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Documento BOE-A-2016-697

Resolución de 21 de enero de 2016, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de diciembre de 2015, por el que se modifica, en lo relativo a previsión de gastos financieros del ICO y su financiación, el Acuerdo de 29 de mayo de 2009, que modificó la normativa reguladora de los préstamos previstos en el Plan de renovación de instalaciones turísticas (Plan Renove Turismo 2009) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y amplió su dotación económica.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 26 de enero de 2016, páginas 6661 a 6664 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-697
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/01/21/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del 4 de diciembre de 2015, a propuesta de los Ministros de Industria Energía y Turismo, y de Economía y Competitividad adoptó el Acuerdo referenciado en el título cuyo texto se inserta a continuación.

La normativa reguladora establecida en este Acuerdo debe ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado», a tenor de lo establecido en el artículo 52.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En consecuencia resuelvo ordenar la publicación del precitado Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de enero de 2016.–La Secretaria de Estado de Turismo, Isabel María Borrego Cortés.

Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se modifica, en lo relativo a previsión de gastos financieros del ICO y su financiación, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de mayo de 2009, que modificó la normativa reguladora de los préstamos previstos en el Plan de renovación de instalaciones turísticas (Plan Renove Turismo 2009) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y amplió su dotación económica

El Consejo de Ministros mediante Acuerdo adoptado en su reunión de 21 de noviembre de 2008 aprobó la puesta en marcha de una línea de financiación para la renovación de infraestructuras turísticas denominada Plan Renove de Turismo 2009, instruyendo al Instituto de Crédito Oficial (ICO) para su puesta en marcha por un importe máximo de cuatrocientos millones de euros (400.000.000,00 euros).

De acuerdo con lo establecido en el art. 74.5 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el Consejo de Ministros mediante Acuerdo adoptado en su reunión de 16 de enero de 2009 autorizó la firma del correspondiente Convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y el ICO, así como el consiguiente gasto presupuestario asociado. En ejecución de dichos acuerdos, el 19 de enero de 2009, el Secretario de Estado de Turismo y el Presidente del ICO suscribieron un convenio de colaboración para la puesta en marcha de una línea de financiación denominada «ICO-RENOVE TURISMO 2009» con una dotación global de cuatrocientos millones de euros (400.000.000,00 euros), asumiendo la Secretaría de Estado de Turismo el compromiso de abonar al ICO los costes de gestión inherentes a esta operación.

Posteriormente, el Consejo de Ministros mediante Acuerdo adoptado en su reunión de 29 de mayo de 2009 estableció una dotación adicional de seiscientos millones de euros (600.000.000 euros) estableciendo una nueva forma de gestión de la línea y de liquidación de los costes financieros inherentes a la misma. Por ello, el 24 de junio de 2009, y en ejecución del Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de mayo de 2009, el Secretario de Estado de Turismo y el Presidente del ICO suscribieron una primera adenda al convenio de 19 de enero de 2009 en la que se modificó el punto I de la estipulación primera, dotando a la línea de un total de mil millones de euros (1.000.000.000 euros). Del mismo modo, se modificó la redacción del punto 3.15 de la estipulación tercera, incorporando una nueva comisión de gestión (2.935.000) correspondiente a los seiscientos millones de euros (600.000.000 euros) adicionales. Finalmente, se incorporó un nuevo punto 3.18 a la estipulación tercera en la que, de manera expresa, la Secretaría de Estado de Turismo se comprometió a abonar en concepto de costes financieros futuros un máximo de noventa y cinco millones seiscientos treinta mil euros (95.630.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.742 («Al ICO para tipos de interés de préstamos concedidos al amparo del Plan Renove Turismo 2009») lo que se plasmó en un nuevo compromiso de anualidades de crédito decrecientes desde el año 2010 hasta el año 2021.

El apartado 1.1.b) del Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de mayo de 2009, y el apartado Quinto de la Normativa Reguladora de los Préstamos, aprobada como anexo a dicho acuerdo, tras establecer la distribución por anualidades disponen que «Dado que el mencionado coste financiero podría variar si varían los tipos de interés (…) o si varían los porcentajes de consumo de las diferentes modalidades de plazo de amortización y carencia, el Consejo de Ministros podrá actualizar, y en su caso incrementar dichas cantidades en el supuesto de que la cantidad aprobada en el presente Acuerdo no cubriese la totalidad de los costes liquidados por el ICO una vez concedidos los préstamos».

De acuerdo con ello, el párrafo cuarto de la estipulación 3.18 del ya citado Convenio en la redacción dada al mismo por la Adenda de 24 de junio de 2009, dispone que las partes «firmarán las adendas que procedan con el fin de adaptar dichos importes a los costes financieros reales experimentados por el ICO», en cuyo caso se exige que la modificación sea autorizada por el Consejo de Ministros.

Durante el año 2013 se aprobó la primera de dichas modificaciones en virtud del Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de julio de 2013, por el que se modifica en lo relativo a previsión de gastos financieros del ICO y su financiación, el Acuerdo de 29 de mayo de 2009, que modificó la normativa reguladora de los préstamos previstos en el Plan de Renovación de Instalaciones Turísticas (Plan Renove Turismo 2009) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y amplió su dotación económica («BOE» de 4 de septiembre de 2013). En virtud de dicho acuerdo se incrementó el compromiso total de gasto previamente asumido por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y se reajustaron las anualidades correspondientes con el fin de adaptarlas a su previsible evolución, sin perjuicio de que éstas pudieran ser revisadas en el futuro.

Durante los meses de noviembre de 2014 y abril de 2015 se pusieron de manifiesto dos factores que obligan a revisar las anualidades del Convenio. El primero de dichos factores es la puesta de manifiesto, como resultado de una auditoría interna realizadas por el ICO, de una desviación en el cálculo de las anualidades liquidadas por el ICO en 2011, 2012 y 2013, que obliga a revisar los importes de las mismas realizando un ajuste al alza por importe de 3.402.117,27 euros en favor del ICO. El segundo de dichos factores consiste en la realización por el ICO de un nuevo cálculo de las anualidades correspondientes a los ejercicios 2016 a 2021, que, en este caso, se ajustan disminuyendo en 1.007.847,01 euros. Concurriendo la necesidad de realizar dichos ajustes, es preciso incrementar el compromiso total de gasto previamente asumido por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y reajustar su distribución por anualidades, con el fin de adaptarlas a su previsible evolución, sin perjuicio de que ésta pueda ser revisada en el futuro.

De este modo, el total del compromiso de gasto actualizado del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en favor del ICO ascenderá tras la aprobación de este Acuerdo a la cantidad de 99.727.991,49 euros en lugar de los 99.497.883,36 euros previstos en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de julio de 2013, que queda sin efecto, debiendo modificarse en coherencia con ello la distribución de anualidades hasta ahora vigente.

En consecuencia es necesario volver a modificar el precitado Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de mayo de 2009 en lo relativo a la previsión de los importes de los gastos financieros del Instituto de Crédito Oficial (ICO) a financiar con cargo a los presupuestos del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, para ajustar esos importes a la situación real actual que se ha descrito en los párrafos anteriores

Mediante Acuerdo de 30 de octubre de 2015 el Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para atender los gastos derivados de la ejecución de este Acuerdo

El presente acuerdo ha sido informado en la reunión de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos del día 25 de noviembre de 2015.

En su virtud, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 4 de diciembre de 2015, a propuesta de los Ministros de Industria, Energía y Turismo, y de Economía y Competitividad ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.

Se modifica la letra b) del punto 1 del Apartado 1 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de mayo de 2009, por el que se modifica la normativa reguladora de los prestamos previstos en el Plan de renovación de Instalaciones Turísticas (Plan Renove Turismo 2009) del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y se amplía su dotación económica, que queda redactado del siguiente modo:

«1.1.b) Liquidación por el ICO de los costes financieros en que incurra por la captación de los fondos que canalice hacia las entidades financieras para atender la concesión de préstamos a los beneficiarios al amparo del Plan Renove. Importe: 99.727.991,49 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.742, o equivalente que la sustituya, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para los ejercicios 2010 a 2021 con el siguiente desglose por anualidades:

Año 2010: 21.060.000,00 euros.

Año 2011: 17.812.043,22 euros.

Año 2012: 17.170.000,00 euros.

Año 2013: 14.100.188,27 euros.

Año 2014: 9.800.460,20 euros.

Año 2015: 6.950.279,25 euros.

Año 2016: 7.295.515,20 euros.

Año 2017: 2.118.031,76 euros.

Año 2018: 1.580.225,16 euros.

Año 2019: 1.042.418,66 euros.

Año 2020: 559.180,79 euros.

Año 2021: 239.648,98 euros.

Total 2010-2021: 99.727.991,49 euros.

Dado que el mencionado coste financiero podría variar si varían los tipos de interés a lo largo de 2009, o si varían los porcentajes de consumo de las diferentes modalidades de plazo de amortización y carencia, el Consejo de Ministros podrá actualizar, y en su caso incrementar dichas cantidades en el supuesto de que la cantidad aprobada en el presente Acuerdo no cubriese la totalidad de los costes liquidados por el ICO una vez concedidos los préstamos.»

Segundo.

Se modifica el punto 4 del Apartado Quinto del Anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de mayo de 2009, por el que se modifica la normativa reguladora de los prestamos previstos en el Plan de renovación de Instalaciones Turísticas (Plan Renove Turismo 2009) del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y se amplía su dotación económica, que queda redactado del siguiente modo:

«4. Los gastos financieros en que incurra el ICO por la obtención de financiación en los mercados se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.742 («Al ICO para tipos de interés de préstamos concedidos al amparo del Plan Renove Turismo 2009»), o equivalente que la sustituya, del presupuesto de gastos del Ministerio de Industria Energía y Turismo.

Dichos gastos se estiman en la cantidad de 99.727.991,49 euros, durante los ejercicios 2010 a 2021 con el siguiente desglose por anualidades:

Año 2010: 21.060.000,00 euros.

Año 2011: 17.812.043,22 euros.

Año 2012: 17.170.000,00 euros.

Año 2013: 14.100.188,27 euros.

Año 2014: 9.800.460,20 euros.

Año 2015: 6.950.279,25 euros.

Año 2016: 7.295.515,20 euros.

Año 2017: 2.118.031,76 euros.

Año 2018: 1.580.225,16 euros.

Año 2019: 1.042.418,66 euros.

Año 2020: 559.180,79 euros.

Año 2021: 239.648,98 euros.

Total 2010-2021: 99.727.991,49 euros.

Dado que el mencionado coste financiero podría variar si varían los tipos de interés, o si varían los porcentajes de consumo de las diferentes modalidades de plazo de amortización y carencia, el ICO comunicará al Ministerio de Industria Energía y Turismo los ajustes que se puedan producir en el mencionado desglose, con el fin de que se proceda por el Consejo de Ministros a actualizar, y en su caso incrementar dichas cantidades en el supuesto de que la cantidad inicialmente prevista no cubra la totalidad de los costes liquidados por el ICO.»

Tercero. Pérdida de eficacia.

Queda sin efecto el Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de julio de 2013, por el que se modifica en lo relativo a previsión de gastos financieros del ICO y su financiación, el Acuerdo de 29 de mayo de 2009, que modificó la normativa reguladora de los préstamos previstos en el Plan de Renovación de Instalaciones Turísticas (Plan Renove Turismo 2009) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y amplió su dotación económica.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/01/2016
  • Fecha de publicación: 26/01/2016
Referencias anteriores
  • DEROGA el acuerdo publicado por Resolución de 27 de agosto de 2013 (Ref. BOE-A-2013-9326).
  • MODIFICA el apartado 1.1.b) y el anexo del acuerdo de 29 de mayo de 2009 (Ref. BOE-A-2009-9627).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 74.5 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21614).
Materias
  • Alojamientos turísticos
  • Créditos Presupuestarios
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
  • Turismo

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