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Documento BOE-A-1982-3375

Resolución de 3 de febrero de 1982, de la Dirección General de Transportes Terrestres, por la que se modifica la de 10 de diciembre de 1981, que establecía las normas para el visado de las autorizaciones de transporte de 1982.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 1982, páginas 3356 a 3356 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1982-3375
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1982/02/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

En el artículo 3.° de la Resolución de esta Dirección General de 10 de diciembre de 1981 estableciendo normas para el visado de las autorizaciones de transporte de 1982, se determinan los plazos límites para la entrega de estos a los vehículos incluidos en los apartados b) y c) del artículo 1.°

Teniendo en cuenta que por Real Decreto del Ministerio de Industria y Energía número 3073/1980, de 21 de noviembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 16 de febrero de 1981, se establecieron nuevas normas en cuanto a la inspección técnica periódica de los vehículos según el cual se incluyeron, entre otros, los de mercancías de servicio privado con menos de 3,5 toneladas métricas de PMA y se acortaron los plazos de vigencia de las revisiones obligatorias, lo cual dificulta el desarrollo de las operaciones de comprobación de las documentaciones previas a la entrega de los visados del presente año.

Teniendo en cuenta que el plazo de entrega del visado para los vehículos de servicio privado en el año 1981 terminó el día 15 de febrero y que, por tanto, para el mismo no pudo tenerse en cuenta lo dispuesto en el citado Real Decreto que se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» de 16 de febrero.

A la vista del importante número de vehículos de servicio privado afectados por las circunstancias antedichas, se ha considerado conveniente ampliar el plazo concedido para la entrega de los visados de 1982 para este sector, y en consecuencia,

Esta Dirección General ha resuelto:

El primer párrafo del artículo 3.º de la Resolución de esta Dirección General de 10 de diciembre de 1981 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de diciembre) se sustituye por el siguiente:

«3.° El plazo para la entrega de los visados de los vehículos incluidos en los apartados b) y c) se extenderá hasta el 31 de mayo de 1982.»

Lo que comunico a VV. SS. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de febrero de 1982.–El Director general, Jesús Posada Moreno.

Sres. Subdirector general de Transporte de Viajeros y Subdirector general de Transporte de Mercancías y Jefaturas Provinciales de Transportes Terrestres.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/02/1982
  • Fecha de publicación: 10/02/1982
Referencias anteriores
  • PRORROGA el plazo establecido en el primer párrafo del art. 3 de la Resolución de 10 de diciembre de 1981 (Ref. BOE-A-1981-29035).
Materias
  • Mercancías
  • Transportes terrestres

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