Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo establecido en el apartado decimotercero de la Orden INT/3298/2003, de 13 de noviembre, por la que se crea un Registro telemático en el Ministerio del interior y se regulan los requisitos y las condiciones técnicas para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones que se transmitan por medios telemáticos, resuelvo incluir entre los procedimientos, trámites y comunicaciones a los que resultará de aplicación la citada Orden los siguientes:
Solicitud de información de partidos inscritos: Atender las peticiones de información de los ciudadanos en relación a los partidos políticos.
Certificados de datos de partidos políticos: Expedir certificaciones de los datos obrantes en los protocolos de los partidos políticos.
Madrid, 18 de diciembre de 2008.–El Subsecretario del Interior, Justo Tomás Zambrana Pineda.
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