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Por Resolución de esta Presidencia de 13 de julio de 2005 (Boletín Oficial del Estado de 4 de agosto) se delegaron atribuciones a los Jefes de Unidad, respecto al personal adscrito a las mismas, para la autorización de las órdenes de comisión de servicios dentro del territorio nacional y de duración inferior a once días y la autorización y aprobación de las horas extraordinarias y horarios especiales. La delegación mencionada no ha producido los efectos positivos esperados por lo que se hace necesario por razones de eficacia y celeridad revocar dicha delegación. En su virtud, al amparo del artículo 13.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, sobre Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, resuelvo:
Primero.-Revocar la delegación de competencias atribuidas a los Jefes de Unidad, respecto al personal adscrito a las mismas, para la autorización de las órdenes de comisión de servicios dentro del territorio nacional y de duración inferior a once días y la autorización y aprobación de las horas extraordinarias y horarios especiales (Punto Cuarto de la Resolución de esta Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Tajo de 13 de julio de 2005 (Boletín Oficial del Estado de 4 de agosto).
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 5 de abril de 2006.-El Presidente, José María Macías Márquez.
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