Contenu non disponible en français
El Reglamento (UE) n.° 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión establece la obligación de trasladar las mercancías introducidas en el territorio aduanero de la Unión, bien a la aduana designada por las autoridades aduaneras o a cualquier otro lugar designado o autorizado por dichas autoridades, para quedar en situación de depósito temporal hasta que se autorice el régimen aduanero que se solicite.
Los recintos aduaneros tienen la consideración de lugar autorizado para tal fin. El recinto aduanero de Edullesa fue autorizado mediante Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 19 de junio de 1987.
En fecha 13 de marzo de 2019 se firmaron los acuerdos de autorización de Edullesa como almacén de depósito temporal (ADT) y de destinatario autorizado de tránsito de la Unión. Por lo tanto, la actual configuración del recinto aduanero de Edullesa hace innecesario el mantenimiento de su habilitación habida cuenta de la existencia dentro del recinto de un almacén de depósito temporal (ADT) que cumple con la misma finalidad en cuanto lugar de presentación y almacenamiento de mercancías.
Habiendo dado Estación Aduanera Lleidatana, SA (EDULLESA) su conformidad a la revocación de la autorización de recinto aduanero concedida mediante Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 19 de junio de 1987, en el ejercicio de su derecho a ser oído previsto en el artículo 22.6 del Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, se procede a la revocación de la autorización concedida, y por tanto a la inhabilitación del recinto aduanero.
En virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta que no implica creación de unidad orgánica de ninguna clase, en uso de la delegación para la habilitación e inhabilitación de recintos aduaneros conferida por la Resolución de 24 de junio de 1999 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de delegación de competencias en el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, dispongo:
Se inhabilita el recinto aduanero de Edullesa, dependiente de la Dependencia de Aduanas e Impuestos Especiales de Lleida, de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de Cataluña de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria de Cataluña.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 2 de septiembre de 2019.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 24 de junio de 1999), la Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, M.ª Pilar Jurado Borrego.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid