Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-3498

Resolución de 4 de febrero de 2008, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se modifica la de 20 de julio de 2004, sobre delegación de atribuciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 2008, páginas 11019 a 11019 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2008-3498
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/02/04/(4)

TEXTO ORIGINAL

La coordinación entre las administraciones públicas competentes para la gestión de las prestaciones de atención a la dependencia y la agilidad en los procedimientos de concesión de las ayudas que se convocan por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado para su colectivo en situación de dependencia, que tienen el carácter de adicionales del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, aconseja delegar la resolución y pago de estas ayudas en los Servicios Provinciales, en los de Ceuta y Melilla y en las Oficinas Delegadas de MUFACE. Asimismo, la unificación de las modificaciones realizadas en la Resolución de 20 de julio de 2004, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, sobre delegación de atribuciones mediante los epígrafes 3.4 y 11.1, respectivamente, de las Resoluciones de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de 31 de mayo de 2005, por la que se convocan becas de estudio para mutualistas y becas de residencia para hijos y huérfanos de mutualistas, para el curso 2005-2006 («BOE» de 1 de julio de 2005) y de 31 de enero de 2006, por la que se convoca la concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante 2006 («BOE» de 1 de marzo de 2006) hace necesario reunir en un único texto las cambios operados en la citada Resolución de delegación de atribuciones. Como consecuencia de lo anterior y en virtud de las facultades conferidas por la disposición adicional quinta del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo la modificación de la Resolución en el sentido siguiente:

Primero.-El apartado cuarto queda redactado de la siguiente manera: «Cuarto.-Se delega en el Director del Departamento de Prestaciones Sociales la resolución de expedientes correspondientes a las siguientes pensiones y otras prestaciones, con excepción de las facultades que se señalan en el apartado segundo: a) Las de las Mutualidades integradas en el Fondo Especial.

b) Las de hijo o menor acogido a cargo minusválido y de asistencia a minusválidos a extinguir. c) Las ayudas de los programas de atención a personas mayores y otros beneficiarios, a enfermos psiquiátricos crónicos, a personas con discapacidad y a personas drogodependientes, cuya resolución o adjudicación no esté atribuida a los Directores Provinciales de acuerdo con la correspondiente convocatoria.»

Segundo.-En el apartado quinto, epígrafe 1.2, se suprime el adjetivo «definitiva».

Tercero.-El párrafo 1.2.d) del apartado quinto queda redactado de la siguiente forma:

«Las ayudas de los programas de atención de la dependencia y de atención social a mayores y a otros colectivos específicos, así como la renovación de ayudas relativas a programas de atención a personas mayores y otros beneficiarios.»

Madrid, 4 de febrero de 2008.-La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María Ángeles Fernández Simón.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/02/2008
  • Fecha de publicación: 23/02/2008
Referencias anteriores
  • MODIFICA los apartados 4 y 5 de la Resolución de 20 de julio de 2004 (Ref. BOE-A-2004-14774).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid