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De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y previa aprobación del Ministro de Asuntos Exteriores, he dispuesto:
Primero.-Delegar en el Director general del Servicio Exterior la competencia para autorizar la utilización de una clase superior a la "turista" en los viajes en avión con cargo al Ministerio de Asuntos Exteriores.
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 7 de febrero de 2000.-El Subsecretario, José de Carvajal.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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