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De conformidad con lo dispuesto en la disposición final duodécima de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de 2015 de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, y cumpliéndose lo preceptuado en la misma se dicta la presente resolución:
De acuerdo con lo establecido en el apartado cuatro de la disposición final duodécima de la Ley 25/2015, de 28 de julio, se amplía la edad máxima de acceso al Sistema Nacional de la Garantía Juvenil a los mayores de 25 años y menores de 30, que cumplan con los requisitos recogidos en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, para beneficiarse de una acción derivada del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, dado que la tasa de desempleo para este colectivo se situó en 29,77 puntos de acuerdo con los datos de la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2014.
La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos desde la entrada en vigor de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de 2015 de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.
Madrid, 29 de julio de 2015.–La Directora General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, Carmen Casero González.
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