Mediante Resolución de 25 de noviembre de 1981 se hacía pública la relación provisional de especialidades farmacéuticas que tenían calificación de publicitarias y, al mismo tiempo, se establecía un plazo de treinta días para que los laboratorios presentaran alegaciones a efectos de realizar las correcciones a la misma.
Transcurrido dicho plazo y resueltas las alegaciones presentadas, procede hacer pública la relación de especialidades farmacéuticas publicitarias.
En consecuencia, esta Dirección General de Farmacia y Medicamentos ha resuelto:
Las especialidades farmacéuticas que en la actualidad tienen la calificación de publicitarias son las que se incluyen en el anexo.
Trimestralmente, por Resolución de esta Dirección General de Farmacia y Medicamentos, se actualizará la relación de especialidades farmacéuticas publicitarias.
Madrid, 8 de febrero de 1982.‒El Director general, Ramón González Oti.
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