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A efectos de lo previsto en el Real Decreto 2195/2004, de 25 de noviembre, sobre estructura orgánica y funciones del Consejo Superior de Deportes, y de acuerdo con lo establecido en el Apartado Segundo de la Resolución del Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes de 17 de junio de 2002 (Boletín Oficial del Estado de 12 de julio), por la que se clasifican las instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alto nivel y de competición, la clasificación de los Centros de Tecnificación Deportiva y Centros Especializados se realizará por la Dirección General de Deportes del citado Consejo. Una vez analizada la documentación presentada por el titular de la instalación, y de acuerdo con los criterios específicos señalados en el apartado primero de la ya citada Resolución, en la que se establecen las pautas de clasificación.
Resuelvo clasificar el Centro Especializado de Tecnificación Deportiva de Halterofilia, en La Laguna (Tenerife).
Madrid, 15 de diciembre de 2005.-El Director general, Rafael Blanco Perea.
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