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En virtud de las competencias atribuidas al Director General de Tráfico, en su calidad de titular del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, por el artículo 11 del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior y de acuerdo con la experiencia acumulada en materia de contratación administrativa y gestión presupuestaria y económica, en la preparación, ejecución y control de los presupuestos de la Jefatura Central de Tráfico, además de la gestión de su patrimonio, desde la Resolución de 5 de diciembre de 2000, por la que se delegan atribuciones en determinados funcionarios, así como las novedades normativas incorporadas al ordenamiento jurídico desde entonces, se hace aconsejable una revisión del actual régimen de delegación de competencias, que redunde en una mayor eficiencia en la gestión administrativa de las competencias que en materia de contratación, presupuestaria, económica y patrimonial, desempeña Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico.
De acuerdo con lo anterior, se considera pertinente aprobar una nueva resolución de delegación de competencias que sustituya al actual régimen de delegación de competencias establecido en la citada Resolución de 5 de diciembre de 2000, que queda sin efecto.
Por ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el párrafo c) apartado 1 del mencionado artículo 11 del Real Decreto 734/2020, dispongo:
Se delegan en la persona titular de la Secretaría General, las atribuciones que, como órgano de contratación, tiene conferidas la persona titular del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y demás normativa referente a la contratación pública.
Se exceptúa de toda delegación la resolución de las propuestas de adjudicación que la Mesa de Contratación del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico eleve a la persona titular del Organismo.
Se delegan en la persona titular de la Secretaría General y en la persona titular de la Subdirección Adjunta de Administración Económica todas las facultades que atribuye la legislación vigente en materia de gestión de gastos y ordenación de pagos a la persona titular del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, salvo en materia de contratos del sector público, desde la orden de iniciación de cualquier expediente origen de gasto hasta la ejecución del pago material, incluyendo cuantos documentos y fases requiera la actuación.
La delegación contenida en este punto segundo comprende genéricamente todas las facultades relativas al gasto.
Se delegan en la persona titular de la Secretaría General las facultades que tiene conferidas la persona titular del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico de conformidad con el artículo 142 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, para enajenar los bienes muebles propiedad del Organismo Autónomo, así como los bienes muebles del Patrimonio del Estado que tuviese afectados o adscritos o los hubiera venido utilizando. El acuerdo de enajenación implicará la desafectación de los bienes y su baja en inventario.
Queda sin efectos la delegación de competencias efectuada por Resolución de 5 de diciembre de 2000, de delegación de atribuciones en determinados funcionarios.
La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de noviembre de 2021.–El Director General de Tráfico, Pere Navarro Olivella.
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