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La Compañía Telefónica Nacional de España ha sometido a la consideración de la Delegación del Gobierno la aprobación de las tarifas del nuevo sistema de telefonía automática en vehículos S.R.A. 8.000, que permite atender la demanda existente en el área de Madrid y una mejora en la calidad del servicio.
Esta Delegación del Gobierno, en aplicación de las facultades que le confiere el artículo 3.º del Real Decreto 3332/1978, de 7 de diciembre, por el que se regula el régimen tarifario y concesional de determinados servicios de telecomunicación, ha aprobado las tarifas adicionales, a las de conexión y mensual de la línea, del citado sistema, y que son las siguientes:
| Pesetas | |
|---|---|
| Cuota de conexión por aparato. | 160.000 |
| Cuota de abono mensual. | 12.878 |
| Traslado del equipo dentro del mismo vehículo. | 1.000 |
| Traslado del equipo a otro vehículo. | 3.000 |
Estas tarifas aprobadas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de marzo de 1982.‒El Delegado del Gobierno, Julio Camuñas y Fernández-Luna.
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