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Advertido error en el texto del II Acuerdo Nacional de Formación Continua anejo a la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 28, de fecha 1 de febrero de 1997, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 3254, Título V (órganos de gestión, seguimiento y control), artículo 18, letra g), donde dice: «Elaborar estudios e investigaciones. A tal efecto, se tendrá en cuenta la información disponible tanto en el Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales...», debe decir: «Elaborar estudios e investigaciones. A tal efecto, se tendrá en cuenta la información disponible tanto en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales».
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