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Documento BOE-A-2017-10517

Resolución de 1 de septiembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, por la que publica el II Plan Nacional de Acción de Mujeres, Paz y Seguridad.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 14 de septiembre de 2017, páginas 90402 a 90442 (41 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2017-10517
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/09/01/(3)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 28 de julio de 2017, ha adoptado el Acuerdo por el que se aprueba el II Plan Nacional de Acción de Mujeres, Paz y Seguridad.

Para general conocimiento, se dispone la publicación del II Plan Nacional de Acción de Mujeres, Paz y Seguridad como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 1 de septiembre de 2017.–El Secretario de Estado de Asuntos Exteriores, Ildefonso Castro López.

ANEXO
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Prólogo

El 13 de octubre de 2015 intervine en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en un debate abierto sobre Mujeres, Paz y Seguridad. Se cumplían quince años de la aprobación de la histórica Resolución 1325 y España presidía el Consejo de Seguridad.

Recordé una de las conclusiones del trabajo sobre Mujer, Paz y Seguridad que impulsó la Resolución 1325: «La desigualdad de género es una amenaza para la paz y la seguridad internacionales».

Los 15 miembros del Consejo adoptamos entonces la Resolución 2242 que ha sentado unas bases renovadas, sólidas y ambiciosas para los próximos años en la agenda Mujeres, Paz y Seguridad. Los Estados, las Naciones Unidas y las organizaciones regionales nos comprometimos a pasar de las palabras a los hechos y a convertir las declaraciones en acciones concretas con el fin de reducir la distancia entre los textos aprobados y la realidad de las mujeres en el terreno. En abril pasado se celebró en Alicante la primera reunión de la Red de puntos focales de Mujeres, Paz y Seguridad, iniciativa española que agrupa a más de 60 Estados y organizaciones regionales con el fin de impulsar esta Agenda.

En el Consejo de Seguridad anuncié nuestra intención de adoptar un nuevo Plan Nacional de Acción que actualice e incremente nuestros compromisos con el objetivo de fortalecer del papel de las mujeres como agentes de paz. Se trata de un esfuerzo compartido por los poderes públicos, el Gobierno y el Parlamento, con el aliento constante de la sociedad civil.

Como resultado de un fructífero diálogo entre Ministerios y organizaciones de la sociedad civil, ve la luz este II Plan Nacional sobre Mujeres, Paz y Seguridad, una guía renovada que nos debe permitir avanzar con paso firme hacia un objetivo necesario: la creciente participación de las mujeres en la prevención de los conflictos, en su resolución y en la construcción de una paz duradera.

Mariano Rajoy Brey. Presidente del Gobierno.

Contenido

1. Introducción: Por qué un segundo plan.

2. Marco temporal, principios y metodología. Estructura, actores y mecanismos de aplicación.

2.1 Marco Temporal.

2.2 Principios.

2.3 Metodología.

3. Objetivos, metas y líneas de acción.

4. Áreas temáticas.

4.1 Violencia sexual en conflicto y otras formas de violencia contra las mujeres.

4.2 Mujeres y niñas refugiadas y desplazadas.

4.3 Género y prevención y lucha contra el extremismo violento y el terrorismo.

4.4 Trata de mujeres y niñas.

5. Países y organizaciones internacionales.

5.1 Organizaciones Internacionales.

5.2 Países y áreas geográficas.

6. Financiación.

7. Evaluación y seguimiento.

Anexos.

Anexo I: Calendario de reuniones.

Anexo II: Documentos estratégicos relacionados con el propio plan.

1. Introducción: por qué un segundo plan

En 2007, España aprobaba su primer Plan Nacional de Acción Mujeres, Paz y Seguridad, dando con él cumplimiento a lo que ya entonces eran dos líneas claras de la política exterior española: el trabajo por la paz y la seguridad internacionales y la lucha en favor de la no discriminación por razón de género. Hacía ya siete años que la Resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas 1325, de 31 de octubre de 2000 (en adelante «Resolución CSNU 1325»), con el impulso de la sociedad civil, había puesto el acento en el vínculo entre la participación de las mujeres y la paz y la seguridad internacionales, pero apenas un número reducido de países habían trasladado ese vínculo al ámbito nacional con la aprobación de documentos estratégicos, los planes nacionales de acción, que trazaban en este ámbito objetivos claros y ponían en marcha los mecanismos necesarios para llevarlos a cabo.

Diez años después muchas cosas han cambiado.

En el plano internacional, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas ha aprobado ocho nuevas resoluciones1 en la materia, una de las cuales, la Resolución 2242 de 13 de octubre de (2015) (en adelante Resolución CSNU 2242), fue aprobada durante la presidencia española del Consejo de Seguridad y pone de manifiesto la importancia que España concede a esta agenda.

1 Res. 1820 (2008), Res. 1888 (2009), Res. 1889 (2009), Res. 1960 (2010), Res. 2106 (2013), Res. 2122 (2013), Res. 2242 (2015), Res. 2272 (2016)

De estas nuevas resoluciones y del contexto en el que han sido aprobadas deben resaltarse aquí las siguientes cuestiones, por su relación con la necesidad de un nuevo plan.

– En primer lugar, el cambio de perspectiva en el que, sin abandonar los aspectos de protección y sin olvidar que «para las mujeres y las niñas el impacto de la guerra se ve agravado por las discriminaciones e inequidades preexistentes»2 las mujeres dejan de ser vistas fundamentalmente como víctimas y se refuerza su consideración como agentes de cambio. Cuestiones como la prevención y la participación han pasado a ocupar un lugar central en la agenda, ante la evidencia empírica del nexo entre la participación de las mujeres y la paz y la seguridad internacionales. Queda patente que «la desigualdad entre hombres y mujeres además de una profunda injusticia es una amenaza para la paz y la seguridad internacionales», como señalaba el Presidente del Gobierno en su discurso ante el Consejo de Seguridad durante la Revisión de octubre de 20153.

2 «Preventing conflict transforming justice securing the peace» A Global Study on the Implementation of United Nations Security Council resolution 1325- UN Woman 2015- pág. 68.

http://wps.unwomen.org/~/media/files/un%20women/wps/highlights/unw-global-study-1325-2015.pdf

3 http://www.spainun.org/2015/10/mariano-rajoy-preside-la-reunion-del-consejo-de-seguridad-en-la-que-se-aprueba-por-unanimidad-la-resolucion-2242-sobre-mujer-paz-y-seguridad/

– Junto a este cambio de perspectiva, las nuevas resoluciones son también el reflejo de profundos cambios en la escena internacional: «En menos de una década, el número de grandes conflictos violentos se ha prácticamente triplicado. La naturaleza del conflicto ha cambiado: ciclos de fragilidad e inseguridad se han arraigado en muchas regiones; las interconexiones entre los desastres naturales, las crisis humanitarias y los conflictos son más visibles; el número de personas refugiadas y desplazadas internas es mayor que nunca antes en la historia de las Naciones Unidas (en adelante, NNUU) y muchas de ellas permanecerán en esa situación durante más de dos décadas, duración media de los desplazamientos actualmente. Esta situación se ve además afectada por nuevas amenazas, como el auge del extremismo violento y el terrorismo, tal vez la mayor amenaza para la paz mundial y la seguridad en la actualidad».4 Fenómenos como la migración o amenazas crecientes como el cambio climático, las crisis alimentarias o los retos energéticos influyen también de forma decisiva en la actual escena internacional.

4 Revisión de Alto Nivel de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad- Nota de concepto.

http://www.spainun.org/2015/10/revision-de-alto-nivel-de-la-resolucion-1325-del-consejo-de-seguridad-nota-concepto-en-ingles/

– Existe además un consenso creciente en torno a cuestiones y principios transversales, tales como el concepto de seguridad humana, el principio de apropiación o la necesidad de no dejar a nadie atrás y de tener en cuenta el impacto y las necesidades diferenciadas de asistencia y protección de mujeres y hombres en el marco de los conflictos.

– Es esencial igualmente interconectar la Agenda de Mujeres, Paz y Seguridad (en adelante, MPS) con otras agendas y, de cara a la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (en adelante la Agenda 2030) –en especial de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante ODS) 5 y 16– y de la propia Resolución CSNU 2242 o los compromisos derivados de la Convención Internacional de Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (en adelante, CEDAW), incorporar el enfoque de género entre otras, en todas las fases de la Acción Humanitaria en contextos de conflicto, en la reforma de la arquitectura de consolidación de la paz y en la lucha contra nuevas amenazas. Es necesario también ahondar en la promoción de la coherencia de políticas con la agenda de derechos humanos, con especial énfasis en los derechos de las mujeres y niñas, y en sistemas de coherencia de políticas para el desarrollo sostenible, tal y como se recoge en la propia agenda 2030 y promueven la OCDE, UE y como el propio marco normativo español.5

5 Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado.

– Por último, no debemos ser complacientes. Por un lado, las necesidades de protección de los derechos de las mujeres continúan siendo enormes. Las desigualdades preexistentes entre mujeres y hombres se acentúan durante los conflictos, en detrimento de sus derechos más esenciales, tales como la educación, la salud, la nacionalidad 6… Por otro lado, la participación de las mujeres y la inclusión de la perspectiva de género en la prevención, gestión y solución de los conflictos y de las situaciones postconflicto sigue siendo marginal. En los 31 grandes procesos de paz que tuvieron lugar entre 1992 y 2011 sólo un 2% de los mediadores principales eran mujeres 7. La situación está cambiando ante la evidencia empírica del nexo entre la sostenibilidad de los procesos de paz y la participación significativa de las mujeres en los mismos. 8 De forma similar los derechos humanos ocupan un lugar primordial en la estrategia de prevención, con especial atención al análisis de género y al monitoreo de la situación de los derechos de las mujeres y las niñas, estrechamente ligada en muchas ocasiones a las causas estructurales en la raíz de muchos conflictos.9

6 Op. cit 1, página 68.

http://wps.unwomen.org/~/media/files/un%20women/wps/highlights/unw-global-study-1325-2015.pdf

7 Op. Cit. 1, página 45.

8 «Se ha demostrado que los procesos de paz en los que participan mujeres como testigos, signatarias, mediadoras o negociadoras tienen una probabilidad un 20% mayor de culminar en un acuerdo que dure al menos dos años. Este porcentaje aumenta con el tiempo, ya que la probabilidad de que el acuerdo de paz dure 15 años se incrementa en un 35%.». “Prevenir los conflictos transformar la justicia garantizar la paz” Estudio mundial sobre la aplicación de la resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas- ONU Mujeres 2015- pág. 49.

9 http://www.un.org/sg/humanrightsupfront/

En el plano nacional, España es un país comprometido en la lucha por la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres. En ese marco, este II Plan Nacional de Acción (en adelante, II PNA) se convierte en un factor de impulso para medidas concretas e nivel nacional, así como en la acción exterior, a saber: la promoción de la participación de las mujeres en las misiones de paz, la promoción de la perspectiva de género en todas las actividades de construcción de la paz; asegurar la formación específica del personal que participa en operaciones de paz, en materia de igualdad y sobre los distintos aspectos de la Resolución 1325, además del fomento del conocimiento y difusión de la misma; la protección de los derechos humanos de las mujeres y niñas en zonas de conflicto y posconflicto, el fomento del empoderamiento y la participación de las mujeres en los procesos de negociación y aplicación de los acuerdos de paz; y la incorporación el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en la planificación y ejecución de actividades para el Desarme, la Desmovilización y la Reintegración (DDR) y Reforma del Sector de la Seguridad (RSS), así como el adiestramiento especializado al respecto de todo el personal que participa en dichos procesos.

Asimismo, a través de este Plan, el Gobierno de España busca aunar esfuerzos e interrelacionar las políticas que se desarrollan a nivel nacional y que implican objetivos y medidas de la Agenda MPS como puede ser el Plan Integral de Lucha contra la Trata de Mujeres y Niñas con fines de explotación sexual 2015-2018, el Plan nacional de lucha contra la radicalización violenta o el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, entre otros. Estos objetivos siguen por supuesto vigentes hoy en día.

El nuevo Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, en el que actualmente trabaja el Gobierno, incluirá entre sus objetivos, el «Promover y consolidar la igualdad de oportunidades y los derechos humanos de las mujeres en la política exterior y de cooperación internacional apoyando el II PNA, en coordinación con otros Ministerios».

2. Marco temporal, principios y metodología. Estructura, actores y mecanismos de aplicación

2.1 Marco Temporal.

El II Plan Nacional de Acción mujer paz y seguridad tienen una vigencia temporal de seis años. Tal duración permite conjugar varios objetivos: optimizar los esfuerzos dedicados a la elaboración del plan, disponer de un periodo de vigencia que permita centrarse en la aplicación del propio plan, incluir objetivos ambiciosos y evaluar su cumplimiento extrayendo conclusiones que permitan mejoras de futuro.

Con estos mismos objetivos en mente se ha optado por la elaboración de un informe de evaluación cada dos años, que será presentado en sede parlamentaria y cuya elaboración será resultado del trabajo del Grupo de Consultivo que efectuará reuniones periódicas al objeto de, por un lado mantener la intensidad en la aplicación del plan y por otro evaluar sus resultados e ir adaptando la aplicación a las nuevas circunstancias.

En este sentido, debe recalcarse que el II PNA se concibe como un documento vivo susceptible de ser adaptado cada dos años como resultado de los procesos de evaluación.

2.2 Principios.

El II Plan Nacional de acción se inspira en una serie de principios que deberán ser tenidos en cuenta como guía de la acción exterior de España en la Agenda MPS.

1. Los derechos de las mujeres como prioridad.

La CEDAW, la Plataforma de Acción de Beijing, El Convenio de Estambul y el Programa de Acción de El Cairo son marcos de referencia internacional fundamentales en la lucha por los derechos de las mujeres. Asimismo, como señala el Estudio Global, la resolución CSNU 1325 y siguientes, constituyen un mandato de derechos humanos.10

10 Op. Cit. 1, pág.15.

Este Plan se articula sobre la base de que el respeto de los derechos humanos, en concreto de los derechos humanos de las mujeres y las niñas, constituye un fin en sí mismo, una exigencia derivada de su dignidad como seres humanos.

Evidencias empíricas demuestran la existencia de un vínculo sustancial entre el respeto de los derechos de las mujeres y las niñas, incluido el derecho a participar de forma significativa en las decisiones que les afectan y la paz, y la seguridad. Sin menoscabo del enfoque de derechos y evitando caer en el utilitarismo, este vínculo sustancial es uno de los fundamentos del presente plan y, en último término, de la acción exterior de España en esta materia, puesto que las libertades públicas y los derechos fundamentales precisan de seguridad para su ejercicio.

Para garantizar la defensa de los derechos de las mujeres, toda iniciativa debe abordarse desde un enfoque intersectorial que no deje a nadie atrás, teniendo en cuenta las asimetrías en las relaciones de poder que afectan a mujeres y niñas El análisis de la situación de los derechos de las mujeres y las niñas debe en todo momento partir de su diversidad y hacer un esfuerzo por tener presentes circunstancias tales como edad, religión, origen étnico, racial o geográfico.

2. La seguridad humana y la Paz.

El presente plan se inspira en el concepto integral de la seguridad que, sin abandonar el concepto tradicional de seguridad en torno al Estado, coloca en el centro a la seguridad humana, tal y como definió la Comisión de Seguridad Humana de NNUU en 2003, a saber «protección del núcleo vital de todas las vidas humanas de forma que se mejoren las libertades humanas y la realización de las personas. La seguridad humana significa proteger las libertades fundamentales, aquellas libertades que son la esencia de la vida. Significa proteger a las personas de situaciones y amenazas críticas (graves) y más presentes (extendidas). Significa utilizar procesos que se basen en las fortalezas y aspiraciones de las personas. Significa crear sistemas políticos, sociales, medioambientales, económicos, militares y culturales que, de forma conjunta, aporten a las personas los fundamentos para la supervivencia, el sustento y la dignidad.»

3. La acción sin daño.

La actuación de España en relación a situaciones de emergencias y crisis debe estar basada en el principio «no hacer daño» y tener siempre en cuenta posibles consecuencias a largo plazo de sus actuaciones también sobre los derechos de las mujeres y las niñas. Todos los programas que trabajan con hombres y niños deberían garantizar que los mensajes y las imágenes que transmiten no refuercen involuntariamente los estereotipos tradicionales relacionados con el hombre y la mujer que exacerban la violencia contra las mujeres y niñas.11 Es esencial desarrollar un abordaje integral para evitar que el necesario empoderamiento de las mujeres –que irá acompañado de transformaciones institucionales y sociales que eliminen normas sociales causa de la discriminación– acabe significando más violencia estructural contra ellas.

11 Fuente: ONU Mujeres http://www.endvawnow.org/es/articles/200-do-no-harm.html

4. Apropiación y empoderamiento.

Las acciones de España en esta materia fomentarán el desarrollo de las capacidades y el liderazgo de las mujeres y grupos de mujeres locales para incrementar su participación en la prevención, gestión y la solución de los conflictos. La experiencia ha demostrado que cuando en las negociaciones de paz hay una influencia de las mujeres, éstas tienen una probabilidad mucho mayor de llegar a acuerdos y que estos sean duraderos.

Se actuará con el máximo respeto de las tradiciones y religiones locales, fomentando la apropiación de las iniciativas y acciones por parte de las mujeres beneficiarias para evitar que las actuaciones sean percibidas como injerencias externas pero sin renunciar en ningún momento a la universalidad e interdependencia de los derechos humanos, en especial de los derechos de las mujeres y las niñas.

5. Enfoque multidimensional y omnicomprensivo.

La acción exterior de España reconoce el vínculo existente entre la paz y la seguridad, el desarrollo y el respeto de los derechos humanos. Por esta razón, inspirándose en la estrategia de la UE en la materia 12, el II Plan parte de la necesidad de promover de forma conjunta todos los derechos humanos de las mujeres y las niñas y luchar contra las causas estructurales en las que se asienta su discriminación como único mecanismo para la construcción de un futuro mejor y más seguro para lo cual se requiere aplicar una coherencia de políticas en torno a estos aspectos: paz, seguridad humana, desarrollo, respeto de los derechos humanos e igualdad de género.

12 Comprehensive approach to the EU implementation of the United Nations Security Council Resolutions 1325 and 1820 on women, peace and security.

6. Interrelación entre los ámbitos internos e internacional.

La lucha por la igualdad entre hombres y mujeres en España cuenta con la participación de una gran variedad de actores y políticas. El principio de transversalidad de la perspectiva de género motiva la participación activa de los diferentes Ministerios implicados en la elaboración y aplicación del Plan y se erige en un factor de impulso de cambios tanto en otros ámbitos de la acción exterior, como en el plano interno.

7. Alianzas, con especial atención a las asociaciones de mujeres.

El Gobierno de España fomentará la implicación en la aplicación del actual plan de organizaciones tanto españolas como locales, de la Administración y de la sociedad civil, con especial atención a las asociaciones de mujeres. La formación de redes y alianzas entre todos estos actores es uno de los objetivos del propio plan y se alinea con el ODS 17 de la Agenda 2030 (Fortalecer los medios de ejecución y revitalizar la alianza mundial para el desarrollo sostenible) así como con la premisa que ha de regir los Planes Nacionales de Acción como procesos inclusivos y participativos.

Se concibe a la sociedad civil, en especial a las asociaciones de mujeres como parte esencial en la elaboración y la aplicación del plan.

8. Participación de los hombres y niños.

El respeto de los derechos humanos de mujeres y niñas y la participación de las primeras en la prevención y solución de los conflictos armados, la consolidación de la paz y las situaciones posteriores a un conflicto, no puede lograrse sin la implicación de los hombres en esta agenda. El II PNA impulsará tal implicación dedicando especial atención a la promoción del Plan entre niños y hombres, a su compromiso e implicación en la agenda y con la promoción de liderazgos femeninos.

9. Énfasis en prevención y participación.

La acción exterior de España contempla la utilización de la fuerza legítima siempre como última opción y bajo las condiciones y circunstancias prescritas en el Derecho Internacional. Se pone por tanto énfasis en la prevención de los conflictos y en el nexo entre esta prevención y el respecto de los derechos humanos de las mujeres, en especial el derecho a participar en las decisiones que les afectan.

10. Lucha contra la impunidad.

El carácter interestatal de gran parte de los conflictos modernos exige la puesta en práctica de estrategias de reconciliación nacional. Las víctimas deben no obstante ser las protagonistas del tránsito de una justicia meramente punitiva a una justicia transicional. El fin de la impunidad de las violaciones y de sus perpetradores, el reconocimiento del dolor de las víctimas, la necesidad de reparación y garantías de no repetición son requisitos ineludibles para el fin de los conflictos.

11. Gestión orientada a resultados.

El II Plan está dirigido a un resultado: integrar la defensa y promoción de los derechos humanos de las mujeres y las niñas como parte fundamental de la acción exterior de España en favor de la paz y la seguridad internacionales.

Para hacer realidad este resultado el II Plan Nacional de Acción contiene una serie de metas y acciones así como un listado de indicadores a través de los cuales deberá evaluarse el cumplimiento de los objetivos del Plan en los correspondientes planes de seguimiento que se presentarán ante el Parlamento cada dos años, a instancias del MAEC.

12. Transparencia y rendición de cuentas.

La obtención de los resultados del Plan no puede lograse sin un procedimiento de aplicación transparente que permita el intercambio de buenas prácticas y conocimientos entre todas las partes afectadas, en especial con la sociedad civil. Este procedimiento de transparencia debe igualmente caracterizar el proceso de evaluación y rendición de cuentas, parte esencial para que el II Plan pueda contribuir a medio plazo al resultado esperado: la mejora de la defensa de los derechos humanos de las mujeres y las niñas como parte esencial de la acción exterior de España.

2.3 Metodología.

– Proceso de elaboración del Plan.

El II Plan Nacional de Acción Mujeres Paz y Seguridad ha sido elaborado por el Grupo de Trabajo Interministerial creado por el Plan Nacional de Acción en vigor.

A los efectos de incorporar a la sociedad civil a los trabajos de elaboración del plan se han celebrado varias reuniones, con representantes de las principales asociaciones que trabajan en este ámbito.

Las reuniones han tenido distintos formatos: jornadas de trabajo con invitación abierta a todas las organizaciones que trabajan en esta agenda 13; reuniones con invitación a todas las organizaciones y reuniones con representantes de las organizaciones.

13 Anexo I.

– Metodología para la aplicación del Plan

Actores.

El seguimiento de la aplicación del plan que permita el mantenimiento de la intensidad en su aplicación constituye en sí mismo uno de los objetivos del plan.

A estos efectos se crea:

• La figura de Director/Directora del Plan Nacional de Acción Mujeres Paz y Seguridad, integrado/a en la Oficina de Derechos Humanos de Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y funcionalmente dependiente del Director/a General de Naciones Unidas y Derechos Humanos, punto focal del reino de España para la Agenda Mujer, Paz y Seguridad.

• Un Grupo de Trabajo para la Aplicación y Seguimiento del Plan Nacional de Acción Mujer Paz y Seguridad, presidido por el Director/Directora del Plan Nacional.

• Un Grupo Consultivo compuesto por los ministerios implicados y organizaciones de la sociedad civil.

Formarán parte del grupo de trabajo representantes de, al menos, los siguientes departamentos y unidades de la administración, así como organizaciones de la sociedad civil:

• Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (MAEC).

• Ministerio de Defensa (MDEF).

• Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD).

• Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (MEIC).

• Ministerio del Interior (MINT).

• Ministerio de Justicia (MJUS).

• Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (MSSSI).

• Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS).

Mecanismos de Seguimiento.

El Grupo de Trabajo para la Aplicación del Plan celebrará al menos una sesión anual de carácter plenario. Las sesiones plenarias serán convocadas por la Dirección del Plan. La convocatoria será dirigida, entre otras, a las tres personas representantes de la sociedad civil, designadas para participar en el Grupo de Trabajo.

Durante los periodos inter-sesiones podrán celebrar reuniones del Grupo de Trabajo, bajo presidencia de su director/a. Las reuniones inter-sesiones pueden celebrarse en distintos formatos: plenario, reuniones interministeriales, reuniones de los representantes de la sociedad civil, reuniones ad hoc para tratar temas específicos. Cada dos años el Grupo de Trabajo realizará un Informe de Seguimiento y Evaluación que será elevado a la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para su aprobación y presentación en sede parlamentaria.

Asimismo, cada dos años se celebrarán unas Jornadas de Trabajo abiertas a todas las asociaciones y organizaciones que trabajan en este ámbito.

Participación de la sociedad civil.

El espacio de actuación de la sociedad civil en situaciones de conflicto se ven muy limitados. Las leyes protectoras de los derechos humanos son violadas sistemáticamente y las organizaciones ven reducidas sus capacidades y participación en procesos tan importantes como la resolución de conflictos.

En la agenda MPS las organizaciones de la sociedad civil, tanto española, como sus contrapartes locales en los países destino de acciones previstas en este Plan son interlocutores fundamentales en la elaboración, seguimiento y, por supuesto, implementación de las medidas de la agenda MPS.

En este sentido, representantes de la sociedad civil forman parte del Grupo Consultivo del Plan Nacional. Dicho Grupo mantiene reuniones con el coordinador de la elaboración del Plan (MAEC) y mantendrá reuniones con el grupo Interministerial con objeto de realizar el seguimiento del Plan, al menos una vez al año. El Grupo realizará un informe con recomendaciones para la revisión del Plan, así como un informe de seguimiento de los objetivos alcanzadas.

Asimismo, se constituirá un Grupo de intercambio técnico que se reunirá periódicamente para analizar temas de índole técnico en relación a la implementación del Plan y Agenda MPS. Este grupo se reunirá cuando lo convoquen las partes y sus recomendaciones podrán integrarse en el correspondiente informe de seguimiento, tras presentarse en el Grupo Consultivo.

Una vez aprobado el Plan Nacional, la Oficina de Derechos Humanos del MAEC convocará a las asociaciones y organizaciones que trabajan en esta agenda para la elección de representantes, tal y como se ha hecho en el proceso de elaboración del Plan. Esta representación será renovada cada dos años una vez presentado en sede parlamentaria el correspondiente informe de seguimiento y evaluación del plan. En el proceso de elaboración del Plan, la sociedad civil ha estado representada por tres representantes de organizaciones que trabajan en la agenda MPS de los siguientes ámbitos:

• Centros de Estudios e Investigación.

• Organizaciones de Desarrollo (Coordinadora de ONGD).

• Organizaciones feministas y asociaciones de mujeres.

Asimismo, han contribuido a la elaboración del Plan las siguientes organizaciones: Alianza Por la Solidaridad (APS); Centro de Estudios e Investigación sobre Mujeres (CEIM); Forum de Política Feminista (FpF); Mujeres en Zona de Conflicto (MZC); Oficina de Derechos Humanos de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC); Real Instituto Elcano; Spanish Women in International Security (SWIIS); WILPF- España (Liga Internacional de Mujeres Por la Paz y la Libertad).

3. Objetivos y líneas de acción

El II Plan Nacional Mujeres Paz y Seguridad está dirigido a un objetivo final: contribuir a garantizar la protección de los derechos humanos de las mujeres y las niñas y su participación sustantiva en la prevención de los conflictos, así como en el logro y la consolidación de la paz. Para ello, España integrará este objetivo como parte esencial de su acción en favor de la paz y la seguridad internacionales, promoviendo el empoderamiento de las mujeres y garantizando su participación en las situaciones de conflicto y posconflicto.

Para hacer realidad este resultado el II PNA contiene una serie de objetivos, a saber:

– Integrar la perspectiva de género en la prevención, gestión y resolución de conflictos y la consolidación de la paz.

– Hacer realidad la participación significativa de las mujeres en los procesos de adopción de decisiones en relación a la prevención, gestión y solución de conflictos.

– Garantizar la protección y el respeto de los derechos humanos de las mujeres y las niñas en situaciones de conflicto y postconflicto.

– Introducir de forma efectiva la perspectiva de género en la definición de las medidas concretas de reparación y recuperación de las víctimas de los conflictos.

Objetivo 1: Integrar la perspectiva de género en la prevención, gestión y resolución de conflictos y la consolidación de la paz.

La prevención supone identificar y afrontar las raíces profundas de los conflictos, con frecuencia ligadas a desigualdades de carácter estructural que afectan especialmente a mujeres y niñas. Afrontar y corregir esas discriminaciones subyacentes y promover la construcción de sociedades inclusivas es la mejor garantía para luchar contra las distintas formas de violencia sobre la mujer, el extremismo violento y la radicalización. Estos objetivos se encuadran en la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el desarrollo sostenible que incluye, como objetivo 5 (ODS 5) «lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas».

Cuando se afrontan formas de violencia de género que, si bien a menudo existen en tiempos de no conflicto 14 se incrementan exponencialmente durante los periodos de emergencias y crisis es especialmente importante tener en cuenta dichas desigualdades estructurales.

14 Se evita intencionadamente la expresión tiempos de paz, pues la existencia de estas violaciones supone un atentado contra la seguridad humana.

Lacras como la violencia sexual en conflicto y otras formas de violencia sobre la mujer atentan contra los derechos humanos de las mujeres y las niñas tales como la mutilación genital femenina, los matrimonios forzados y la trata de mujeres y niñas tienen su raíz en estas discriminaciones estructurales que este Plan se propone combatir. Desde el fomento de la necesaria apropiación por parte de las mujeres y hombres locales de la lucha contra la discriminación, el gobierno de España afirma la universalidad e interdependencia de los derechos humanos y considera que ninguna tradición ni consideración de origen religioso o cultural puede justificar este tipo de práctica ni la desigualdad entre mujeres y hombres subyacente.

Por otro lado, estas prácticas discriminatorias constituyen además de un atentado en sí mismo contra la seguridad humana de las mujeres y las niñas un indicador de problemas profundos que deben ser tenidos en cuenta por los sistemas de alerta temprana.

Es indispensable además la inclusión de toda la sociedad, en especial, mujeres y niñas, en los trabajos de prevención. Educación, capacitación, sensibilización, y empoderamiento de mujeres y niñas son especialmente importantes en este contexto, sin perjuicio de su consideración en otros apartados de este plan.

Reafirmar el papel de las mujeres en la prevención de conflictos y en la construcción de la paz y resaltar la importancia de su participación igualitaria en estos esfuerzos ha de ser prioritario. La prevención de conflictos no puede llevarse a cabo sin involucrar a la mitad de la población y sin reconocer su capacidad para el diálogo y la resolución de los complejos retos que afrontan la paz y seguridad en la actualidad. El objetivo de la Resolución 1325 CSNU de prevenir los conflictos armados todavía sigue vigente hoy en día. El Estudio Global sobre la citada resolución pone de relieve que mujeres en todo el mundo expresaron que la comunidad internacional había perdido de vista este objetivo y habían dirigido su atención y parte de los recursos a un enfoque más militar de la resolución de conflictos. Incluir a las mujeres en la prevención de conflictos implica la puesta en marcha de sistemas de alerta temprana que tengan en cuenta el enfoque de género y que incorporen a las mujeres como agentes de prevención.

El apoyo a las asociaciones de mujeres locales es otro vector fundamental en la prevención de conflictos, mediante el fortalecimiento de capacidades y de toma de decisiones de las mismas en materia de construcción de la paz.

En este contexto el gobierno de España se fija los siguientes objetivos:

1. Fomento, tanto a nivel estatal como en su acción exterior, de los derechos humanos de las mujeres y las niñas y, en particular, la promoción de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en todos los escenarios a los que esa acción exterior está dirigida incluyendo el fomento de cambios legislativos en favor de la igualdad de género, que incluyan la lucha contra la impunidad frente a las violaciones de los derechos de mujeres y niñas.

2. Promoción de la formación en igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y en no discriminación por otros motivos de edad, religión o creencias, origen racial o étnico o discapacidad y, en particular, en relación con la violencia sexual como crimen de guerra, de todo el personal de las administraciones públicas que trabaje en acción exterior, resaltando en esa formación su contribución a la consecución de la paz y seguridad internacionales y de la Resolución CSNU 1325 y siguientes sobre la materia y particularmente todo el personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado así como el personal civil y diplomático desplegados en el exterior.

3. Sensibilización de la sociedad española en torno a la vulneración de los derechos de las mujeres, las niñas y los niños en zonas de crisis y conflictos y el nexo entre tales derechos, en especial sus derechos a participar significativamente en la vida política, económica y social y la solución de los conflictos promoviendo la prevención a través de programas formativos de sensibilización y concienciación en este ámbito, lucha contra la discriminación, coeducación, etc.

4. Incluir la agenda MPS y el factor de prevención de conflictos en la prioridad horizontal de la Cooperación Española, Género y Desarrollo.

5. Fortalecimiento de programas de educación en igualdad de oportunidades, prevención de violencia de género y resolución pacífica de conflictos.

6. Promover programas y acciones para luchar favorecer la participación de la mujer en la prevención del extremismo violento y la radicalización

7. Promover que las mujeres y niñas refugiadas y desplazadas tengan una percepción real de su situación y del acceso a los apoyos y ayudas previstos en la legislación

Las acciones que se llevarán a cabo para la consecución de estos objetivos se desarrollan en el cuadro a continuación.

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Objetivo 2: Hacer realidad la participación significativa de las mujeres en los procesos de adopción de decisiones en relación a la prevención, gestión y solución de conflictos.

Los últimos quince años han demostrado que las mujeres son claves para promover la paz y la estabilidad; la participación y la inclusión de las mujeres hacen más eficaz la ayuda humanitaria, fortalecen los esfuerzos de protección de las misiones de mantenimiento de la paz, contribuyen a la culminación y aplicación de las negociaciones de paz así como a la paz sostenible y aceleran la recuperación económica.

La experiencia de las misiones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas muestra que la participación de mujeres es esencial para ganar la confianza de las comunidades y ajustar las operaciones para responder mejor a sus necesidades de protección y participación. Consecuentemente, el Plan debe apoyar la presencia activa de las mujeres en los espacios de negociación, facilitando que tengan poderes plenipotenciarios que las permitan influir en el proceso de construcción de paz.

Tal y como señala la Recomendación General No. 30 del CEDAW en esta materia, las mujeres no son un grupo homogéneo y sus experiencias en el conflicto, así como sus necesidades específicas en las situaciones postconflictos, son diversas. No son solamente observadoras pasivas o víctimas u objetivos. Históricamente, han tenido y siguen teniendo un papel importante como combatientes, como parte de la sociedad civil organizada, como defensoras de los derechos humanos, como miembros de los movimientos de resistencia y como agentes activos tanto en la construcción formal e informal de la paz y los procesos de recuperación.

Las barreras estructurales que siguen obstaculizando la plena aplicación de las resolución CSNU 1325 y siguientes solo podrán eliminarse mediante un compromiso específico con la participación y los derechos humanos de las mujeres y mediante un liderazgo concertado, información y acciones coherentes en apoyo de la promoción de la intervención efectiva de las mujeres en todos los niveles de decisión.

Es necesaria por tanto la eliminación de los obstáculos políticos y sociales, así como el cuestionamiento de aquellas estructuras de poder que dificultan el acceso de las mujeres, que impiden esta participación: el éxito de los procesos de paz requiere de una participación por parte de las mujeres con capacidad de incidencia efectiva en agendas y acuerdos.

La inclusión significativa de las mujeres en las delegaciones de las partes negociadoras en las conversaciones de paz es fundamental, como también lo es la capacitación sobre la mediación y sobre los aspectos técnicos de las negociaciones, además del apoyo y capacitación a los mediadores y los equipos técnicos sobre el impacto de la participación de las mujeres y sobre las estrategias para su inclusión efectiva, así como la exigencia de compromisos concretos que la hagan real.

Todo ello sin olvidar que los hombres y los niños también deben ser actores fundamentales en la promoción de las defensa de los derechos de las mujeres y las niñas, y en la consecución de la igualdad de género entre ellos su derecho a participar en las decisiones que les afectan. Los hombres deben jugar un papel activo en el impulso de la participación de las mujeres en favor de la paz en todas las fases de un conflicto, involucrándose de forma efectiva en la defensa de los derechos de las mujeres y las niñas y en el fin de las desigualdades estructurales en el origen de los conflictos.

La participación significativa de las organizaciones de la sociedad civil ha sido y deberá seguir siendo igualmente un pilar fundamental para conseguir alcanzar los objetivos de la agenda. Impulsar su participación tanto en reuniones internacionales como nacionales sobre paz y seguridad para lograr que las consideraciones de género se integren en la formulación, priorización, coordinación e implementación de las políticas y los programas es una de las metas de este plan. Especial énfasis se debería hacer en el apoyo a grupos de mujeres locales que desempeñan un papel vital para mitigar los conflictos, consolidar la paz, prestar servicios, vigilar las medidas adoptadas por los gobiernos y exigir cuentas.

Es necesario en especial favorecer la participación y el liderazgo de las mujeres y las organizaciones de mujeres y de defensa de los derechos humanos en la elaboración de estrategias de lucha contra el extremismo violento y el terrorismo, en consonancia con la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo (A/RES/60/288), priorizando la prevención de los conflictos y atendiendo a las causas profundas de la violencia desde el respeto a los estándares internacionales de derechos humanos.

En este contexto el Gobierno de España se compromete a:

1. Impulsar la presencia de mujeres en los órganos y unidades relacionadas con la acción exterior de España en zonas de conflicto y postconflicto, en especial en los niveles políticos y en los órganos de decisión.

2. Impulsar la presencia de mujeres en los procesos de negociación, mediación y solución de conflictos, con especial atención a la presencia de mujeres en las Operaciones y Misiones de Mantenimiento de la Paz de NNUU, particularmente en los niveles de decisión.

3. Impulsar también la participación de mujeres locales en las delegaciones de negociación de paz de las partes en conflicto para que se incluyan las necesidades de las mujeres en los acuerdos de paz.

4. Promover la participación de la sociedad civil en la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación del II Plan Nacional de Acción Mujeres Paz y Seguridad, en especial de las mujeres y asociaciones de mujeres, tanto españolas como de países en conflicto y postconflicto en los que se despliega la acción exterior de España

Las acciones que se llevarán a cabo para la consecución de estos objetivos se desarrollan en el cuadro a continuación.

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Objetivo 3: Garantizar la protección y el respeto de los derechos humanos de las mujeres y las niñas en situaciones de conflicto y postconflicto.

Como señala el Estudio Global, los conflictos y las crisis multiplican el impacto sobre mujeres y niñas de las discriminaciones existentes y tienen un efecto negativo en el disfrute por estas de sus derechos fundamentales más elementales.15

15 Op. Cit. 1, pág. 69.

Debemos actuar para proteger la vida y la integridad física de millones de mujeres y niñas, en especial en relación a intolerables actos de violencia sexual en contextos de conflicto o en crisis humanitarias. Como nos recuerda la Resolución CSNU 2242 todas las partes en los conflictos armados tienen la obligación de acatar las disposiciones del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, y es necesario poner fin a todas las violaciones del derecho internacional humanitario y a todas las violaciones y abusos contra los derechos humanos”.

Es necesario igualmente garantizar, también en escenarios de crisis, el disfrute por parte de mujeres y niñas de derechos como la educación, el derecho a la alimentación, el derecho a la salud, incluyendo salud sexual y reproductiva, su derecho a una nacionalidad, su derecho a no ser perseguidas ni discriminadas por motivos de raza, orientación sexual o identidad de género, religión, origen étnico…

Resulta especialmente relevante incorporar medidas de prevención y protección que atiendan los riesgos y necesidades específicos de las mujeres y las niñas, atendiendo particularmente a las distintas necesidades generadas por motivos de edad, religión, etc.. El reconocimiento público de la especificidad de estas agresiones se debe hacer desde la no estigmatización, evitando reproducir estereotipos y normas sociales que perpetúan la discriminación y las distintas formas de violencia contra la mujer. Así, es preciso integrar las consideraciones de género en toda la programación humanitaria procurando garantizar el acceso a la protección y a toda la gama de servicios médicos, jurídicos y psicosociales y relativos a los medios de subsistencia, sin discriminación.16

16 RCS 2242 (2015), para. op, 16.

Cuestiones como el acceso a mecanismos de denuncia seguros y eficaces, el derecho de asilo y refugio ante posibles violaciones de derechos o la importancia de la apropiación y participación de las mujeres, evitando la doble o triple victimización, se convierten en fundamentales en este contexto.

Es necesario por último tener presente de nuevo la interconexión entre los diferentes ejes de la agenda: la lucha contra las desigualdades preexistentes (prevención), la participación de las mujeres en nuestros despliegues en escenarios en conflicto o la rendición de cuentas y el fin de la impunidad (reparación-recuperación) se convierten, entre otras, en condiciones ineludibles para garantizar el ejercicio de derechos y la protección de mujeres y niñas.

En este objetivo el Gobierno de España se compromete a:

1. Incorporar la perspectiva de género en las actuaciones humanitarias en contextos de conflictos/crisis, atendiendo a las necesidades e impacto diferenciado en mujeres y niñas, hombres y niños.

2. Fomentar la sensibilización de todas las personas implicadas, mujeres y hombres, nacionales y locales, Estados, organizaciones internacionales y asociaciones de la sociedad civil sobre las consecuencias de los conflictos para los derechos humanos de las mujeres y las niñas - en especial en relación a la violencia sexual y otras formas de violencia contra la mujer en estos contextos.

3. Aplicar una política de tolerancia cero a todo el personal de la Administración General de Estado desplegado en países y zonas de conflicto, en relación a posibles acusaciones de violencia sexual y otras formas de violencia.

4. Fomentar la inclusión en todos los acuerdos de paz de la perspectiva de género y de consideraciones relacionadas con la protección de los derechos de mujeres y niñas, tanto en el articulado como en los mecanismos de implementación y supervisión, en especial en relación a la violencia sexual y otras formas de violencia contra las mujeres.

5. Promover el acceso universal a la salud sexual y derechos reproductivos de acuerdo con el programa de Acción de la Conferencia internacional de Población y Desarrollo.

6. Denunciar las violaciones de DDHH de las mujeres y luchar contra la impunidad en el uso de la violencia sexual como arma de guerra y apoyar a sus víctimas.

7. Realizar seguimiento del cumplimiento de las obligaciones de España en materia de derecho de asilo y las recomendaciones realizadas por la CEDAW, el Protocolo de Palermo y el Plan de Trata, así como el Convenio de Estambul relativos a la identificación, protección y asistencia de mujeres víctimas y supervivientes de violencias.

Las acciones que se llevarán a cabo para la consecución de estos objetivos se desarrollan en el cuadro a continuación.

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Objetivo 4: Introducir de forma efectiva la perspectiva de género en la definición de las medidas concretas de reparación y recuperación de las víctimas de los conflictos.

La solución de los conflictos y la consolidación de la paz exigen el establecimiento de vías de reconocimiento y reparación de los daños sufridos por las víctimas, entre ellas y en especial, mujeres y niñas.

La recuperación de estas víctimas, indispensable para la consolidación de la paz, reclama además el reconocimiento previo de las discriminaciones subyacentes que se ejercen también en tiempos de paz, muchas de ellas fundadas en consideraciones de género.

Es necesario aplicar un enfoque holístico que promueva la inclusión en los procesos de paz de todos los sectores implicados, con especial atención a las mujeres excombatientes, desmovilizadas, retornadas y refugiadas o exiliadas, así como a mujeres que han sufrido múltiples formas de discriminación, ya su origen étnico o geográfico (sin olvidar a las mujeres pertenecientes a pueblos indígenas o afrodescendientes) o por cuestiones relacionadas con su religión, cultura, etc...

Ese enfoque debe afectar también a las iniciativitas de DDR (Desarme, Desmovilización y Reintegración) y RSS (Reforma del Sector de la Seguridad), que han de tener en cuenta a las mujeres y a la diversidad de sus situaciones.

Es necesario asimismo garantizar el acceso de estas mujeres a la justicia, que debe ser una justicia transformadora que incluya medidas dirigidas a afrontar las desigualdades subyacentes y con ello tratar de modificar las relaciones de poder que propiciaron las violaciones de los derechos de las mujeres y las niñas. Esa justicia transformadora ha de tener como principal protagonista a las víctimas, que habrán de ser situadas en el centro de toda estrategia de reconciliación. El fin de la impunidad de las violaciones y la necesidad de reparación son requisitos ineludibles para el fin de los conflictos.

Debe garantizarse el cumplimiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

En este contexto el gobierno de España se compromete a:

1. Impulsar en las zonas en conflicto, la sensibilización en relación a la importancia de la reparación y recuperación de las mujeres y niñas víctimas de violaciones de sus derechos, en especial de sus derechos sexuales, para el establecimiento y consolidación de sociedades pacíficas.

2. Luchar contra la impunidad de las violaciones de los derechos de las mujeres y las niñas y en favor de su acceso efectivo a la justicia.

3. Impulsar una justicia transformadora que, sin renunciar a la lucha contra la impunidad, favorezca la reconciliación y el fin de las discriminaciones en la raíz de numerosos conflictos.

4. Alentar la perspectiva de género y la participación de las mujeres en las iniciativas de DDR (Desarme, Desmovilización y Reintegración) y RSS (Reforma del Sector de Seguridad).

Las acciones que se llevarán a cabo para la consecución de estos objetivos se desarrollan en el cuadro a continuación:

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4. Áreas temáticas

4.1 Violencia sexual en conflicto y otras formas de violencia contra las mujeres.

La violencia sexual en conflicto, como elemento destructor del tejido social, ha de combatirse en todas sus fases y desde diversos aspectos: la formación, la regulación normativa y la plena participación de las mujeres en los sectores de justicia y seguridad son elementos claves. No obstante, no se trata solo de prevenir estos actos a través políticas y normativa a desarrollar en los países de interés, así como de la adecuada formación al respecto. Tampoco se cierra el ciclo con una verdadera reforma del sector de seguridad que garantice la falta de impunidad de estos actos. Es necesario reconstruir lo destruido mediante la reparación y recuperación de las víctimas y esencial el acabar con la estigmatización que añade aún más dolor a las víctimas. En este sentido, España asumió ya el 13 de octubre de 2015, durante el Debate Abierto del Consejo de Seguridad sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad presidido por nuestro país, una serie de compromisos de continuar con la formación en la materia y otros de índole financiera en apoyo de la violencia sexual en conflicto.

Respecto a los actos cometidos por miembros de las fuerzas de paz (Sexual Explotation and Abuse, SEA), el Secretario General de NNUU ya dio el paso de publicar formalmente información sobre las nacionalidades de los cascos azules que presuntamente explotan o abusan sexualmente de mujeres y niñas. Y, en esta línea, España apoya la política de tolerancia-cero frente a actos de abuso y explotación sexual (repatriando de forma inmediata a cualquier miembro de sus misiones en el exterior que sea objeto de denuncia por agresión sexual para que sea juzgado por un tribunal español en el plazo de seis meses) y suscribe el comunicado final de la Cumbre de Londres (8 de septiembre de 2016) en el que los representantes de los países miembros piden al secretario general, Ban Ki-moon, que se plantee como prioridad «doblar el número de mujeres en los contingentes policiales y militares para 2020».

El uso común del «International Protocol on the documentation and investigation of sexual violence in conflict», lanzado por Reino Unido en 2014, es un punto de partida para atacar el problema de forma fiable y rigurosa. Así mismo la violencia sexual y de género en situaciones o contextos humanitarios tiene consecuencias directas e inmediatas en la vida de las mujeres y las niñas, iniciativas como Call to Action promueven la prevención y la respuesta a la violencia de género sea una prioridad en y de respuesta humanitaria.

4.2 Mujeres y niñas refugiadas y desplazadas.

Las mujeres y niñas se encuentran con frecuencia entre las víctimas más vulnerables de las situaciones de violencia generalizada y conflicto, así como de contextos donde se dan violaciones de los Derechos Humanos. En el año 2015, hemos asistido a la crisis de refugiados más grave desde la Segunda Guerra Mundial; esta crisis ha provocado una llegada masiva de refugiados a Europa, registrándose la cifra récord de 1.255.600 solicitudes de protección internacional en territorio europeo.

Esta crisis que afecta fundamentalmente a personas que provienen de países en conflicto, como Siria o Irak, o a Estados fallidos como Afganistán. Los conflictos agravan las discriminaciones existentes y en especial aumentan las desigualdades entre hombres y mujeres. Alrededor de 400.000 solicitudes de asilo en Europa en 2015 fueron presentadas por mujeres.

Cabe destacar el trabajo realizado por CEDAW en esta materia, cuya recomendación general 32 (RG32) insta a los estados a atender las necesidades específicas de las mujeres y niñas solicitantes de asilo. España trabaja en la implementación de las recomendaciones realizadas por la CEDAW en sus informes sobre esta materia, entre las cuales se puede destacar la aplicación por parte de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) y demás organismos responsables del enfoque de interrelación, complementariedad y protección acumulativa de las Convenciones CEDAW y en la implementación de la Convención sobre el del Estatuto de los Refugiados (Ginebra, 28 de julio de 1951) y su Protocolo de 1967; las directrices de ACNUR sobre estrategias integradas –sanitaria, jurídica, social y de seguridad– contra la violencia de género o el desglose por sexos de los datos estadísticos de la OAR sobre solicitudes de protección internacional por tiempo, país de origen y tasas de reconocimiento, para sensibilizar, elaborar y evaluar las políticas (punto 39 de la RG32).

4.3 Género y prevención y lucha contra el extremismo violento y el terrorismo.

Las mujeres no son ajenas a los fenómenos del extremismo violento y el terrorismo, desempeñando, dentro de los referidos fenómenos, un doble papel: la condición de víctimas de los mismos y la ejecución de un rol activo que contribuye al desarrollo o sostenimiento de las ideologías radicales y de los grupos y organizaciones vinculadas con el terrorismo.

El desarrollo del terrorismo internacional de corte yihadista en los últimos años ha puesto de manifiesto el papel cada vez más relevante de las mujeres en el fenómeno de la radicalización y sus procesos. Las mujeres han ido adquiriendo progresivamente un papel más preponderante, especialmente en aquellos países en los que existe un conflicto armado activo, así como en gran parte del mundo occidental, con especial atención a Europa. Cada vez con más frecuencia, hay casos de mujeres objetivo de la radicalización o precursoras e incentivadoras de la misma, llevando a cabo labores de captación y reclutamiento para su traslado a zonas de conflicto.»

En términos generales, los procesos de radicalización violenta que protagonizan las mujeres podrían explicarse por mecanismos similares a aquellos que llevan a cabo los hombres. Aunque en términos generales los procesos de radicalización violenta que protagonizan las mujeres podrían explicarse por mecanismos similares a aquellos que llevan a cabo los hombres, y se explican en buena parte por factores estructurales, sociales, económicos, y políticos también hay que considerar una mayor motivación emocional y afectiva que resulta fundamental para comprender su proceso de radicalización.»

El ámbito penitenciario puede suponer un escenario que favorezca estos procesos, en tanto que la persona entra en contacto con un escenario hostil donde se experimenta en mayor medida esa necesidad de apoyo afectivo y seguridad física. Por ese motivo, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias puso en marcha, en 2016, el Programa Marco de Intervención en Radicalización Violenta con Internos Islamistas. Este programa, que no distingue radicalismo masculino o femenino, incorpora prácticas aceptadas en el seno de organismos europeos como la Radicalisation Awareness Network, planteando la necesaria implementación de programas estructurados que eviten consideraciones universalistas y que, por tanto, atiendan a niveles individuales de intervención. Lo que se pretende es evitar el comportamiento violento e impedir la expansión de una ideología excluyente que pudiera facilitar que aflorasen conductas que no tienen cabida en una sociedad libre. Esto cobra mayor relevancia en la mujer, ya que la actividad proselitista y de difusión de propaganda extremista parece ser una de sus principales funciones individuales dentro de las redes terroristas.

La perspectiva de género motiva que la intervención sobre este colectivo se adapte a aspectos específicos. Desde la obligada consideración del plano individual, algunos de los objetivos a tener en cuenta son:

1. La toma de conciencia de la conducta violenta en sentido amplio, incluyendo el encubrimiento y la persuasión coactiva, en tanto que permiten la consolidación de estructuras terroristas y la expansión de una visión excluyente y radical.

2. La superación de la dependencia emocional que puede experimentar la mujer hacia otras figuras, lo cual facilita la auto-inclusión en ciertos grupos sociales y la reducción de sus interacciones personales.

3. El fomento de la autonomía personal, dentro de la libertad de pensamiento y del respeto a los valores de un Estado de Derecho.

4. La toma de conciencia sobre la instrumentalización de otras personas para fines terroristas, de la que pueden haber sido víctimas y también parte activa.

5. El análisis y fortalecimiento de su propia identidad personal, con la consiguiente redefinición de su autoconcepto.

6. La búsqueda de nuevos compromisos personales que favorezcan nuevas expectativas y objetivos personales realistas.

4.4 Trata de mujeres y niñas.

La trata tiene múltiples caras y constituye una grave amenaza para la paz y seguridad, sea cual sea su finalidad. Los colectivos de mayor vulnerabilidad, como las mujeres y los niños, son las principales víctimas de esta lacra que tiene como fin la explotación laboral o la sexual, matrimonios forzados, la mendicidad, extracción de órganos, entre otras, y que en muchos casos tiene su origen en la falta de actuación por parte de los Estados, situaciones de conflictos armados o postconflicto.

La Comunidad internacional ha plasmado los esfuerzos en la lucha contra la trata en diferentes documentos, como el Acuerdo Internacional de 18 de mayo de 1904 para la represión de la trata de blancas y el Convenio internacional del 4 de mayo de 1910 para la represión de la trata de blancas, modificados por el Protocolo aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 3 de diciembre de 1948; el Convenio internacional del 30 de septiembre de 1921 para la represión de la trata de mujeres y niños y el Convenio internacional del 11 de octubre de 1933 para la represión de la trata de mujeres mayores de edad, modificados por el Protocolo aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de octubre de 1947; el Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena (Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950) y el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños, conocido como Protocolo de Palermo, firmado en 2000.

Estos acuerdos, todos ellos ratificados por España, se han caracterizado por el establecimiento de medidas dirigidas a combatir las situaciones de explotación y la esclavitud de personas, en especial de mujeres, niños y niñas. Además, la trata de seres humanos se reconoce como una forma de violencia en las Recomendaciones de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), en la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de la Asamblea General de Naciones Unidas (1993) y en la Plataforma de Acción de Beijing (1995). De acuerdo con ellas, se puede afirmar, que este delito es una de las manifestaciones y consecuencias de la desigualdad entre hombres y mujeres tanto en las sociedades de origen como en las de destino.

La implementación de medidas conjuntas por parte de los Estados a nivel internacional es crucial para luchar de forma eficaz contra la trata. España ha sido especialmente activa en este tema en diversos foros, entre los que cabe destacar el CSNU. A iniciativa de España y bajo su presidencia, se aprobó por unanimidad la Resolución CSNU 2331 de 20 de diciembre de 2016 sobre trata de personas en conflicto. Esta resolución representa un hito en el CSNU al ser la primera que aborda este tema y que incorpora cuestiones como la vinculación de la trata con la violencia sexual, el crimen organizado y la financiación del terrorismo.

Conviene también destacar el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos (Varsovia, 16 de mayo de 2005) y la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas.

En el plano nacional, cabe destacar el Plan Integral de Lucha contra la Trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual (2015-2018) que prevé medidas que afectan a los diferentes departamentos ministeriales.

5. Países y organizaciones internacionales

5.1 Organizaciones Internacionales.

La aplicación de la Resolución CSNU 1325 y siguientes, incluida la resolución CSNU 2242, requiere el compromiso de todos los actores implicados (mujeres y hombres, Estados, Organizaciones Internacionales, regionales, entidades no gubernamentales…). Como señala la Resolución CSNU 2242 «las barreras que siguen obstaculizando la plena aplicación de la resolución CSNU 1325 solo podrán eliminarse mediante un compromiso específico con la participación y los derechos humanos de las mujeres, y mediante un liderazgo concertado, información y acciones coherentes y apoyo para promover la intervención de las mujeres en todos los niveles de decisión».

En la formación de este liderazgo concertando, en la promoción de la coherencia de nuestras actuaciones, las Organizaciones y foros internacionales en los que España participa juegan un papel destacado. Parafraseando las metas del ODS 17 de la agenda 2030, se necesitan «alianzas entre múltiples interesados que movilicen y promuevan el intercambio de conocimientos, capacidad técnica, tecnología y recursos financieros, a fin de, en este caso, pasar de las resoluciones a las soluciones».

España se compromete en especial a promover la Agenda MPS, entre otras, en las siguientes organizaciones y foros internacionales:

Naciones Unidas (NNUU).

Naciones Unidas es un foro fundamental en la agenda MPS. Con la Resolución CSNU 1325 tomó la decisión de asumir el expediente Mujeres, Paz y Seguridad, como un asunto temático diferenciado en su agenda. El mandato respecto a la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en el ámbito de NNUU está acordado universalmente por los Estados Miembros y engloba todos los ámbitos de la paz, el desarrollo y los derechos humanos. La inclusión de la perspectiva de género en la Asamblea General de Naciones Unidas es ya una tradición y acervo transversal a todas las esferas de actuación.

Desde entonces se han adoptado otras resoluciones sobre el tema y esta agenda se ha convertido progresivamente en un tema transversal, presente en numerosas resoluciones del CSNU, como las que aprueban o renuevan mandatos de Operaciones de Mantenimiento de la Paz. Puede afirmarse por tanto que el CSNU ha desempeñado un papel importante en la creación de este ambicioso cuerpo normativo.

Caben mencionarse otros desarrollos relacionados con este tema impulsados por Naciones Unidas como el «Global Study on the implementation of UN Security Council Resolution 1325», el Debate Global sobre la Resolución 1325 celebrado el 13 de octubre de 2015 o los actos de la agenda post-2015 relacionados con el papel de la mujer y la Reunión Mundial de Líderes sobre Igualdad de Género y Empoderamiento de las Mujeres.

La importancia que el CSNU da a la Resolución CSNU 1325 y a esta agenda se ha visto reflejada en los recientes viajes organizados por el CSNU a países como Malí, en los que se ha introducido la Agenda de MPS.

En el contexto de Naciones Unidas, y bajo el impulso de España, se ha creado la Red de Puntos Focales MPS en la que participan los Estados y organizaciones regionales y que fue lanzada en los márgenes de la 71 Asamblea General de Naciones Unidas el 23 de septiembre de 2016. Se adhirieron 41 Estados y 3 organizaciones regionales. Esta Red tiene como objetivo el fortalecimiento y avance de la implementación de la agenda MPS en los procesos de toma de decisiones mediante el intercambio de buenas prácticas en áreas como la elaboración y puesta en marcha de los Planes Nacionales de Acción, el liderazgo y participación de las mujeres, así como la mejora de la coordinación de programas de financiación.

Los objetivos operativos de la Red son los de fomentar la elaboración y puesta en marcha de Planes Nacionales para la implementación de la Resolución CSNU 1325, promover una financiación sostenida y previsible, identificar y fortalecer alianzas con la sociedad civil y organizaciones locales, dar continuidad a las discusiones sobre estrategias de MPS como la alerta temprana, la diplomacia preventiva y el mantenimiento de la paz, identificar y abordar los obstáculos que impiden la implementación de las obligaciones y compromisos en materia de MPS y promover la construcción de capacidades a nivel local, nacional y regional para los actores que trabajen en MPS.

La red celebró su primera reunión en Alicante los días 26 y 27 de abril de 2017 con la presencia de 61 representantes de países y organismos internacionales. Las mesas de trabajo se articularon en torno a tres temáticas principales: participación de la sociedad civil en PNA, barreras estructurales para la igualdad de género y PNAs y lucha y prevención del extremismo violento. Las conclusiones se plasmaron en dos documentos: el Resumen Ejecutivo y el Comunicado oficial.

Finalmente, cabe destacar el compromiso de España con NNUU y ONU Mujeres en el marco de las contribuciones a estos organismos para el desarrollo de la agenda MPS. Tal y como anunció el Presidente del Gobierno en octubre, España ha comprometido un millón de euros al nuevo Instrumento de Aceleración Global, al Fondo de Acción de NNUU contra la violencia sexual en conflicto, y para un curso de formación gestionado por ONU-Mujeres y por el Instituto de Paz y Seguridad. En el ámbito de Naciones unidas también cabe destacar la coordinación con los mecanismos del Consejo de Derechos Humanos, en especial Comité de Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Cabe destacar la existencia de un grupo informal de Amigos de la Resolución CSNU 1325 en el Consejo, del que España forma parte.

Unión Europea (UE).

La Unión Europea tiene entre sus prioridades de acción exterior la igualdad de género, y así lo ha plasmado en los siguientes documentos de referencia:

• El Plan de Acción en materia de género 2016-2020 para la acción exterior de la UE y el Documento de Trabajo de la Comisión.

• Compromiso Estratégico para la Igualdad de Género 2016-2019.

• Marco Estratégico y Plan de Acción de Derechos humanos y Democracia 2015-2019.

• Estrategia Global para la Política Exterior y de seguridad de la UE (2016).

• Libro Blanco sobre el futuro de Europa (2017).

La UE ha desarrollado una política de implementación de la Resolución CSNU 1325 y siguientes marcada por el denominado «Comprehensive Approach to the EU implementation of the UNSCR 1325». Este documento representa el marco para la política de la UE tendente a implementar las obligaciones y compromisos de la Agenda MPS. El «Comprehensive Approach» se aprobó en el consejo en el año 2008 con el objetivo de desarrollar un enfoque común de la UE en la implementación de las Resolución CSNU 1325 y siguientes y proveer de una guía para garantizar que la acción exterior de la UE están diseñadas para proteger a las mujeres de la violencia, contribuyan a la igualdad entre hombres y mujeres en situaciones de conflicto y fragilidad de los Estados. El documento también tiene como objetivo asegurar el uso coherente de los instrumentos de acción exterior de la UE en los diferentes ciclos del conflicto y las medidas a desarrollar por los actores de la UE en la agenda MPS.

La UE realiza seguimiento y actualización de los indicadores que miden la implementación de la agenda MPS para ello se celebran reuniones periódicas de la Task Force sobre UNCSR 1325 en las que se vela por la implementación por parte de la UE de la Res. 1325. Los Comités temáticos como el Comité Político y de Seguridad (COPS), el Grupo de Cooperación al desarrollo (CODEV) o el Grupo de Derechos Humanos (COHOM) también incluyen en sus agendas la cuestión de MPS y la Resolución CSNU 1325. Desde Julio de 2016, el Ministerio de Defensa de España fue designado EU Military Training Discipline Leader para liderar la disciplina de adiestramiento sobre asuntos de género en operaciones y misiones en el ámbito de la PCSD. Ello implicará un estudio profundo sobre las necesidades de formación en materia de género así como la designación de los proveedores de la misma en este ámbito.

Organización del tratado del Atlántico Norte (OTAN).

La OTAN y Estados asociados se comprometen en la eliminación de barreras para la participación de las mujeres en la prevención, gestión y resolución de conflictos y en la construcción de la paz para reducir el riesgo de violencia relacionada con el conflicto y de violencia de género.

La política de la OTAN en la implementación de la agenda MPS se ha plasmado en los siguientes documentos y acciones concretas:

1. Desde la Cumbre de 2008 en Bucarest, la Agenda MPS ha estado presente en las declaraciones las posteriores Cumbres y se ha traducido en compromisos concretos que sitúan a la OTAN en el grupo de cabeza de las Organizaciones Internacionales de Seguridad en la implementación de la citada Agenda MPS. Cabe destacar la declaración de la cumbre de Gales de 2014, en la que los líderes aliados acordaron que la integración de la Perspectiva de Género en las tres responsabilidades esenciales de la OTAN (Defensa Colectiva, Gestión de Crisis y Seguridad Cooperativa) contribuirá a conseguir una organización más moderna, preparada y responsable.

2. Plan de Acción en la Implementación de la UNSRC 1325. Aprobado en junio de 2014 y actualizado en 2016 para el periodo 2016-2018. Define dos objetivos estratégicos: reducir las barreras para la participación mujeres en la prevención y resolución de conflictos, principalmente en las Fuerzas Armadas de los países miembros y estados asociados e integrar la Perspectiva de Género en todas las políticas y acciones relacionadas con las Operaciones de la OTAN, a niveles político, estratégico, operacional y táctico.

3. Documento BI-SCD 40-1, de 8 de Agosto de 2012, Integración de la UNSCR 1325 y de Perspectiva de Género en las estructuras de mando de la OTAN» firmado conjuntamente por los dos Mandos Principales de la OTAN a nivel estrátegico 17. Es una directiva que obliga a integrar la perspectiva de género en el planeamiento y ejecución de las operaciones OTAN y a desarrollar las estructuras necesarias para su implementación, principalmente a través de una red de Asesores de Género desplegados en el terreno.

17 Allied Command for Operations (ACO) y Allied Command for Transformation (ACT)

4. Creación de la figura de Representante Especial del Secretario General para la Agenda MPS en 2012, integrado en la Oficina del Secretario General y cuya misión es coordinar los esfuerzos de implementación de la Agenda MPS.

5. Comité de Perspectiva de Género de la OTAN: se reúne una vez al año con representantes de los Estados Miembros y Asociados y elabora recomendaciones para el Comité Militar, que suelen plasmarse en acciones concretas para conseguir los objetivos señalados en el Plan de Acción de Implementación de la Res. 1325

6. Centro Nórdico de Género en Operaciones Militares. Coparticipado por cinco países escandinavos y con sede en Suecia, es oficialmente desde 2012 el Centro responsable del adiestramiento de Género en la OTAN. Organiza cursos de distintos niveles para la formación de personal que será desplegado como Asesor de Género en Operaciones OTAN o que ejercerá funciones relacionadas con el tema.

7. Panel Asesor de la Sociedad Civil en Agenda MPS. Es una plataforma formal, reconocida oficialmente por la OTAN, que integra a la Sociedad. España participa activamente en todas las acciones, en concreto: Oficial como Asesor de Género en el Cuartel General Conjunto de la OTAN en Brusun (2013-2016), de 2012 a 2015 el puesto de Asesor del Estado Mayor Militar Internacional estuve desempeñado por un Oficial español, de 2013 a 2015 un Oficial español desempeñó el puesto de Vicepresidente del Comité de Perspectivas de Género de la OTAN y por último, España tiene una representante de la Sociedad Civil miembro del Panel Asesor de la Sociedad Civil en Agenda MPS.

Organización para la Cooperación y la Seguridad en Europa (OSCE).

La OSCE es una organización dedicada a cuestiones específicas relacionadas con la seguridad como los mecanismos de alerta temprana, gestión de conflictos y mediación y la participación de mujeres en los esfuerzos de reconstrucción postconflicto.

Como tal, la OSCE es una de las organizaciones regionales protagonistas en la implementación de la Resolución CSNU 1325 y del desarrollo de la Agenda MPS. Además de promover resoluciones conjuntas sobre MPS en su seno, la OSCE tiene la implementación de la res. 1325 como eje fundamental de su agenda de género e igualdad, así como en la denominada Dimensión Humana.

Esta política de la OSCE se basa en instrumentos como la asistencia técnica a los gobiernos para la implementación de la Resolución CSNU 1325, la publicación de documentos para promover la participación de mujeres en las diferentes fases del conflicto y asegura que se incluya a los grupos de mujeres en los procesos de resolución de conflictos y reconstrucción de las sociedades.

España seguirá apoyando y favoreciendo los esfuerzos de la OSCE en este sentido, mediante la organización de actos y reuniones específicas de MPS así como la inclusión de la perspectiva de género en todas sus acciones, a través de la división de género de la organización.

Consejo de Europa.

Como Organización Internacional dedicada a la promoción de los Derechos Humanos, la Democracia y la cohesión económica y social en Europa, el Consejo de Europa ha desarrollado estándares y normas internacionales relevantes en materia de igualdad de género, transversalidad y para combatir la violencia de género. Cabe destacar el Convenio para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, el Convenio sobre la lucha contra la trata de seres humanos y el Convenio sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia de género, todos ellos ratificados por España.

El programa transversal de género del Consejo de Europa y su Estrategia de Igualdad de género 2014-2017 promueven la igualdad de mujeres y hombres en los 47 países que lo integran y dentro de la propia organización. En materia de Mujeres, Paz y Seguridad, cuenta con una Recomendación CM/Rec(2010)10 del Comité de Ministros a los estados miembros sobre el papel de las mujeres y de los hombres en la prevención y resolución de conflictos y en los procesos de construcción de la paz.

5.2 Países y áreas geográficas.

El II PNA tiene como objeto la implementación de la Agenda MPS a nivel nacional, así como en el marco de la acción exterior.

La naturaleza cambiante de las emergencias y conflictos conlleva inevitables implicaciones a la hora de definir de forma tasada el marco geográfico en la actuación fuera de nuestras fronteras. Sin limitar de forma rígida este marco, esta sección quiere reconocer la importancia de identificar claramente los países en los que se concentra la acción exterior de España en esta materia, cuestión a la que los planes de evaluación y seguimiento deberán prestar especial atención.

España fomentará la formación de alianzas efectivas con los gobiernos y entidades no gubernamentales de esos países, en especial con las asociaciones de mujeres, al objeto de que estos ejerzan una autoridad efectiva sobre las acciones y estrategias que les afecten, desarrollando especialmente las capacidades de las mujeres y asociaciones de mujeres y fomentando su empoderamiento. Se prestara especial atención a la diversidad geográfica, étnica y religiosa en estas acciones y estrategias.

La acción exterior del Plan se centrará en varios países considerados prioritarios en la Agenda MPS a desarrollar por España. La concentración de esfuerzos a largo plazo en un determinado grupo de países garantiza un mayor impacto y compromiso por parte de los agentes involucrados.

Sin perjuicio de que nuevas situaciones de emergencia y conflicto, que se tendrán en cuenta en las evaluaciones periódicas del Plan, conlleven la inclusión de nuevos países entre las alianzas establecidas por España en esta agenda, se fomentará la actuación en los siguientes grupos de países:

1. Países en situación de conflicto y postconflicto identificados en el Plan Director de la Cooperación española como prioritarios para la cooperación Española.

El listado de países se actualizará en función del Plan Director vigente al final de cada proceso de evaluación.

El Informe de Seguimiento y de Evaluación del Plan dedicará una sección específica a las acciones y estrategias relacionadas con la agenda de las mujeres, la paz y la seguridad en estos países.

2. Otros países en situación de conflicto y postconflicto.

España, como potencia con intereses y presencia global, ha hecho del mantenimiento de la paz y seguridad internacionales una de sus prioridades en acción exterior. En consecuencia, sin renunciar a los requerimientos de especialización geográfica de la cooperación española derivados de las exigencias de eficacia, coherencia y coordinación, el convencimiento de que las acciones en favor de los derechos de las mujeres y las niñas constituyen un requisito ineludible para la prevención y solución de los conflictos implica que la actuación con perspectiva de género resulte igualmente importante en países en situación de conflicto y postconflicto no considerados prioritarios para la cooperación española pero en los que esta agenda tiene una especial incidencia. A la hora de valorar esta incidencia, se tendrán especialmente en cuenta las necesidad de protección de mujeres y niñas y el efecto como resultado de la especial incidencia que acciones en favor de los derechos de las mujeres pueden tener en la solución del conflicto o la consolidación de la paz.

3. Grupo informal de expertos de Naciones Unidas sobre Mujeres, Paz y Seguridad.

Cabe destacar que el Grupo informal de Expertos copresidido por España y Reino Unido en 2016, y actualmente por Uruguay y Suecia, ya ha celebrado cinco reuniones en 2016 y dos en 2017, y ha identificado, en el momento de la redacción de este informe, los siguientes países: Afganistán, Malí, República Centroafricana, Irak, Yemen, región Lago Chad y Somalia.

Por todo lo anterior, la selección de estos países se ha realizado atendiendo a varios criterios: 1) Países en situación de conflicto, postconflicto o estados frágiles 2) la acción exterior de España para la promoción de la paz y la seguridad internacionales y la cooperación al desarrollo, 3) atendiendo a las prioridades de la Agenda MPS en foros internacionales que actúan como plataformas de ejecución de la Agenda MPS: OSCE, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, la OTAN 4) Prioridades establecidas por el Grupo Informal Expertos MPS, mecanismo creado por la Res. 2242.

El Informe de Seguimiento y de Evaluación del Plan dedicará una sección específica a las acciones y estrategias relacionadas con la agenda de las mujeres, la paz y la seguridad en estos países. No obstante, la priorización de medidas en estos países no limita las acciones de las agencias del Gobierno en otros países.

{MAPA CON PRIORIDADES GEOGRÁFICAS}

Los países de acción prioritaria del II PNA son:

• África: Mali y República Centroafricana.

• Asia: Afganistán.

• Oriente Próximo: Palestina y Líbano.

• América Latina: Colombia.

• Europa (OSCE): Ucrania.

6. Financiación

La cantidad de actores, estrategias y, en último término, presupuestos, implicados en esta agenda, hacen que existan numerosas y diversas las actuaciones de la administración en esta materia. La implementación de la agenda Mujer, Paz y Seguridad y la consiguiente aplicación de este Plan Nacional se realizarán en el marco presupuestario ordinario anual. Para garantizar que esta agenda no quede relegada a otras cuestiones, la implementación de la Resolución CSNU 1325 y posteriores debe situarse en el proceso regular de toma de decisiones.

• Para ello, se incluirán la agenda MPS y las acciones de este Plan Nacional en los mecanismos presupuestarios ya previstos en la Administración General del Estado y desarrollados por cada Ministerio.

• Líneas específicas dedicadas a la agenda MPS en las convocatorias de subvenciones ya existentes en determinados departamentos/unidades.

• Las acciones formativas indicadas en este Plan correrán a cargo de las partidas presupuestarias destinadas a estos conceptos, dentro de los programas de Formación de los Presupuestos Generales del Estado del año correspondiente, no conllevando, con ello, incremento de gasto presupuestario.

• Porcentajes dedicados a MPS en los presupuestos de determinadas unidades/departamentos.

• Compromisos de contribuciones a organismos multilaterales, especialmente en el sistema de Naciones Unidas, para desarrollar la agenda MPS.

• Otros mecanismos tales como dotaciones de fondos para la aplicación y evaluación del PNA.

• Inclusión de Mujer, Paz y Seguridad en los programas y proyectos desarrollados por la Cooperación Española, tanto en su prioridad Género y desarrollo, como en las acciones de Acción Humanitaria.

7. Evaluación y seguimiento

El Plan Nacional de Acción se concibe como un documento vivo, esencialmente cambiante en función de las conclusiones de los procesos de evaluación y de la realidad misma de las situaciones de crisis y conflictos. La evaluación y seguimiento del impacto de los PNA es una importante responsabilidad, a la vez que un reto. Para evaluar el impacto de las acciones previstas en el PNA se desarrollará un sistema de evaluación que tenga en cuenta el contexto de cada país en el que se desarrollen estas acciones, teniendo en cuenta los diferentes indicadores contenidos en el desarrollo de objetivo.

Se elaborará un informe de evaluación cada dos años, que será presentado en sede parlamentaria. La elaboración de ese informe será resultado de un trabajo continuo del Grupo de Trabajo que celebrará reuniones periódicas al objeto de, por un lado mantener la intensidad en la aplicación del plan y por otro evaluar constantemente sus resultados e ir adaptando la aplicación a las circunstancias. Asimismo, se celebrará al menos una reunión del Grupo Consultivo al año para realizar seguimiento de las acciones desarrolladas y de los objetivos. Los resultados de dichas reuniones se plasmarán en los informes de seguimiento correspondientes.

Dicha evaluación analizará los siguientes elementos, sin perjuicio de otros que considere el Grupo de Trabajo:

• Tras la aprobación de presupuestos, cada departamento ministerial presentará un resumen de los recursos financieros, dentro del presupuesto anual ordinario, que se han destinado a proyectos y medidas en el marco de la Agenda MPS.

• Se valorarán las circunstancias de cada país y área geográfica prioritarios atendiendo al contexto internacional y a las circunstancias de seguridad y necesidades en cada uno de ellos con el objeto de analizar su permanencia en el Plan.

• Revisión de los indicadores para valorar el cumplimiento de los objetivos planteados en el Plan, actuaciones de ajuste y mejora de la planificación y evaluaciones de impacto de género específicas.

• Actualización de los documentos y Planes nacionales de referencia, en caso de haberse modificado.

La evaluación y el seguimiento se llevarán a cabo por el Grupo de Trabajo, en coordinación con la sociedad civil a través del Grupo Consultivo, y podrá valorar la pertinencia de contar con el apoyo de instituciones externas para asesorar la evaluación. Al final de cada proceso de evaluación se publicará una versión del II Plan que incluya las adaptaciones resultantes de la evaluación.

ANEXOS

Anexo I: Calendario de reuniones.

– Reunión interministerial: marzo 2016.

– Jornadas sobre Mujer, Paz y Seguridad, organizadas en la escuela diplomática, con el objetivo de debatir con expertos y sociedad civil, los pasos a seguir. Mayo 2016.

– Reunión informal del Punto Focal Nacional (DG Naciones Unidas, MAEC) con las representantes de la sociedad civil. Septiembre 2016.

– Reunión interministerial: octubre 2016.

– Reunión interministerial: junio 2017.

Anexo II: Documentos estratégicos relacionados con el propio plan.

– Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (2000) y siguientes: Res. 1820 (2008), Res. 1888 (2009), Res. 1889 (2009), Res. 1960 (2010), Res. 2106 (2013), Res. 2122 (2013), Res. 2242 (2015), Res. 2272 (2016)

– Informe del Secretario General mujeres, paz y seguridad (septiembre 2015)

– El Plan de Acción de género de la UE 2016-2020

– Lista acordada en el Consejo de la UE «Revised indicators for the Comprehensive approach to the EU implementation of the UN Security Council Resolutions 1325 and 1820 on women, peace and security»

– Recomendación General nº 30 de la CEDAW (1979).

– Convenio de Estambul aprobado por el Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres (2011).

– Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y hombres.

– Comunicado oficial de la Primera Reunión de la Red de puntos Focales Mujeres, Paz y Seguridad (Alicante, 26 y 27 de abril de 2017).

– Resumen ejecutivo de la Primera Reunión de la Red de puntos Focales Mujeres, Paz y Seguridad (Alicante, 26 y 27 de abril de 2017).

– Plan Integral contra la Trata de Mujeres y Niñas con fines de explotación sexual 2015-2018.

– Plan Estratégico Nacional de Lucha Contra la Radicalización Violenta (2015).

– Plan Estratégico para la Igualdad de Oportunidades.

– Conclusiones del Consejo de la Unión Europea sobre la promoción de la igualdad de género en el Espacio Europeo de Investigación.

– Protocolo de Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata (Palermo 2000).

– Estrategia de género de la Cooperación Española.

– Estrategia de construcción de la paz de la Cooperación Española.

– Plan de Acción de Mujeres y Construcción de Paz de la Cooperación Español.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/09/2017
  • Fecha de publicación: 14/09/2017
Materias
  • Cooperación internacional
  • Derechos Humanos
  • Mujer
  • Programas
  • Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores

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