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Advertido error en el texto remitido para su publicación de la citada Resolución, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 191, de 10 de agosto de 1984, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el penúltimo párrafo, donde dice: «El sistema de cierre deberá poseer un grado de capacidad y …»; debe decir: «El sistema de cierre deberá poseer un grado de compacidad y …».
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