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El miércoles 29 de julio de 2020 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decreto 707/2020, de 28 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a prestadores del servicio público de comunicación audiovisual televisiva de ámbito estatal y autonómico, destinadas a compensar los costes derivados de la emisión simultánea y transitoria de sus canales de televisión durante el proceso de liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz (segundo dividendo digital) entre los días 1 de julio de 2020 y 30 de septiembre de 2020, y por el que se modifica el Real Decreto 392/2019, de 21 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz (segundo dividendo digital).
En atención a lo previsto en el citado real decreto, se considera conveniente para alcanzar los fines compensatorios mencionados y mejorar la eficacia en la gestión de las subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la antedicha liberación de la banda de frecuencias delegar en el subdirector de sistemas de la entidad pública empresarial Red.es la competencia para la ordenación, instrucción, gestión, seguimiento, abono y, en su caso, la declaración de la procedencia de reintegro de las citadas subvenciones.
La delegación a que se refiere esta resolución cuenta con la aprobación previa del consejo de administración de Red.es, expresada la sesión de 24 de septiembre de 2020, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en dicho artículo, dispongo:
Delegar en el subdirector de sistemas de la entidad pública empresarial Red.es la competencia para la ordenación, instrucción, gestión, seguimiento, abono y, en su caso, la declaración de la procedencia de reintegro de las subvenciones reguladas en el Real Decreto 707/2020, de 28 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a prestadores del servicio público de comunicación audiovisual televisiva de ámbito estatal y autonómico, destinadas a compensar los costes derivados de la emisión simultánea y transitoria de sus canales de televisión durante el proceso de liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz (segundo dividendo digital) entre los días 1 de julio de 2020 y 30 de septiembre de 2020, y por el que se modifica el Real Decreto 392/2019, de 21 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz (segundo dividendo digital).
1. La delegación de competencias contenida en la presente resolución se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante puede avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos comprendidos en ella considere oportunos.
2. Siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente resolución, deberá indicarse de forma expresa en la resolución administrativa correspondiente.
Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de septiembre de 2020.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, David Cierco Jiménez de Parga.
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