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Documento BOE-A-1984-28008

Resolución de 21 de diciembre de 1984, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se aprueban los modelos de impresos para el ejercicio de competencias de la Administración del Estado en materia de personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 22 de diciembre de 1984, páginas 37030 a 37040 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1984-28008
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1984/12/21/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, dictado en desarrollo de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, estableció la atribución de competencias en materia de administración de personal entre los distintos órganos de la Administración del Estado.

A fin de facilitar la tramitación de los oportunos procedimientos administrativos de gestión de expedientes de personal correspondientes a las competencias atribuidas a los Departamentos ministeriales, Delegados del Gobierno y Gobernadores civiles, que se detallan en el articulado del citado Real Decreto, esta Secretario de Estado ha resuelto:

Primero.- Aprobar los modelos de impresos que figuran anexos a esta Resolución, los cuales serán de utilización obligatoria por los Departamentos ministeriales, Delegados del Gobierno y Gobernadores civiles, en el ejercicio de sus respectivas competencias de administración y gestión de personal, para cada uno de los supuestos específicos que se concretan en el Real Decreto citado, a partir de 1 de febrero de 1985.

Segundo.- La utilización de los citados impresos podrá ser anticipada facultativamente por aquellos Departamentos, Delegaciones de Gobierno y Gobiernos Civiles que, antes de la fecha indicada, dispongan de un número suficiente de impresos, conformes a los modelos aprobados por esta Resolución.

Tercero.- Los correspondientes impresos se elaborarán en papel autocopiativo, conforme al modelo oficial, produciéndose tantas copias como destinatarios tenga el propio impreso, según indicación que figura consignada al margen de los modelos que figuran anexos a esta Resolución.

Cuarto.- En los casos en que los citados modelos de impresos lleven incorporada la solicitud de iniciación del procedimiento se admitirá con iguales efectos el escrito formulado por el interesado, en el que figuren obligatoriamente consignados los datos establecidos en el artículo 69 de la Ley de Procedimiento Administrativo, incorporándose en tal caso los mismos al correspondiente modelo oficial y uniéndose al expediente el escrito de iniciación presentado.

Quinto.- En la adopción de las correspondientes resoluciones administrativas se observará el cumplimiento de lo previsto en la Orden de Presidencia del Gobierno de 10 de enero de 1981 (<Boletín Oficial del Estado> del 14), sobre requisitos formales de las resoluciones administrativas.

Sexto.- De las resoluciones y acuerdos adoptados por las autoridades competentes en cada caso, se dará traslado al Registro Central de Personal (Dirección General de la Función Pública del Ministerio de la Presidencia), dentro del plazo de cinco días a contar desde la fecha de su aprobación.

Madrid, 21 de diciembre de 1984.- El Secretario de Estado Francisco Ramos y Fernández-Torrecilla.

Formularios omitidos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/12/1984
  • Fecha de publicación: 22/12/1984
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-1984-26864).
Materias
  • Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas
  • Funcionarios Civiles de la Administración Militar
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Funcionarios de Organismos Autónomos
  • Gobiernos civiles
  • Secretaría de Estado para la Administración Publica

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