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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día 19 de los corrientes, acordó convalidar el Real Decreto ley 6/1984, de 8 de junio, por el que se fija un coeficiente de inversión en títulos de deuda Pública del Tesoro o del Estado por razones excepcionales de política monetaria, teniendo en cuenta la corrección de error publicada en el<Boletín Oficial del Estado> número 143, de 15 de junio de 1984
Se ordena la publicación para general conocimiento.
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de junio de 1984.El Presidente del Congreso de los Diputados, Gregorio Peces Barba Martínez.
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