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De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos de las Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.
Esta delegación deberá ser aprobada por el órgano ministerial de quien dependa el órgano delegante.
En virtud de lo anterior, con objeto de asegurar la eficacia y eficiencia de la actuación administrativa, resuelvo:
Autorizar la delegación de las competencias establecidas en el artículo 9 bis letras v), w), x) e y) del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, atribuidas a la Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial, en la persona titular de la Subdirección General para la Sociedad Digital.
La delegación no implica alteración de la competencia.
En las resoluciones y actos que se adopten por delegación se hará constar esta circunstancia y la autoridad de procedencia.
Se procederá a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución de acuerdo con lo estipulado en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 11 de mayo de 2021.–La Secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, Carmen Artigas Brugal.
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