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Figurando en la plantilla orgánica de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia aprobada y hecha pública por la Secretaría de Estado de Justicia el puesto de trabajo "Decanato Juzgados Centrales de Instrucción", con una dotación de un Auxiliar y dos Agentes judiciales, debe de modificarse su denominación por "Decanato de los Juzgados Centrales" ya que dicho Decanato debe de atender a todos los Juzgados centrales existentes con independencia de su orden jurisdiccional, al igual que el resto de los Decanatos de todas las capitales de provincia y localidades del Estado. Ello no obsta para que ante la existencia de diversos edificios judiciales pueda considerarse la existencia de hecho de subsedes o delegaciones del Decanato.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 15 de septiembre de 1999.-El Secretario de Estado, José Luis González Montes.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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