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Documento BOE-A-2013-7910

Resolución de 11 de julio de 2013, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica el anexo I de la Orden EHA/567/2009, de 4 de marzo, por la que se regula el procedimiento telemático de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales de las entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 19 de julio de 2013, páginas 53379 a 53382 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2013-7910
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/07/11/(3)

TEXTO ORIGINAL

La Orden EHA/567/2009, de 4 de marzo, por la que se regula el procedimiento telemático de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales de las entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social, dispone los procedimientos para que con medios electrónicos, informáticos y telemáticos pueda realizarse la rendición de cuentas de las entidades a las que les es de aplicación dicha Orden.

La disposición final primera de la citada Orden habilita al titular de la Intervención General de la Administración del Estado, para efectuar, mediante Resolución, las modificaciones que fuese necesario realizar en las especificaciones y requerimientos técnicos que se contienen en los anexos I y II y en el formato de firma electrónica aplicado, a efectos de adecuar las especificaciones y requerimientos a los que en cada momento pudiesen estar disponibles en el Sistema de Información Contable de la Seguridad Social.

La Resolución de 25 de julio de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, supuso la actualización de la definición del formato de los ficheros informáticos comprensivos de las cuentas anuales así como de las especificaciones técnicas relativas a la generación y envío de los mismos, como consecuencia de las nuevas cuentas anuales a rendir recogidas en la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social, aprobada por Resolución de Resolución de 1 de julio de 2011 de la Intervención General de la Administración del Estado.

El proceso de rendición de cuentas anuales del ejercicio 2011 puso de manifiesto la necesidad de modificar determinadas especificaciones de los formatos de los archivos con el objeto de adecuarlos a las definiciones realizadas en la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social.

Por ello, en virtud de la habilitación antes mencionada, dispongo:

Artículo único. Modificación del Anexo I «Ficheros informáticos comprensivos de las cuentas anuales» de la Orden EHA/567/2009, de 4 de marzo, por la que se regula el procedimiento telemático de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales de las entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social.

Se aprueba la modificación del Anexo I «Ficheros informáticos comprensivos de las cuentas anuales» en los términos que se señalan a continuación:

1. En el apartado Segundo «Nombres de los ficheros» 1. «Ficheros pdf» se modifica el segundo párrafo recogido a continuación de la tabla de «Contenido» y «Tipo de información», que queda redactado de la siguiente manera:

«Por otra parte, corresponden, con carácter general a las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales los ficheros enumerados salvo el fichero MEM20, y a las entidades y centros mancomunados los ficheros enumerados salvo los siguientes: MEM18, MEM20, MEM21, MEM26 y MEM27.»

2. En el apartado Segundo «Nombres de los ficheros» 2. «Ficheros con formato de texto plano» se realizan las siguientes modificaciones:

a) En la descripción del fichero S130 donde dice «Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios anteriores de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales», debe decir «Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales».

b) Los párrafos que se recogen a continuación de la tabla de este apartado quedan redactados de la siguiente manera:

«Correspondiendo, con carácter general, a las Entidades gestoras los siguientes ficheros: S001, S005, S010, S015, S026, S029, S031, S032, S033, S034, S035, S036, S037, S038, S053, S054, S055, S056, S057, S058, S120, S062, S063, S064, S065, S066, S067, S068, S069, S071, S076, S082, S083, S084, S097, S099, S100, S101, S102, S103, S105, S121 y S122.

Y al Servicio Común los siguientes ficheros: S001, S005, S006, S010, S015, S026, S027, S029, S031, S032, S033, S034, S035, S036, S037, S038, S041, S042, S043, S044, S045, S046, S047, S048, S049, S050, S051, S052, S053, S054, S055, S056, S057, S058, S120, S062, S063, S064, S065, S066, S067, S068, S069, S071, S072, S073, S074, S075, S076, S077, S078, S079, S081, S082, S083, S084, S080, S097, S099, S100, S101, S102, S103, S105, S121 y S122.

Por otra parte corresponden, con carácter general, a las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales los siguientes ficheros: S002, S003, S004, S007, S008, S009, S011, S012, S013, S016, S017, S018, S023, S024, S025, S026, S027, S028, S030, S031, S032, S033, S034, S035, S036, S037, S038, S039, S040, S041, S042, S053, S054, S055, S056, S057, S058, S120, S059, S060, S061, S062, S063, S064, S065, S066, S067, S068, S069, S071, S072, S073, S074, S075, S076, S077, S078, S079, S081, S130, S085, S080, S086, S087, S088, S090, S091, S092, S098, S099, S100, S101, S102, S103, S104, S105, S121, S122, S106, S107, S108, S109, S110, S111, S112, S113, S114, S115, S116, S117, S118 y S119.

Y a sus entidades y centros mancomunados los siguientes ficheros: S002, S007, S014, S019, S020, S021, S023, S026, S027, S028, S030, S031, S032, S033, S034, S035, S036, S037, S038, S040, S041, S042, S053, S054, S055, S056, S057, S058, S120, S062, S063, S064, S065, S066, S067, S068, S069, S071, S072, S073, S074, S075, S076, S077, S078, S079, S081, S130, S085, S080, S086, S088, S098, S099, S100, S104, S105, S121, S122.»

3. En el apartado Quinto «Formato de los registros de detalle de los ficheros con formato de texto plano» se realizan las siguientes modificaciones:

a) Se elimina la descripción de los registros de detalle del archivo denominado «Activos financieros. Participaciones en entes mancomunados» la última línea que se recoge a continuación:

Centro/Entidad.

172

1

Alf.

b) Se sustituye la descripción de los registros de detalle del archivo denominado «Activos financieros. Riesgo de tipo de interés» por la siguiente:

Descripción de los datos identificativos y contenido

Pos

Lon

Tip

Tipo de registro (Valor fijo «S042»)

1

4

Alf.

Código de la entidad

5

4

Alf.

Código agrupación de riesgo de tipo de interés (códigos que se detallan en el apartado sexto «contenido de tablas» de este anexo)

9

6

Alf.

Descripción de otros datos y contenido

Pos

Lon

Tip

Importe a tipo de interés fijo

15

17

Imp.

Importe a tipo de interés variable

32

17

Imp.

Importe total

49

17

Imp.

c) Se sustituye la descripción de los registros de detalle del archivo denominado «Pasivos financieros. Riesgo de tipo de interés» por la siguiente:

Descripción de los datos identificativos y contenido

Pos

Lon

Tip

Tipo de registro (Valor fijo «S057»)

1

4

Alf.

Código de la entidad

5

4

Alf.

Código de agrupación de riesgo de tipo de interés (códigos que se detallan en el apartado sexto «contenido de tablas» de este anexo)

9

6

Alf.

Descripción de otros datos y contenido

Pos

Lon

Tip

Importe a tipo de interés fijo

16

17

Imp.

Importe a tipo de interés variable

32

17

Imp.

Importe total

49

17

Imp.

d) Se sustituye la descripción de los registros de detalle del archivo denominado «Materialización del Fondo de prevención y rehabilitación correspondiente al ejercicio anterior» por la siguiente:

Descripción de los datos identificativos y contenido

Pos

Lon

Tip

Tipo de registro (Valor fijo «S090»)

1

4

Alf.

Código de la entidad

5

4

Alf.

Código de agrupación de la materialización del fondo de prevención y rehabilitación

(Códigos que se detallan en el apartado sexto «contenido de tablas» de este anexo)

9

6

Alf.

Descripción de otros datos y contenido

Pos

Lon

Tip

Importe Saldo a 31 de diciembre

15

17

Imp.

Importe Disponibilidades líquidas pendientes de ingreso en el Banco de España

32

17

Imp.

Importe Participación en centros mancomunados

49

17

Imp.

Importe Otros activos

66

17

Imp.

e) Se sustituye la denominación del fichero S130 «Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios anteriores de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales» por «Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales».

4. En el apartado Sexto «Contenido de las tablas» se realizan las siguientes modificaciones:

a) En la tabla a) «Tabla de agrupaciones del balance (BALANCE)» se eliminan las líneas relativas a CODAGRUP 100000 y 200000.

b) En la tabla b) «Tabla de agrupaciones de la cuenta del resultado (RTDOECOPATRIT)» se sustituyen las numeraciones de CODAGRUP 312050 y 312060 por 311050 y 311060.

c) Se sustituye la tabla m) «Tabla de agrupaciones Activos financieros: riesgo de tipo de interés», y se elimina la tabla y) «Tabla de agrupaciones Pasivos financieros: riesgo de tipo de interés» por la nueva tabla m) «Tabla de agrupaciones Riesgo de tipo de interés» con la definición siguiente:

CODAGRUP

Descripción

000401

Valores representativos de deuda.

000402

Otros activos financieros.

000501

Deudas con entidades de crédito.

000502

Otras deudas.

d) En la tabla r) «Tabla de agrupaciones de reservas y su materialización (ENUMERACIÓN)» se sustituye el texto «Descripción» de las numeraciones de CODAGRUP 602000 y 702000 por el texto PORCENTAJE (B).

Disposición final única. Entrada en vigor.

Las modificaciones de la presente resolución serán de aplicación para las cuentas anuales de los ejercicios 2012 y siguientes.

Madrid, 11 de julio de 2013.–El Interventor General de la Administración del Estado, José Carlos Alcalde Hernández.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/07/2013
  • Fecha de publicación: 19/07/2013
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2013.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la Orden EHA/567/2009, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2009-4089).
Materias
  • Contabilidad
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
  • Notificaciones telemáticas
  • Seguridad Social

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