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Documento BOE-A-2014-13398

Resolución de 27 de noviembre de 2014, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato por el que se modifica la Resolución de 22 de febrero de 2013, por la que se establecen los precios por prestación de servicios y actividades del Museo.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 23 de diciembre de 2014, páginas 104949 a 104950 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-13398
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/11/27/(1)

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 22 de febrero de 2013, el Museo Nacional del Prado hizo público el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo por el que se establecieron los precios por prestación de servicios y actividades.

En el anexo I de la resolución de 22 de febrero de 2013, se recogen el conjunto de servicios y actividades realizados por el área de educación del Museo, quedando regulados tanto la forma de adquisición como su pago, en los artículos 2 y 3 de la misma.

Con vistas a mejorar los servicios prestados por el Museo en este área, se ha considerado oportuno ampliar las facilidades de adquisición y pago de estos servicios mediante el uso de los sistemas telemáticos ya disponibles en el Museo.

A tal fin, resulta necesario modificar la actual redacción del artículo 2 de la actual resolución de 22 de febrero de 2013 para incluir un nuevo apartado que prevea dicha mejora en el servicio, de modo que se permita el uso de los sistemas telemáticos.

En consecuencia, la presente resolución de la Comisión Permanente, dictada a propuesta del Director, según establece el artículo 5.5 f) del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, aprueba la modificación de la Resolución de 22 de febrero, del Museo Nacional del Prado por la que se establecieron los precios por prestación de servicios y actividades del Museo.

Artículo único. Modificación de la Resolución de 22 de febrero, del Museo Nacional del Prado por la que se establecen los precios por prestación de servicios y actividades del Museo.

1. El artículo 2 «Normas generales», queda redactado del siguiente modo:

«1. Los precios establecidos en la presente resolución, serán de aplicación al Museo Nacional del Prado, siendo aplicables a los mismos, en su caso, el tipo que corresponda del Impuesto sobre el Valor Añadido vigente en cada momento, teniendo en cuenta las exenciones establecidas en la normativa de dicho impuesto.

2. Las entradas para las actividades recogidas en el anexo I, podrán ser adquiridas tanto en las taquillas del Museo como a través de sistemas telemáticos u otros canales de venta. Los gastos que se deriven de la venta por vía telemática serán imputados al visitante, quien deberá abonar la cantidad resultante de la suma del precio de la actividad y los gastos de gestión que sean establecidos.

3. Los precios por los servicios y actividades recogidos en los anexos de la presente resolución no incluyen, en su caso, los soportes necesarios, los gastos de preparación especial adicional, plastificado, expedición, embalaje, envío o cualesquiera otros que deberán ser satisfechos por los solicitantes de los servicios con independencia de aquéllos, salvo que se incluyan expresamente todos o alguno de estos conceptos en el anexo correspondiente.

4. La entrega de reproducciones, duplicados o copias en cualquier soporte o su obtención por medios propios del solicitante de los servicios y actividades recogidos en el anexo III, estará sujeta a la legislación sobre Propiedad Intelectual y demás normativa vigente, debiéndose acreditar por el solicitante, en su caso, la cesión de los correspondientes derechos.

5. Si los servicios solicitados presentaran particularidades especiales que alterasen sustancialmente el coste de la contraprestación, su precio se establecerá mediante presupuesto que se notificará previamente al interesado para su conformidad.

6. El importe de los precios que se fijan se podrá actualizar, con efectos de 1 de enero de cada año, total o parcialmente. Para efectuar dicha actualización se tendrá en cuenta la evolución del Índice de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya, en el período transcurrido desde la última actualización, así como la evolución de los precios del sector en que se desarrolla la actividad.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 27 de noviembre de 2014.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Zugaza Miranda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/11/2014
  • Fecha de publicación: 23/12/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 24/12/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2 de la Resolución de 22 de febrero de 2013 (Ref. BOE-A-2013-2220).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 5.5.f) del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-2004-5118).
Materias
  • Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
  • Museo Nacional del Prado
  • Museos
  • Precios

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