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A la vista de la evolución de las importaciones de ciertos abonos o fertilizantes, y habiéndose procedido a la instalación de los medios analíticos adecuados para el control de calidad comercial de dichos productos, esta Dirección General, accediendo a las solicitudes presentadas por los interesados y en virtud de las facultades que le confiere la Orden de 1 de julio de 1983, habilita a todos los Centros de Inspección del Comercio Exterior para la importación de los abonos o fertilizantes sometidos al control del SOIVRE por Resolución de 2 de junio de 1986.
Madrid, 20 de agosto de 1986.- El Director general, Fernando Gómez Avilés-Casco.
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