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La estructura orgánica y las funciones asignadas al Instituto de Mayores y Servicios Sociales por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre («Boletín Oficial del Estado» número 246, de 14 de octubre de 2005), hizo necesaria una nueva regulación de la delegación de competencias que se efectuó a través de la Resolución de 7 de noviembre de 2006 («Boletín Oficial del Estado» número 291, de 6 de diciembre de 2006); modificada por la Resolución de 2 de septiembre de 2008 («Boletín Oficial del Estado» número 239, de 3 de octubre de 2008) y la resolución de 17 de junio de 2010 («Boletín Oficial del Estado» número 162, de 5 de julio de 2010).
La modificación propuesta en la presente resolución tiene como finalidad mejorar y agilizar la gestión económico-administrativa relativa al cumplimiento de obligaciones tributarias.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y con la previa aprobación de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad,
Esta Dirección General ha dispuesto:
Se modifica el apartado 4.2 de la disposición primera de la Resolución de 7 de noviembre de 2006, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sobre delegación de competencias en los órganos centrales, territoriales y centros de competencia estatal, pasando el contenido de la actual letra e) a una nueva letra f) y dando nueva redacción a la letra e), cuyo tenor literal es el siguiente:
«e) La aprobación y el compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de ordenación de pagos correspondientes a los tributos municipales.»
Madrid, 5 de julio de 2012.–El Director General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, César Antón Beltrán.
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