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Documento BOE-A-1982-13412

Resolución de 7 de abril de 1982, de la Subsecretaría de Hacienda, por la que se ordena la publicación de la Clasificación Nacional de Ocupaciones, adaptada a los fines específicos del Ministerio de Hacienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 1982, páginas 15161 a 15163 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1982-13412
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1982/04/07/(2)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la autorización contenida en el artículo 4.º del Real Decreto 2240/1979, de 14 de agosto, por este Ministerio de Hacienda se ha llevado a cabo la desagregación a nivel de cuatro dígitos de algunos grupos primarios de la Clasificación Nacional de Ocupaciones a que se refiere el citado Real Decreto, la cual se acompaña como anexo a la presente Resolución, y que ha sido aceptada expresamente por el Instituto Nacional de Estadística,

Dicha Clasificación Nacional de Ocupaciones deberá surtir efectos para todas las necesidades del Ministerio de Hacienda, a cuyo fin deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Ministerio de Hacienda».

Madrid, 7 de abril de 1982.–El Subsecretario de Hacienda, Arturo Romaní Biescas.

CLASIFICACION NACIONAL DE OCUPACIONES (C. N. O.).

Gran Grupo 0/1: Profesionales, Técnicos y Similares

Profesionales de Ciencias Químicas, Físicas y Geológicas y Técnicos similares

0111. Químicos.

0121. Físicos.

0131. Geofísicos, Geólogos, Meteorólogos, Astrónomos y similares.

0141. Técnicos en Ciencias Químicas, Físicas y Geológicas y similares.

Arquitectos e Ingenieros Superiores

0201. Arquitectos.

0211. Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

0221. Ingenieros de Telecomunicaciones.

0231. Ingenieros Industriales.

0241. Ingenieros Navales.

0251. Ingenieros Aeronáuticos.

0261. Ingenieros de Minas.

0271. Ingenieros Agrónomos.

0281. Ingenieros de Montes.

0291. Ingenieros Geógrafos.

Arquitectos e Ingenieros Técnicos y similares

0301. Arquitectos Técnicos.

0311. Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

0321. Ingenieros Técnicos de Telecomunicación.

0331. Ingenieros Técnicos Industriales.

0341. Ingenieros Técnicos Navales.

0351. Ingenieros Técnicos Aeronáuticos.

0361. Ingenieros Técnicos de Minas.

0371. Ingenieros Técnicos Agrícolas e Ingenieros Técnicos Forestales.

0381. Ingenieros Técnicos Topógrafos.

0391. Delineantes y Dibujantes Técnicos.

Pilotos y Oficiales de navegación aérea y marítima

0411. Pilotos y Oficiales de navegación aérea.

0421. Capitanes, Oficiales de cubierta y Pilotos de navegación marítima.

0422. Prácticos de puerto.

0431. Oficiales, Maquinistas de navegación marítima.

Profesionales de Ciencias Biológicas, Técnicos de Agronomía y Silvicultura y similares

0511. Biólogos, Botánicos, Zoólogos y similares.

0521. Nioquímicos, Bacteriólogos, Farmacólogos, Especialistas en Genética y similares.

0531. Técnicos en Biología, Agronomía y Silvicultura.

Médicos, Veterinarios, Farmacéuticos y similares

0611. Médicos en general, Pediatras e Internistas.

0612. Cirujanos y Traumatólogos.

0613. Ginecólogos y Tocólogos.

0614. Anestesistas.

0615. Oftalmólogos.

0616. Analistas y Hematólogos.

0617. Radiólogos.

0619. Especialistas en Aparato Digestivo, Pulmón y Corazón, Urología, Dermatología, Otorrinolaringología y otras especialidades médicas no clasificadas anteriormente.

0631. Médicos Odontólogos.

0651. Veterinarios.

0671. Farmacéuticos.

0681. Dietéticos, Bromatólogos y similares.

Ayudantes Técnicos Sanitarios y Auxiliares eñ Medicina, Veterinaria y Farmacia

0711. Ayudantes Técnicos Sanitarios (Enfermeras y Practicantes).

0721. Ayudantes Técnicos Sanitarios (Matronas o Comadronas).

0731. Fisioterapeutas y Terapeutas ocupacionales.

0741. Técnicos de Radioelectrología médica.

0751. Auxiliares de clínica y demás personal sanitario no titulado.

0761. Optemetristas y ópticos.

0791. Ayudantes Técnicos Sanitarios y Auxiliares en Medicina, Veterinaria y Farmacia no clasificados en anteriores grupos primarios.

Estadísticos, Matemáticos, Actuarios, Analistas de Informática y Técnicos en estas ciencias

0811. Estadísticos.

0821, Matemáticos.

0831. Actuarios.

0841. Analistas de Informática.

0851. Técnicos de Estadística, Cálculo Matemático y Programadores de Ordenador.

0901. Economistas.

Especialistas y Técnicos en Contabilidad

1101. Intendentes y Profesores Mercantiles.

1102. Peritos Mercantiles.

1103. Diplomados en Ciencias Empresariales.

1104. Censores Jurados de Cuentas.

1109. Otros Especialistas y Técnicos en Contabilidad.

Profesionales del Derecho

1211. Fiscales.

1212. Abogados.

1213. Procuradores de los Tribunales.

1221. Jueces y Magistrados.

1222. Secretarios judiciales.

1231. Notarios.

1232. Registradores de la Propiedad.

1241. Letrados y Asesores Jurídicos.

1291. Gestores Administrativos.

1299. Profesionales del Derecho no clasificados en los anteriores grupos primarios.

Profesores.

1311. Profesores de Universidades y otros Establecimientos de enseñanza superior.

1321. Profesores de enseñanza de nivel medio.

1331. Profesores de Educación General Básica.

1341. Profesores de Educación Preescolar.

1351. Profesores de Educación Especial.

1391. Profesores no clasificados en otros grupos primarios.

Miembros del Clero y similares

1411. Sacerdotes, Ministros de la religión y miembros de Ordenes religiosas.

1491. Trabajadores seglares de la religión.

Escritores, Periodistas y similares

1511. Escritores y críticos.

1521. Periodistas.

1591. Escritores, Periodistas y similares no clasificados en, otros grupos primarios.

Escultores, Pintores, Decoradores, Fotógrafos y profesionales similares

1611. Escultores, Pintores, Grabadores y Artistas similares.

1621. Decoradores, Dibujantes y Diseñadores comerciales.

1631. Fotógrafos.

1641. Operadores de cámaras de cine y televisión.

Profesionales de la música y de espectáculos artísticos

1711. Compositores, Maestros, Directores, Concertistas y Apuntadores.

1712. Pianistas, Profesores de Orquesta e Instrumentistas.

1713. Cantantes.

1721. Directores coreográficos.

1722. Bailarines,

1731. Directores de teatro y Directores artísticos y de escena.

1732. Actrices y Actores de teatro y variedades.

1733. Apuntadores y Regidores.

1734. Directores cinematográficos y Ayudantes de Dirección.

1735. Directores de representaciones en radio y televisión.

1736. Actores cinematográficos, de radio y televisión.

1737. Directores de doblaje.

1738. Actores de doblaje.

1739. Otros actores, Directores de teatro y cine y similares.

1741. Empresarios de Compañía teatral.

1742. Representantes Técnicos del espectáculo.

1743. Empresarios de espectáculos taurinos.

1744. Productores de películas.

1745. Directores producción de radio y televisión.

1749. Otros Empresarios y Productores de espectáculos artísticos.

1751. Artistas de circo.

1761. Matadores de toros.

1762. Matadores de novillos.

1763. Rejoneadores.

1764. Subalternos.

1765. Personal de cuadrillas cómicas y similares.

1791. Profesionales de espectáculos artísticos no incluidos en otros grupos primarios.

Profesionales del deporte

1811. Jugadores de fútbol.

1812. Profesionales del ciclismo.

1813. Profesionales de la hípica.

1814. Profesionales del boxeo.

1815. Profesionales de la lucha.

1816. Profesionales del motorismo.

1817. Profesionales del automovilismo.

1818. Profesionales del baloncesto, balonmano y voleibol.

1819. Profesionales de pelota a mano, pala o cesta, tenis, golf y otros deportes.

1821. Entrenadores y preparadores de equipos de fultbol.

1822. Entrenadores y preparadores de otros deportes.

1823. Arbitros o jueces de competiciones deportivas.

1891. Otros profesionales del deporte.

Profesionales, Técnicos y similares no clasificados en otras rúbricas

1911. Bibliotecarios, Archiveros y Conservadores de museos.

1921. Profesionales de Ciencias Políticas y Sociológicas, Psicólogos, Antropólogos, Historiadores, Geógrafos y similares.

1931. Asistentes sociales.

1941. Graduados sociales.

1949. Otros especialistas en asuntos de personal y en orientación y análisis profesional.

1951. Filólogos, Traductores e Intérpretes.

1961. Profesionales de la publicidad, de las relaciones públicas y similares.

1991. Corredores intérpretes marítimos.

1992. Agentes de la Propiedad Industrial.

1993. Agentes de Aduanas.

1994. Habilitados de Clases Pasivas y Apoderados.

1995. Apoderados y representantes taurinos.

1996. Agentes de colocación de artistas.

1997. Agentes y corredores de apuestas en los espectáculos.

1999. Otros profesionales, Técnicos y similares no clasificados en otras rúbricas.

Gran Grupo 2: Miembros y Personal Directivo de Organos de la Administración Pública y Directores y Gerentes de Empresas

Miembros de los Organos de Gobierno, Legislativos y Consultivos y personal directivo de la Administración Pública

2011. Miembros de los Organos de Gobierno. Legislativos y Consultivos.

2021. Personal Directivo de la Administración Pública.

Directores y Gerentes de Empresas

2111. Directores generales y Gerentes.

2121. Directores o Jefes de Departamentos.

Gran Grupo 3: Personal de Servicios Administrativos y Similares

Jefes de oficinas administrativas, públicas y privadas

3111. Jefes de oficinas administrativas públicas.

3121. Jefes de oficinas administrativas privadas.

3201. Taquígrafos, Mecanógrafos y Operadores de máquinas perforadores de fichas, cintas y similares.

Empleados de Contabilidad y Caja, Taquilleros y similares

3311. Empleados de Contabilidad y Caja y Taquilleros.

3321. Empleados de cálculos de costes y salarios.

3391. Administradores de fincas.

3392. Administradores de Loterías y Expendedores de productos monopolizados.

3393. Recaudadores de Impuestos del Estado, tasas y tributos y arbitrios de las Corporaciones Locales y otras Entidades. Públicas.

3394. Delegados del Patronato de Apuestas Deportivo-Benéficas.

3395. Agentes Cobradores de efectos bancarios, de crédito, de préstamos y derechos de todas clases.

3399. Otros empleados de Contabilidad y Caja, Taquilleros y similares.

3401. Operadores de máquinas facturadoras, contables, de calcular y de tratamiento automático de datos.

3501. Jefes e Inspectores de servicios en los transportes y comunicaciones.

3601. Jefes de tren, Revisores y Cobradores en los medios de transporte de viajeros.

3701. Carteros, Ordenanzas y Recaderos.

3801. Telefonistas, Telegrafistas y similares.

Empleados de servicios administrativos y similares no clasificados en otras rúbricas

3911. Empleados administrativos de recepción, almacenamiento y expedición de mercancías.

3921. Empleados de servicios de cálculos de materiales y de planificación de la producción.

3931. Empleados de servicios administrativos públicos.

3932. Empleados de servicios administrativos privados.

3941. Recepcionistas, Empleados de información y de Agencias de Viajes.

3951. Empleados de Bibliotecas y de servicios de archivo. 3961. Empleados de estadística y de codificación de datos. 3971. Entrevistadores o Agentes de encuestas y' censos.

3991. Otros empleados de servicios administrativos y similares.

Gran Grupo 4: Comerciantes, Vendedores y Similares

4201. Jefes de ventas y Jefes y Agentes de compras.

Agentes Técnicos de ventas, Viajantes y Representantes de Comercio.

4311. Agentes e Inspectores Técnicos de ventas.

4321. Agentes, Viajantes y Representantes de Comercio.

Agentes de Cambio y Bolsa, Corredores de Comercio, Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, de Seguros y otros.

4411. Agentes de Cambio, y Bolsa.

4412. Corredores de Comercio.

4421. Agentes Colegiados de la Propiedad Inmobiliaria.

4422. Agentes de Seguros.

4431. Agentes de Venta de publicidad.

4432. Agentes o intermediarios en facilitar préstamos.

4433. Intermediarios en la promoción de edificaciones.

4441. Subastadores.

4442. Peritos Tasadores de Seguros en general.

4443. Peritos Tasadores de alhajas, géneros y efectos.

4444. Liquidadores y Comisarios de averias.

4501. Dependientes de comercio, Vendedores y similares.

4901. Comerciantes, Vendedores y" similares no clasificados en otras rúbricas.

Gran Grupo 5: Personal de los Servicios de Hostelería, Domésticos, Personales, de Protección y de Seguridad y Similares

5201. Encargados de personal de servicios domésticos en establecimientos, hogares y similares.

5301. Cocineros, Camareros y similares.

5401. Personal de servicios en establecimientos, hogares y similares no clasificados en otros grupos primarios.

5501. Conserjes, Porteros, personal de limpieza de edificios y similares.

5601. Trabajadores del lavado, limpieza y planchado de ropa y similares.

5701. Personal de, los servicios de peluquería, tratamiento de belleza y similares.

5801. Personal de los servicios de protección y seguridad.

Personal de servicios diversos no clasificados en otros Subgrupos

5911. Guías y Guías-Intérpretes.

5921. Personal de pompas fúnebre? y similares.

5931. Personal de apuestas deportivas.

5941. Personal de servicios en espectáculos públicos y centros de recreo.

5991. Otro personal de servicios diversos.

Gran Grupo 6: Personal dedicado a la Agricultura, Ganadería, Silvicultura, Pesca, Caza y similares

6201. Trabajadores agrícolas, ganaderos y similares.

6301. Trabajadores forestales.

6401. Trabajadores de la pesca, de la caza y similares.

Gran Grupo 7/8/9: Personal de la extracción de minerales, preparación y tratamiento de materiales, fabricación de productos del montaje y manejo de maquinaria e instalaciones, de la construcción y de los transportes

7001. Contramaestres, Jefes de Taller, Capataces y Encargados generales.

7101. Mineros, Canteros y demás trabajadores de la extracción de minerales, incluidos líquidos y gases.

7201. Trabajadores siderometalúrgicos.

7301. Trabajadores de la preparación y del tratamiento de la madera y de la fabricación de papel.

7401. Trabajadores en la preparación y obtención de productos químicos y trabajadores asimilados.

7501. Trabajadores de la preparación y obtención de productos textiles y similares.

7601. Trabajadores del curtido, preparación y tratamiento de pieles.

7701. Trabajadores de la preparación, elaboración y fabricación de productos alimenticios y bebidas.

7801. Trabajadores de la elaboración del tabaco.

7901. Trabajadores de la confección de prendas de vestir, Tapiceros y similares.

8001. Trabajadores de la fabricación de calzado y demás productos de cuero natural o artificial.

8101. Trabajadores de la fabricación de muebles y otros artículos de madera.

8201. Trabajadores de la labra de piedras, mármoles y similares.

8301. Trabajadores de la forja de los metales y de la fabricación y ajuste de herramientas y piezas metálicas.

8401. Mecánicos, Montadores y Ajustadores de maquinaria, Relojeros, Mecánicos de precisión y similares.

8501. Electricistas, Instaladores y Montadores de líneas y aparatos eléctricos y ajustadores en electricidad y electrónica.

8601. Operadores de emisoras de radio, televisión, equipos de sonorización y proyección cinematográfica.

8701. Fontaneros, Soldadores, Chapistas, Caldereros y Montadores de estructuras metálicas.

8801. Joyeros, Plateros y similares.

8901. Trabajadores de la fabricación de productos de vidrio y cerámica.

9001. Trabajadores de la fabricación de productos de caucho y plástico.

9101. Trabajadores de la confección de productos de papel y cartón.

9201. Trabajadores de las artes gráficas.

9301. Pintores.

9401. Artesanos y trabajadores asimilados no clasificados en subgrupos anteriores.

9501. Trabajadores de la construcción.

9801. Operadores de máquinas fijas v de instalaciones similares.

9701. Trabajadores de la carga y descarga, manejo de materiales y mercancías y de movimiento de tierras.

9801. Conductores y otro personal de maniobra de los medios de transporte,

9901. Trabajadores no clasificados en otros subgrupos (Peones).

Gran Grupo X: Trabajadores que no pueden ser clasificados según la ocupación

X101. Personas en busca de su primer empleo.

X201. Personas con ocupaciones no bien especificadas.

X301. Personas que no han declarado ninguna ocupación.

Gran Grupo Y: Profesionales de las Fuerzas Armadas

Y001. Profesionales de las Fuerzas Armadas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/04/1982
  • Fecha de publicación: 04/06/1982
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 4 del Real Decreto 2240/1979, de 14 de agosto (Ref. BOE-A-1979-23232).
Materias
  • Abogados
  • Administración de Justicia
  • Agencias de viajes
  • Agentes comerciales
  • Agentes de Cambio y Bolsa
  • Agentes y Comisionistas de Aduanas
  • Agricultura
  • Archivos
  • Arquitectos Técnicos
  • Arquitectura
  • Artes Gráficas
  • Artistas
  • Astronomía
  • Auxiliares de Clínica
  • Ayudantes Técnicos Sanitarios
  • Bibliotecas
  • Calzado
  • Caucho
  • Caza
  • Censores Jurados de Cuentas
  • Cerámica
  • Cinematografía
  • Circo y Variedades
  • Comercio
  • Confecciones
  • Construcciones
  • Contabilidad
  • Correos y Telecomunicaciones
  • Corridas de toros
  • Cuerpo de Corredores Colegiados de Comercio
  • Cuerpo de Registradores de la Propiedad
  • Decoración
  • Deporte
  • Dietética
  • Economistas
  • Empleados de fincas urbanas
  • Empleados de Hogar
  • Energía eléctrica
  • Enfermería
  • Escritores
  • Espectáculos
  • Estadística
  • Ferrocarriles
  • Fibras textiles
  • Fotografía
  • Fuerzas Armadas
  • Fútbol
  • Gestorías administrativas
  • Graduados Sociales
  • Guías y Guías Intérpretes de Turismo
  • Habilitados de Clases Pasivas
  • Herramientas
  • Hostelería
  • Iglesia Católica
  • Imprenta
  • Informática
  • Ingenieros
  • Ingenieros Técnicos
  • Intendentes mercantiles
  • Joyería
  • Madera
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Médicos
  • Metalurgia
  • Meteorología
  • Minas
  • Ministerio de Hacienda
  • Montes
  • Muebles
  • Música
  • Navegación aérea
  • Navegación marítima
  • Notarías
  • Oficinas de farmacia
  • Papel
  • Periodismo
  • Peritos Mercantiles
  • Pesca fluvial
  • Pesca marítima
  • Piedra
  • Pieles y cueros
  • Plásticos
  • Practicantes
  • Prácticos de puerto
  • Prensa
  • Procuradores de los Tribunales
  • Productos químicos
  • Profesiones tituladas
  • Profesorado
  • Profesores mercantiles
  • Publicidad
  • Radiodifusión
  • Recaudadores
  • Relaciones Públicas
  • Representantes de Comercio
  • Seguros
  • Siderurgia
  • Tabaco
  • Teatro
  • Tejidos
  • Televisión
  • Titulares Mercantiles
  • Toreros
  • Trabajadores
  • Trabajo
  • Transportes aéreos
  • Transportes marítimos
  • Transportes terrestres
  • Vestido
  • Veterinarios
  • Vidrio

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