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Por Orden de 8 de noviembre de 1991, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, modificada por la Orden de 4 de diciembre de 1992, se aprobó el sistema de precios máximos de venta al público de los gases licuados de petróleo a granel en destino, en el ámbito de la Península e islas Baleares.
En cumplimiento de lo dispuesto en dichas Ordenes, esta Dirección General de la Energía, ha resuelto lo siguiente:
Desde las cero horas del día 17 de agosto de 1993, el precio máximo de venta al público en el ámbito de la Península e islas Baleares de los gases licuados de petróleo a granel en destino, impuestos incluidos, será de 65 pesetas por kilogramo.
Lo que se hace públio para general conocimiento.
Madrid, 12 de agosto de 1993.-La Directora general de la Energía, María Luisa Huidobro y Arreba.
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