Contido non dispoñible en galego
El Consejo de Administración de RENFE-Operadora, en su sesión de 21 de diciembre de 2020, aprobó la Instrucción Administrativa INS-06.PS.FIN.LCO sobre Encargos del Grupo RENFE a los medios propios controlados por RENFE-Operadora.
El punto 6 de dicha Instrucción Administrativa se refiere a la aprobación de la compensación que exige el artículo 33.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), remitiendo, según los casos, a la Norma de Niveles interna o directamente al Presidente de RENFE-Operadora o al órgano interno en quien delegue.
En el ejercicio de tal facultad y al amparo de lo dispuesto en el artículo 16.3 del Estatuto de la entidad pública empresarial de RENFE-Operadora, aprobado por Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre, dispongo:
A los efectos de lo establecido en el párrafo primero del punto 6 de la Instrucción Administrativa:
Delegar en la persona titular de la Dirección General Económico-Financiera la aprobación de la compensación en los encargos realizados por RENFE-Operadora cuyo importe no exceda de un millón de euros, si se trata de encargos de la Dirección de Comunicación Marca y Publicidad, y de dos millones de euros, si se trata de encargos de otras direcciones generales o de la Secretaría General y del Consejo de Administración, a cualquiera de los medios propios controlados por RENFE-Operadora.
A los efectos de lo establecido en los párrafos segundo y tercero del punto 6 de la Instrucción Administrativa:
Delegar en la persona titular de la Dirección General de Operaciones la aprobación de la compensación en los encargos realizados entre RENFE Viajeros S.M.E., SA, RENFE Mercancías S.M.E., SA, y RENFE Fabricación y Mantenimiento S.M.E., SA, cuyo importe no exceda de dos millones de euros.
Delegar en la persona titular de la Dirección General Económico-Financiera la aprobación de la compensación en los encargos realizados a LOGIRAIL, S.M.E, SA, por RENFE Viajeros S.M.E., SA, RENFE Mercancías S.M.E., SA, y RENFE Fabricación y Mantenimiento S.M.E., SA, cuyo importe no exceda de dos millones de euros.
Delegar en la persona titular de la Dirección General Económico-Financiera la aprobación de la compensación en los encargos realizados por RENFE Alquiler de Material Ferroviario, S.M.E., SA cuyo importe no exceda de seiscientos mil euros, y en los encargos recibidos por la misma sociedad cuyo importe no exceda de dos millones de euros.
Aprobada la presente Resolución por el Presidente de RENFE-Operadora, procédase a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de junio de 2021.–El Presidente de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, Isaías Táboas Suárez.
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