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En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y previa aprobación del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, he resuelto:
Primero.-Delegar en el Introductor de Embajadores las competencias que el ordenamiento vigente atribuye a esta Subsecretaria en materia de Protocolo, Cancillería y Órdenes, excepto las previstas en los Reales Decretos 2395 y 2396/1998, de 6 de noviembre, por los que se aprueban, respectivamente, los Reglamentos de las Órdenes de Isabel la Católica y del Mérito Civil.
Segundo.-La delegación anterior se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante avoque para sí el ejercicio de las competencias delegadas mediante la presente Resolución.
Tercero.-En los actos o resoluciones que se dicten en ejercicio de la delegación establecida en la presente Resolución se hará constar expresamente esta circunstancia, considerándose dictados, a todos los efectos, por el órgano delegante.
Cuarto.-La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 23 de abril de 2004.-El Subsecretario, Luis Calvo Merino.
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