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Por Resolución de 16 de enero de 1998 del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales se acordó la publicación de la delegación del ejercicio de competencias en materia de anticipos de caja fija y pagos librados a justificar. El apartado primero c) de dicha resolución dispone que, para la Caja Pagadora de la Subdirección General de Promoción y Relaciones Internacionales, los gastos cuyos pagos hayan de realizarse con fondos librados «a justificar» se ordenarán por el Subdirector General. El apartado tercero c) de la misma, según la modificación efectuada por la Resolución de 3 de noviembre de 2006, designa como sustituto del titular para los casos de ausencia o enfermedad al Jefe del Servicio de Tramitación Administrativa. Como consecuencia de los cambios organizativos producidos en la Subdirección General de Promoción y Relaciones Internacionales, se considera necesario que sea el Jefe de Sección de Difusión el encargado de efectuar las eventuales sustituciones. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General ha resuelto:
Apartado único. Se modifica el apartado tercero c) de la Resolución de 16 de enero de 1998, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se acuerda la publicación de la delegación del ejercicio de competencias en materia de anticipos de caja fija y pagos librados a justificar, en su redacción dada por la Resolución de 3 de noviembre de 2006, que pasará a tener la siguiente:
«Apartado tercero c). Para la Caja Pagadora de la Subdirección General de Promoción y Relaciones Internacionales: Jefe de Sección de Difusión.»
Disposición final única.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 17 de noviembre de 2008.-El Director General del Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Fernando Lara Pérez.
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