Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-14572

Resolución de 2 de septiembre de 2011, de la Secretaría General del Mar, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 10 de septiembre de 2011, páginas 96809 a 96809 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-14572
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/09/02/(1)

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo establecido en el punto 1 del artículo 3 de la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por el que se faculta a la Secretaria General del Mar a designar la lista de puertos en los que se podrán realizar los desembarques de arenque, caballa o jurel objeto de la citada orden.

Esta Secretaría General del Mar ha resuelto lo siguiente:

Los desembarques de cantidades superiores a 10 toneladas de arenque, caballa y jurel, o una combinación de estas, procedentes de las zonas CIEM I,II, IIIa, IV, Vb, VI y VII, por lo que respecta al arenque, de las zonas CIEM IIa, IIIa, IV, Vb, VI, VII, VIII, IX,X, XII y XIV y las aguas de COPACE por lo que respecta a la caballa, y de las zonas CIEM IIa,IV, Vb, VI, VII, VIII, IX, X, XII, XIV y las aguas de COPACE por lo que respecta al jurel, sólo podrán realizarse en los muelles pesqueros de los siguientes puertos españoles:

A Coruña, Avilés, Bermeo, Burela, Colindres, Fuenterrabía, Gijón, Guetaria, Lequeitio, Motrico, Muros, Ondarroa, Pasajes, Puerto de Santamaría, Santander, Santoña, San Vicente de la Barquera, San Sebastián, Vigo.

Madrid, 2 de septiembre de 2011.–La Secretaria General del Mar, Alicia Villauriz Iglesias.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/09/2011
  • Fecha de publicación: 10/09/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, con sustitución del anexo, de la Resolución de 27 de marzo de 2017, en BOE núm. 86, de 11 de abril de 2017 (Ref. BOE-A-2017-4020).
  • SE MODIFICA:
    • lo indicado, por Resolución de 27 de marzo de 2017 (Ref. BOE-A-2017-3764).
    • lo indicado, por Resolución de 15 de abril de 2016 (Ref. BOE-A-2016-3997).
    • lo indicado, por Resolución de 11 de enero de 2016 (Ref. BOE-A-2016-561).
    • lo indicado, por Resolución de 1 de diciembre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-13307).
    • lo indicado, por Resolución de 21 de mayo de 2015 (Ref. BOE-A-2015-5694).
    • lo indicado, por Resolución de 25 de marzo de 2015 (Ref. BOE-A-2015-3629).
    • lo indicado, por Resolución de 3 de marzo de 2015 (Ref. BOE-A-2015-2655).
    • lo indicado, por Resolución de 24 de febrero de 2015 (Ref. BOE-A-2015-2283).
    • lo indicado, por Resolución de 5 de febrero de 2015 (Ref. BOE-A-2015-1405).
    • lo indicado, por Resolución de 12 de marzo de 2014 (Ref. BOE-A-2014-3046).
    • lo indicado, por Resolución de 14 de marzo de 2013 (Ref. BOE-A-2013-3313).
    • lo indicado, por Resolución de 14 de febrero de 2013 (Ref. BOE-A-2013-2235).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 3.1 de la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio (Ref. BOE-A-2011-12404).
Materias
  • Control pesquero
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Puertos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid