Los apartados cuarto y quinto, punto 1, de la Orden 92/1997, de 14 de mayo, sobre anticipos de pagas en el Ministerio de Defensa, atribuyen al Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra la competencia en la concesión de dichos anticipos.
Por razones funcionales y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En su virtud, dispongo:
Primero.-Delego en el Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra la competencia en la concesión, previa certificación de existencia de crédito por el órgano económico-financiero correspondiente, de las pagas de anticipo.
Segundo.-Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar en la antefirma la expresión «por delegación» con cita de esta Resolución.
Tercero.-Mediante acuerdo motivado de la autoridad delegante se podrá avocar el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la presente delegación.
Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de junio de 1997.-El Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra, José Faura Martín.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid