Contingut no disponible en català
La Orden Ministerial 121/2006 de 4 de octubre (Boletín Oficial de Defensa n.º 197 de 9 de octubre de 2006) por la que se aprueban las normas sobre jornada y horario de trabajo, vacaciones, permisos y licencias de los militares profesionales de las Fuerzas Armadas, establece en el Anexo III, disposición cuarta, punto 1 que las autoridades competente para la concesión o denegación de las licencias serán los Jefes de los Mandos y Jefaturas de Personal para los militares que ocupen puestos de las plantillas de destinos de los Ejércitos y de la Armada. Por ello, una vez solicitada la autorización del Sr. Ministro de Defensa y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dispongo:
Primero. Finalidad.-Delegar la competencia que en materia de concesión de licencias otorga al General Jefe del Mando de Personal la Orden Ministerial 121/2006 en el punto 1 de la disposición cuarta del Anexo III (Boletín Oficial de Defensa 197 de 9 de octubre de 2006).
Segundo. Delegación de competencias.-Se delega la competencia que en materia de concesión de licencias confiere al General jefe del Mando de Personal la Orden Ministerial 121/2006 en el punto 1 de la disposición cuarta del Anexo III, en el General Director de Personal de Ejército de Tierra para el personal militar que ocupe puesto en las plantillas de destinos del Ejército de Tierra. Tercero. Resoluciones administrativas.-Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud del apartado anterior indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar en la antefirma «Por delegación» con referencia a esta Resolución. Cuarto. Avocación.-En todo momento y mediante acuerdo motivado el General Jefe del Mando de Personal podrá avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquier asunto de la delegación que se otorga en la presente Resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de febrero de 2007.-El General Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra, José María Fernández Bastarreche.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid