de premio de permanencia.

La cotización a la Seguridad Social se efectuará por el salario hora global.

Se suprimen los niveles salariales 1.15 y 2.15. El personal operario que hasta ahora integraba los niveles salariales 1.15 y 2.15 pasarán a los niveles salariales 1.14 y 2.14.

En caso de existir personas trabajadoras fijas discontinuas o temporales en los niveles 2.1 a 2.7 cobrarán también, como los demás, por hora de trabajo efectivo. El valor de la hora se obtendrá dividiendo el salario anual de los niveles 1.1 a 1.7 entre las horas anuales de jornada.

Desglose partes proporcionales incluidas en salario global hora 2025

Niveles

Pagas extras y permanencia

Euro

Resto partes proporcionales

Euro

Total partes proporcionales

Euro

Nivel 2.8. 2,22 2,26 4,48
Nivel 2.9. 2,14 2,19 4,33
Nivel 2.10. 2,06 2,12 4,18
Nivel 2.11. 2,05 2,10 4,15
Nivel 2.12. 2,05 2,09 4,14
Nivel 2.13. 1,97 2,02 3,99
Nivel 2.14. 1,97 2,02 3,99
Nivel 2.16. 1,87 1,90 3,77

El 66,67 por 100 de todas las partes proporcionales se desglosa así:

– Pagas extras y de permanencia: 32,97 por 100.

– Resto (domingos, en su caso sábados, festivos y vacaciones): 33,70 por 100.

Nota: Esta tabla salarial de 2025 se ha obtenido aplicando a la tabla salarial de 2024 un 3 %.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/02/2025
  • Fecha de publicación: 11/03/2025
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9174).
  • EN RELACIÓN con con el Convenio publicado por Resolución de 19 de octubre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-22358).
Materias
  • Conservas
  • Convenios colectivos
  • Productos agrícolas

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